Admisión reposición (postulación 539.1 LEC)

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secret

Admisión reposición (postulación 539.1 LEC)

#1 Mensaje por secret »

En una ejecución, por cuantía superior a 2.000 euros, le requiero al ejecutante para presentar la demanda con la postulación del 539.1 LEC. Me recurre en reposición la diligencia de ordenación, también sin abogado y sin procurador.
El recurso es sencillo de resolver, pero mi duda es si lo admito pese a estar presentado también sin abogado y sin procurador. ¿opiniones?

alea jacta est
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Re: admision reposicion

#2 Mensaje por alea jacta est »

creo que tú mismo te has respondido invitado...si consideras insuficiente la postulación procesal conforme al art. 539 de la LEC para presentar la demanda ejecutiva, el mismo criterio deberías mantenerlo para no admitir a trámite el recurso

Secretarionovato
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Re: Admisión reposición (postulación 539.1 LEC)

#3 Mensaje por Secretarionovato »

A mi juicio, tal Diligencia es irrecurrible, por no causar ningún tipo de gravamen a las partes, requisito insoslayable para poder recurrir.

Me explico, como quiera que la admisión de la ejecución es del Juez, nuestra Diligencia de requerimiento no es más que una mera advertencia de subsanación de un defecto que apreciamos, empero, ello no perjudica el Derecho de la parte, dado que no se decide, en ningún momento, sobre la existencia del defecto procesal, dado que quien en última instancia debe apreciarlo es el Juez.

Esto es, el cumplimiento de nuestro requerimiento no obsta para nada la decisión sobre el requisito procesal, habida cuenta de que el Juez, bien puede apreciar otros defectos e inadmitir la demanda, bien puede entender que no es necesaria la postulación y admitir en todo caso y contra el sentido de nuestra resolución la demanda ejecutiva (que además, se admite por auto).

Así las cosas, a mi juicio, procede la inadmisión del recurso por no tener la parte gravamen alguno para recurrir la resolución, en los términos del artículo 448 LEC, sin perjuicio de que vencido el plazo se da cuenta al Juez para que haga lo que quiera...

Invitado

Re: Admisión reposición (postulación 539.1 LEC)

#4 Mensaje por Invitado »

Necesita abogado y procurador, requiere para que subsane y si no subsana inadmisión

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