Anulación embargos AEAT.

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

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aoca
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Anulación automática de embargos AEAT.

#1 Mensaje por aoca »

Buenos días supongo que lo hemos recibido ya todos pero os lo copio para los que no lo hayan visto.

En mi correo electrónico esta mañana estaba esta información

" Con relación a las órdenes de embargo que los órganos judiciales envían a la AEAT, se informa que el sistema informático de la Agencia Tributaria que soporta el proceso mensual de dichas órdenes, tiene una capacidad finita y está a punto de ser superada, por lo que el día 23 de julio se va a proceder a la anulación automática y masiva de las órdenes de embargo con una antigüedad superior a 1 año y que no hayan recibido cantidad alguna por parte de la AEAT " .

Desde SC me indican además:

´¨aquellas órdenes de embargo que deban seguir manteniéndose en el tiempo, deberán darse de alta de nuevo , por lo que se recomienda que, con anterioridad a la fecha de la anulación automática indicada anteriormente, realicen las búsquedas y/o consultas pertinentes para tener identificados estos casos.
¨

Ok perfecto ya tengo identificado los casos. Casi mil asuntos.

Y ahora digo yo, que hago con esto.Mirar uno a uno y acordar de oficio que se reexpida el embargo? Monito-nono Monito-nono
Traslado a los ejecutantes para que lo sepan e insten...en todos los asuntos.
A mis funcionarios les da algo, por el trabajo de antes y por el que les va a dar después.

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Re: Anulación automática de embargos AEAT.

#2 Mensaje por Terminatrix »

A mí no me ha llegado nada.
Gracias por el aviso.

¿Por qué no fundamos la Plataforma de Afectados por los Sistemas Informáticos de Justicia? (PASIJ) Somos unos poquitos :pckk: :cabezazo1:
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Re: Anulación automática de embargos AEAT.

#3 Mensaje por Procurador »

Me cago en la pu...joder, pues no se ha debido enterar nadie porque cada vez que muevo un asunto de esos que ya tienen telarañas y pido la típica mejora sobre saldos y devoluciones el 90% de vuestros compañeros me acuerdan el embargo de saldos pero no el de la AEAT porque dicen que está vigente. Cagüeeeeeeeeeeen

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Re: Anulación automática de embargos AEAT.

#4 Mensaje por Terminatrix »

Claro, es que está vigente. De hecho, si te imprimo un pantallazo, comprobarás que se reexpiden automáticamente todos los meses...hasta el 23 de julio en que el programa ( así ¿funciona? este país) hará borrado masivo :monito-berrinche:
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aoca
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Re: Anulación automática de embargos AEAT.

#5 Mensaje por aoca »

Pues creo que lo voy a hablar con el SC, porque ya me direis, cualquiera de las ideas que se me ocurren ninguna me libra de un trabajazo en el juzgado. Me veo dedicando agosto a reenviar embargos....
Tampoco puedo quedarme así como si nada y obviarlo. No se, ya me direis que se os ocurre

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Re: Anulación automática de embargos AEAT.

#6 Mensaje por Terminatrix »

A mí lo que me alucina :shock: es que Hacienda , ¡¡¡¡¡HACIENDA !!!!!, no tenga un servidor o una aplicación adecuados para gestionar esos embargos. Si me dijeras que el correo te lo han mandado el 28D pensaría que era una inocentada.

Por cierto, si se puede decir, ¿ quién te envió el correo? :pensativo:
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Anulación embargos AEAT.

#7 Mensaje por Top Secre »

Este correo enviado por el Secretario de Gobierno a través del Secretario Coordinador es muy fuerte:

Estimados/as Secretarios/as de Gobierno

Con relación a las órdenes de embargo que los órganos judiciales envían a la AEAT, se informa que el sistema informático de la Agencia Tributaria que soporta el proceso mensual de dichas órdenes, tiene una capacidad finita y está a punto de ser superada, por lo que el día 23 de julio se va a proceder a la anulación automática y masiva de las órdenes de embargo con una antigüedad superior a 1 año y que no hayan recibido cantidad alguna por parte de la AEAT.

