Buenas tardes,
Tengo una declaración de fallecimiento de un marinero que desapareció en Gran Sol en 1978. Se ha declarado su fallecimiento y toca inscribir la declaración... ¿donde? Es que no me queda nada claro si el registro competente es el del último domicilio, el registro Central u otro, porque repasando códigos entiendo que sería competente el del lugar de la desaparición, pero ... cual es el registro correspondiente al Gran Sol?
Muchas gracias de antemano, porque llevo dos semanas sin saber que hacer!
Un saludo.
Inscripción de la declaración judicial de fallecimiento
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
Re: ¿A Qué registro corresponde inscribir la defunción?
Debe ser objeto de inscripción marginal en el asiento del nacimiento (art. 46 de la Ley de Registro Civil) mediante testimonio del auto que debe ser remitido de oficio por el Juez de 1.ª Instancia (artículo 25 de la Ley del Registro Civil y 2007 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). No requiere la previa declaración judicial de ausencia y lo normal es que se produzca directamente. Debe llevarse nota de referencia a la inscripción de nacimiento de los hijos menores de edad del declarado fallecido, pues constituye un hecho (inscribible por separado) que produce una alteración en la patria potestad. (Art. 180 del Reglamento del Registro Civil).
Re: ¿A Qué registro corresponde inscribir la defunción?
Creo que se debe corregir el título del tema: INSCRIPCIÓN DE LA DECLARACIÓN JUDICIAL DE FALLECIMIENTO.
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Re: Inscripción de la declaración judicial de fallecimiento
Suscribo la respuesta precedente dada a la consulta planteada. Asi es lo correcto.
Re: Inscripción de la declaración judicial de fallecimiento
Muchas gracias a todos por contestarme y sobre todo, por la rapidez de la contestación!
La inscripción marginal en la inscripción de nacimiento estaba hecha, pero me surgia la duda de si tenía que inscribirse tambien la defunción en la sección tercera, aclarada la duda, y en cuanto no constan descendientes, archivo.
Un saludo!
La inscripción marginal en la inscripción de nacimiento estaba hecha, pero me surgia la duda de si tenía que inscribirse tambien la defunción en la sección tercera, aclarada la duda, y en cuanto no constan descendientes, archivo.
Un saludo!