Se solicita que se dé traslado de lo anterior a los Secretarios Judiciales de sus respectivos ámbitos jurisdiccionales (y estos, a su vez, a los Funcionarios) indicándoles que aquellas órdenes de embargo que deban seguir manteniéndose en el tiempo, deberán darse de alta de nuevo , por lo que se recomienda que, con anterioridad a la fecha de la anulación automática indicada anteriormente, realicen las búsquedas y/o consultas pertinentes para tener identificados estos casos.

Gracias por su colaboración.
Un saludo.

Unidad de gestión de cuentas de depósitos y consignaciones judiciales


Me pregunto quién es la AEAT para hacer eso. Se están extralimitando en sus funciones ( lo mismo que con las consultas vinculantes de la AEAT) y además, incumpliendo un deber de colaboración con la Administración de Justicia.

En una ejecución cualquiera hay un auto del juez dictando la orden general de ejecución, seguida del decreto del secretario adoptando las medidas ejecutivas procedentes, entre ellos un embargo que no puede ser anulado sin una orden del juzgado alzando el mismo. Y si la explicación para hacerlo es por medios técnicos y escasa capacidad del servidor, es su problema. Que lo hubieran pensado antes de firmar cualquier acuerdo con el Ministerio.

Lo de cómo hacerlo,ya no me lo planteo, porque ya nos dice el informático que tendremos que entrar en cada procedimiento ( previa elaboración del listado) y dar a reenviar. Pero no es ésa la cuestión, la cuestión es que no pueden hacer eso.

Deberíamos movilizarnos, una vez más, ante este insulto consentido por los SG y SC que sólo dan a la tecla de reenviar correos y se quedan tan anchos. :cabezazo2: :cabezazo2:
Possunt quia posse videntur “pueden los que creen que pueden” (Publio Virgilio Marón – Eneida, V, 231).

caraflan
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Re: Anulación embargos AEAT.

#8 Mensaje por caraflan »

Yo lo tengo claro. Que les den a todos.

Solo por respeto al procurador y a sus clientes naturalmente reembargaré si me lo pide, por orden de presentación y con calma.

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Re: Anulación embargos AEAT.

#9 Mensaje por Procurador »

La cuestión caraflan es que aquí, por arte y gracia de la AEAT, a los que nos corresponde trabajar extra es a vosotros y a nosotros.
A nosotros, para aquellos que nos hayamos enterado de la medida (puedes estar seguro que en toda España lo sabemos el menda y cinco más), nos toca volver a pedir el embargo (te puedo asegurar que no pienso hacerlo en todos si no, como tengo constumbre, en los que voy repasando y que se han quedado ahí parados).
A vosotros os tocará volver a acordar el embargo el embargo y proceder, en consecuencia, a dar nuevamente de alta la traba.
Pero ¿sabéis qué es lo peor? Que la mayoría de los profesionales no lo saben y que la mitad de los secretarios me juego lo que queráis que les da igual y si no al tiempo, lo que yo os diga...pediré el embargo o reactivación (no me gusta solicitarlo así) y habrá compañeros vuestros que me dirán que no ha lugar porque ya consta anotado con lo cual me tocará explicarle, vía escrito, las circunstancias que rodean mi nueva petición...que ya me ha pasado con los embargos de saldos y depósitos.
El caso es que después te llegan los informáticos del Ministerio y lo mismo los de la AEAT y te dicen que tienen tropecientos servidores que no se llenan nunca, que funcionan de cojones, que es todo maravilloso y que son muchos los países que han venido a informarse respecto de las implantaciones informáticas que tenemos...ay que me meo.

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Re: Anulación embargos AEAT.

#10 Mensaje por Top Secre »

No, Procurador, te aseguro que no nos da igual a los que lo sabemos. En cuanto a los Procuradores, lógico que no lo sepáis. Si a nosotros nos presentan el tema como un hecho consumado ( dice el correo que "se va a proceder"...con un par), lo vuestro es peor...porque no lo sabréis hasta que no hagamos nosotros algo cuando ya esté todo perdido.

La pelota, creo yo que está en nuestros tejados. En ningún caso veo yo tan claro como en esto el tema de la responsabilidad que tiene la AEAT cuando se está pasando por el Arco de Triunfo una orden judicial, y encima por motivos técnicos...( si el servidor se ha quedado pequeño, pues lo cambias), así que ahora nos toca a nosotros movernos.

Y si no lo hacemos o no surte efecto, está claro que yo no paro mi oficina por esto. Bueno, no, desgraciadamente tengo que pararla, mandando poner en todos mis ejecuciones una diligencia de ordenación, en la que copiaré literalmente este bonito correo y les haré saber que si en el ínterin entre que anulan el embargo y lo vuelvo yo a hacer pasa algo, la responsabilidad no es mía...

Quizás procesalmente no sea muy ortodoxo, pero que se sepa por qué pasan las cosas.
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Re: Anulación embargos AEAT.

#11 Mensaje por Procurador »

Ya top, pero estamos en lo de siempre.
Yo la verdad es que no soy un procurador "coñazo" y esos asuntos medio parados o parados del todo los muevo una vez al año porque paso de trabajar tontamente y hacer trabajar a los demás cuando no se ha de obtener resultado alguno. Pero bien, sentado lo anterior, pongamos que todos vosotros, en los asuntos en los que hay embargos de devoluciones de más de un año nos dictais una diligencia de ordenación poniendo en nuestro conocimiento el "hecho en sí" (dudo mucho que muchos secretarios lo vayan a hacer). ¿A qué nos llevará eso? A nosotros a recibir un huevo de notificaciones en tal sentido y, a la par, a vosotros a recibir y tener que proveer un cojón de escritos pidiendo de nuevo el embargo de devoluciones.
¿Solución? Que los secretarios coordinadores se reunan con la AEAT y les comuniquen que no pueden proceder a la cancelación y que, en todo caso, dejen en "stand by" los embargos telemáticos, procediéndose, desde este momento y hasta que se ponga remedio al colapso del servidor, al embargo vía oficio, como antiguamente, para que haya constancia del orden de recepción de los distintos embargos.
Ya sé que la solución que planteo puede ser un imposible, pero es eso o que yo, si se me cruzan los cables, le ponga una conciliación al delegado territorial de la AEAT interesándole se avenga a reconocer que ha procedido a dar de baja un embargo sin que haya mediado orden judicial para ello y ojito que yo lo hago, que mis compañeros de Zaragoza, saben que hace algo menos de cuatro años le puse una conciliación a un consejero autonómico y a su viceconsejero por los retrasos del turno...qué gustazo me di mandándoles al SACE a citarlo y aún más desistiendo de la conciliación cuando, tras las elecciones, cesaron en su cargo. Por cierto, el consejero de justicia era veterinario.

caraflan
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Re: Anulación embargos AEAT.

#12 Mensaje por caraflan »

"Capacidad finita". Me quedo con el concepto. Voy a utilizarla como muletilla en multitud de resoluciones.

Por otro lado se borrarán embargos con más de un año de vida. Las de cuentas corrientes se borran a los pocos días. Y no afectan a carteras de valores, depósitos y demás productos financieros. Apenas un pocos profesionales reiteran la averiguación o el embargo de cuentas con una periocidad inferior al año.

Total, nada nuevo. Una cosa que parecía funcionar pasa a la categoría de aplicación informática implementada en la Administración de Justicia.

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Re: Anulación embargos AEAT.

#13 Mensaje por Top Secre »

Procurador, sí a todo. :wink:

Bueno, a todo no. :wink:

El hecho es que la orden no nos está viniendo de la AEAT, que me imagino que sólo habrá puesto en conocimiento del Ministerio que el servidor está a punto de llegar al límite. Si acaso habrán sugerido esta posible solución, aunque tampoco lo sé.

Lo grave es que es el propio Ministerio, a través de la Unidad de Gestión de Cuentas y Depósitos el que ha tomado esa decisión y enviado ese correo a SG y SC, que nos lo han enviado así a nosotros. Así que con quien tienen que reunirse es con el propio Ministerio, nuestro patrón, que nos cuida y nos quiere mucho.

Yo me voy a dar de margen la primera mitad de la semana que viene para ver si esto se soluciona de alguna manera, porque si no es lo que tú dices...trabajo para nosotros y para vosotros...y esto en julio, cuando parece que se acaba el mundo civilizado y los juzgados son un hervidero de gente, papel y caló.

Vamos a ver si se consigue algo.
caraflan escribió:"Capacidad finita". Me quedo con el concepto. Voy a utilizarla como muletilla en multitud de resoluciones.
caraflan, muy bueno. Deberíamos hacer un glosario de vocabulario secretarial, en el que no deberían faltar estos términos tan jurídico-cachondos. :descojone:
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Re: Anulación embargos AEAT.

#14 Mensaje por Procurador »

Lo cojonudo es que que en dieciocho años de profesión embargando devoluciones de la AEAT justo este año, cuando se van a dar de baja los embargos, es cuando más cantidades se me han entregado por este concepto y en prácticamente y son todo ejecuciones del 2009 al 2012.

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Re: Anulación embargos AEAT.

#15 Mensaje por conquense »

Yo lo que no entiendo es que se reenvien cada mes los embargos a AEAT, es que son embargos de futuro..prohibidos...solo deberia abarcar al año impositivo, es decir, si se remite un oficio en mayo de 2014, como mucho deberia embargarse las cantidades que tenga pendientes de devolver de un impuesto que se encuentre en liquidación y no el del año que viene y sucesivos. Es que es una barbaridad...Es lo mismo que lo de las cuentas, que parece ser que estan embargando hasta que se cubre lo pedido...creo, ya me pierdo.

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Re: Anulación embargos AEAT.

#16 Mensaje por Terminatrix »

caraflan escribió:Yo lo tengo claro. Que les den a todos.

Solo por respeto al procurador y a sus clientes naturalmente reembargaré si me lo pide, por orden de presentación y con calma.
Opino lo mismo. Bastante hartazgo tengo ya con las :censored: tasas como para ponerme con los embargos telemáticos. Y no es desinterés ni gandulería, es que estamos sobreexplotados y no podemos abarcar más. :monito-cabreo-agudo:
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Re: Anulación embargos AEAT.

#17 Mensaje por Maricarmen »

Ayer hemos tenido reunion con los encargados de la aplicacion de la cuenta de consignaciones Grupo Santander y se lo hemos planteado, les explicamos que la encomienda de gestion a la AEAT puede tener un tiempo de 15 años /indemnizaciones civiles en penal) y que a pesar de que la capacidad del servidor de hacienda nosotros no lo podemos arreglar, si podemos arreglar el no tener que volver hacer el alta de todos esos embargos y se han comprometido a solucionarlo de alguna manera para que se puedan reactivar sin tener que volver a introducir los datos.....despues la Aeat tendrá que solucionarse la capacidad del servidor por su cuenta.
Nosotros, si cuando archivamos definitivamente por completo pago las ejecuciones civiles o penales, damos de baja el embargo de la aeat, solo t3endremos que ordenar la reactivacion con un clic, pero si en su momento no se hizo bien, habrá que comprobar en el minerva si está archivado por archivo provisional o definitivo, si es definitivo no reactivamos ese expediente y lo damos de baja definitiva y si es archivo provisional clicleamos en activar.
“No hay vientos favorables para quien desconoce el rumbo” Sêneca

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Re: Anulación embargos AEAT.

#18 Mensaje por Administrador »

Perdonad la intromisión... pero aquí hay algo raro. Como profesional de la informática, puedo aseguraros que el argumento de la "capacidad finita" de los servidores da risa.

Hoy en día un disco de 1TB, que da para almacenar docenas de millones de transacciones (centenares de millones si está bien hecho), cuesta menos de 60 euros. Y a los sistemas gestores de bases de datos actuales les da igual administrar bases de datos de centenares de registros que de millones. Por poner un ejemplo -quizá no comparable, lo sé- el servidor que nos aloja tiene unas 1.500 webs como ésta; la base de datos del foro tiene unas 80 tablas y una de ellas tiene más de 600.000 registros. Este servidor completito (procesador, memoria, discos, etc.) puede adquirirse por unos 3.000 euros. Si en algo ha cambiado la informática de los 2000 respecto de los 80 es en el concepto de escalabilidad: que el crecimiento de actividad no presente jamás un límite técnico o tecnológico.

Así que no me vengan con memeces de la "capacidad finita". Aquí hay algo más. Puede ser que su aplicativo sea tan penoso que requiera mucho trabajo manual por parte del personal de la AEAT y pretendan ahorrarse ese coste y responsabilidades. Puede ser que estén hasta el moño de administrar datos y recursos que no les proporcionan ingresos. Puede ser cualquier cosa, pero no "capacidad finita" de los servidores.

Cuando entro en una empresa, uno de los problemas que suele plantearse más inmediatamente es el de los listados. Los centros de explotación informática de las empresas emiten a diario y semanalmente centenares o miles de listados, que consumen tiempo de proceso, papel y recursos humanos de acabados (corte, alzado y distribución). En ocasiones esto supone un cuello de botella por la ingente cantidad de recursos que consume... y nadie sabe si esos listados son necesarios. La mayor parte de ellos suelen ser listados que se pidieron en una ocasión, años ha, y ahí se quedaron como tarea periódica: tal como ese listado llega al departamente de destino, va a parar al archivo definitivo, ese cilindro bajo la mesa al lado del buck. Cuando la cosa es importante, suelo plantearlo del siguiente modo. En primer lugar, hacemos una lista de los listados que estamos seguros son imprescindibles (10%) y otra de los dudosos o inútiles (90%). Acto seguido suspendemos la ejecución de los procesos de listado dudosos, con lo que nos ahorramos el 90% del trabajo; trabajo informático, tiempo de proceso, tiempo de impresión, costes de papel y tiempo de manipulación y distribución. Y nos quedamos en espera de las quejas. Si alguien se queja de que falta alguno, lo reactivamos. Como mecanismo de ahorro y depuración, es infinitamente más barato que hacer el seguimiento individualizado de cada listado. Porque además, si preguntamos a cada destinatario si realmente le hace falta ese listado, su respuesta sólo puede ser que sí. Me da que algo así está pasando en la AEAT.

Para mí el principal argumento es el que se ha apuntado por aquí: ¿quién es la AEAT para anular un embargo dictado por la autoridad judicial? Si, por un poner, de pronto un informático de medio pelo decidiera que el sistema informático del registro de VG tiene "capacidad finita"... ¿los informáticos del ministerio que sea podrían decidir eliminar los registros antiguos de maltratadores de la base de datos? ¿Qué dirían los jueces del tema?

Este tema atenta contra uno de los pilares del Estado de Derecho. O se le asignan recursos al Poder Judicial para que se administre -informática o manualmente- por sí mismo o, si lo hacen los ministerios (poder ejecutivo), a cumplir con lo que se les dice. Porque lo finito, en todo caso, será la capacidad de gestión de su personal.

Otro tema es la aquiescencia y aparente sumisión de los SG y SC como correas transmisoras de los deseos de la AEAT. Hiede. Apesta. Desde mi desconocimiento del tema, me asalta la duda de si tienen interés, personal o económico, en que desaparezcan esos embargos porque deberían ser los primeros en levantar la voz y plantar las picas en Flandes que haga falta. ¿No será que les conviene disminuir el número de asuntos vivos? Aunque ello comporte toda esta movida: justiciables que se enteran meses después, procuradores entrando papeles de nuevo, secretarios encargándose de repetir el trabajo... es vergonzoso.

Para mí, es del tipo de cosas que merece inundar a SC y SG con quejas por escrito. Esto hay que pararlo, porque atenta a los principios básicos. Hay que asaetar asociaciones. Noticias en prensa. Vídeos en youtube. Es la única forma de parar estas discrecionalidades.

Y perdona que discrepe, Maricarmen, agradezco y admiro tu trabajo y contactos para reducir el impacto de esa (kafkiana) decisión. Pero la solución no puede venir, no ha de venir, por creerse lo que se dice en ese comunicado y buscar paliativos gracias a las "capacidades no finitas" de los sistemas de una empresa privada. Si ellos pueden retener esa información, también puede la AEAT. Y la propuesta, en todo caso, sigue anulando embargos hasta que un SJ responsable los reactive: los daños a justiciables, abogados, procuradores y secretarios siguen ahí. Sólo se reduce el trabajo de mera tramitación para reactivarlos.

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Re: Anulación embargos AEAT.

#19 Mensaje por Ilustrïsima »

Agradezco sobremanera el comentario de Administrador, porque a mi me parecía absolutamente imposible la llamada disculpa "técnica", y eso desde mis modestísimos conocimientos informáticos. Efectivamente esto huele más bien a evitar trabajo a funcionarios más importantes para el sistema, esto es la A.E.A.T.

De golpe y porrazo vemos como pasamos de tramitar las órdenes por papel (como toda la vida) a hacerlo de forma telemática, picando esos datos directamente para ahorrar costes a la Agencia Tributaria y ahora en una especia de mundo al revés nos dicen que casi mejor se borran todas las órdenes de embargo y ya si eso las demos de alta nosotros de nuevo. Ojiplático me he quedado, y es fantástica la comparación que ha hecho Amin. con las órdenes de Violencia, también se podrían incluir las del SIRAJ, etc. De locos.

Lastimosamente lo que ya no sorprende es que la correa de transmisión de esta autentica burrada sean nuestros jefes, los SG y los SC. Es absolutamente repugnante como nos vamos tragando más y más lo peor de cada casa, y queda claro que no hay peor cuña que la de la misma madera.

Y no, no es un asunto menor, es un tema que a la mínima que se produzca un problema y un acreedor se quede sin cobrar una parte de su crédito por mor de esta "alza automática" de un embargo judicial, no dudéis compañeros que el marrón se lo comerá el Secretario de trinchera que no hizo lo suficiente para reactivar el embargo a pesar de ser avisado.
Valar Morghulis

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Re: Anulación embargos AEAT.

#20 Mensaje por conquense »

Yo sigo con mi tema. Al que nadie me ha contestado. Y es que considero que los embargos de cuentas bancarias no pueden convertirse en embargos de futuro. Me explico no puede tener embargada una cuenta hasta que se alcance el total de la cantidad embargada, pues estariamos embargando saldos de futuro, por mucho que nos cueste tener que enviar el oficio o la anotación telemática varias veces, que en mi modesta opinión como mucho habria que hacerlo o acordarlo, previa petición del ejecutante, cuando pase un tiempo prudencial y previa consulta PNJ. Con lo de la AEAT, pasa lo mismo no puede ser que tengamos embargados impuestos o devoluciones de futuro y no del año impositivo en el que remitimos o anotamos el embargo.

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Re: Anulación embargos AEAT.

#21 Mensaje por Terminatrix »

Administrador escribió:Perdonad la intromisión... pero aquí hay algo raro. Como profesional de la informática, puedo aseguraros que el argumento de la "capacidad finita" de los servidores da risa.
Exacto. Es lo que no me creo. Me consta que AEAT y SS tienen lo mejor de lo mejor de lo ultimisimo. Así que, como bien dices, hay algún tema de fondo que se nos escapa y que no es precisamente técnico. :evil:
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Carlos Valiña
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Re: Anulación embargos AEAT.

#22 Mensaje por Carlos Valiña »

Normalmente el motivo por el que se hacen estas cosas es puramente de imagen.

Alla por el año 1992, alguna lumbrera del CGPJ decidio que las cifras de ejecutorias pendientes eran tan increiblemente escandalosas, que lo mejor era ocultarlas por si alguien se enteraba y manejaba ese numero y el Consejo lo vio bien.

Años despues alguna lumbrera mayor aun, a pesar de que la supresion de la estadistica de ejecutorias no habia causado problema o queja alguna DE NADIE, tuvo la feliz ocurrencia de que habia que volver a poner esa casilla y otras tropecientas tonterias en marcha y de pronto nos llego orden de volver a incluirlas. Yo particularmente tome un trozo de cuerda, medi un monton y vi cuantas habia en el unas 15. Luego con la misma cuerda fui midiendo la altura de todos los montones y me salieron como unos quince metros, un autobus. Hecho que fue hice la regla de tres, y me salieron como unas 800 y pico, o asi, las puse en la estadistica y tan felices, el susto de los funcionarios se soluciono con cinco minutos y no se entorpecio el trabajo ni se freno la Secretaría. Tampoco hubo ninguna queja, protesta, sobre esta forma de proceder.

Alguno pensara que esto son batallitas del pasado y no hay tal. Esta misma semana me encuentro con la siguiente paradoja.

Vamos a grabar una busca y captura en el infausto SIRAJ. Imposible de toda imposibilidad. Si vas a consultas aparece que ese sujeto no tiene ni tuvo nunca ninguna busca o medida activa. Si vas a grabar el asunto te dice que ese sujeto ya tiene una medida grabada antes y que entres por ella.

Llamados los supertacañones de esto, me confirman que tienen instrucciones de quitar de la base como asuntos abiertos asuntos que el juzgado no ha cerrado. En ocasiones incluso los pasan a una especie de limbo, donde ellos pueden verlos como anulados pero nosotros no. Llevo meses insistiendo en que no me cierren las notas de asuntos de violencia domestica donde no han transcurrido los plazos de los alejamientos y cuando voy a poner el final, resulta que tengo que pedir que me los reabran, incluso he llegado a mandarlo por escrito y me consta lo han elevado a los competentes que por los resultados me consta los han remitido indefectiblemente a la papelera.

Asi que en mi opinion lo mas probable es que sea tal la cantidad de embargos remitidos, que aquello sea un autentico escarnio y alguien este preocupado por si el tema sale por ahi.

En orden a los embargos de futuro. Si yo embargo el saldo de una cuenta bancaria no veo que impide que ademas de embargar el saldo que tenga hoy, puede embargar tambien el saldo que tenga en lo sucesivo. No es un embargo de futuro es un embargo de presente. El embargo se hace hoy. Es lo mismo que cuando embargas la caja de un restaurante, una vez embargada la comision judicial puede ir varias veces a retirar lo que haya, y no necesitas hacer un embargo para la caja de cada dia. Llevando al extremo, si vas a embargar a las dos y haces el embargo a la una, ya seria de futuro.

Si embargas la devolucion de Hacienda de 2014 en tu concepcion del mundo seria un embargo de futuro de hecho no se sabe si la va a haber o no, y desde luego en este momento aun no se ha producido tal devolucion.

Yo creo simplemente, sin tener ni idea de embargos, ni haber mirado la nueva LEC, que si yo embargo las devoluciones de Hacienda, asi en plural, pues las embargo in secula seculorum, hasta que se pague la deuda, porque las embargo todas.

En la practica lo que se esta embargado es algo asi como un derecho de credito del sujeto contra la Hacienda Publica por haberle esta cobrado de mas, y los embargos de derechos de credito, por concepto, suelen hacerse las mas veces en expectativa, es decir, no se sabe si se van a generar no con precision. Al igual que sucede cuando exhortas a otro juzgado para que embargue el sobrante de producirse una subasta, que no sabes si se producira, etc.

Que yo sepa la prohibicion legal se referia a los embargos de bienes indeterminados, aquello de, bienes y derechos de fulano sin mayor concreccion, para permitir que la causa no se parase aunque nunca supe muy bien adonde iba.

Pero el embargo de las devolucines de Hacienda lo es de una cosa concreta, ciertamente improbable, pero concreta.

Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
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JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.

Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS

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cabal
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Re: Anulación embargos AEAT.

#23 Mensaje por cabal »

Me pregunto si en la realidad práctica de nuestros juzgados se están efectuando actuaciones como la descrita:
Carlos Valiña escribió: Es lo mismo que cuando embargas la caja de un restaurante, una vez embargada la comision judicial puede ir varias veces a retirar lo que haya, y no necesitas hacer un embargo para la caja de cada dia.
:affraid:
Pesimista se queja pero acepta el viento adverso
Optimista espera que cambie el viento
Realista ajusta las velas (cambia las circunstancias para tener buena suerte)
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Maricarmen
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Re: Anulación embargos AEAT.

#24 Mensaje por Maricarmen »

Artículo 989.2 LECr.- A efectos de ejecutar la responsabilidad civil derivada del delito o falta y sin perjuicio de la aplicación de las disposiciones de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el Secretario judicial podrá encomendar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria o, en su caso, a los organismos tributarios de las haciendas forales las actuaciones de investigación patrimonial necesarias para poner de manifiesto las rentas y el patrimonio presente y los que vaya adquiriendo el condenado hasta tanto no se haya satisfecho la responsabilidad civil determinada en sentencia.
“No hay vientos favorables para quien desconoce el rumbo” Sêneca

aoca
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Re: Anulación embargos AEAT.

#25 Mensaje por aoca »

Bueno pues yo ya he puesto mi correspondiente queja-escrito al SC que ha sido quien me lo mandó. No lo he hecho en plan formal sino más bien explicandole que es absolutamente imposible que mi juzgado ninniguno que lleva civil pueda hacer lo que piden.

Yo lo dejo ahí. Os insto a todos los que esteis en la misma situación a que hagais algo parecido, a ver si la queja masiva hace moverse al personal de arriba

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