Posible ampliación de demanda

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ignorante supino

Posible ampliación de demanda

#1 Mensaje por ignorante supino »

Se presenta demanda contra empresa pidiéndole una indemnización por un accidente laboral que ha tenido el trabajador. Solo la presentan contra la empresa ¿no tiene que ampliar a la cía de seguros?
Paralelamente tiene en trámite un procedimiento de recargo de prestaciones.

Invitado

Re: posible ampliación de demanda

#2 Mensaje por Invitado »

Si, requiere por diligencia por cuatro días para que amplíen la demanda contra la entidad aseguradora que cubria el riesgo bajo amenaza caso contrario de dar cuenta al juez para archivo.

Invitado

Re: posible ampliación de demanda

#3 Mensaje por Invitado »

Ojo, el supuesto en el que el Secretario Judicial puede poner de manifiesto la falta de legitimación pasiva esta tasado en la LRJS y en el tipo de procedimiento no se contempla este supuesto, por lo que no está regulado legalmente que el secretario requiera a la demandante por cuatro días. Sería una excepción procesal a oponer el día del juicio por el INSS bajo posibilidad de tener una sentencia desestimatoria. No nos pagan para hacer el trabajo de los abogados y por otro lado se pude incurrir en responsabilidad disciplinaria
Saludos

Secretarionovato
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Re: posible ampliación de demanda

#4 Mensaje por Secretarionovato »

Yo no se para que os liais.

Nuestras facultades son meramente procesales, de trámite, burocráticas en palabras de los de la Reforma. Nos tenemos que limitar a comprobar la competencia, la capacidad de las partes Y PUNTO.


La legitimación es un tema de fondo que debe discutirse en el proceso (y resolverse mediante sentencia, no mediante inadmisión)

Es como si yo mañana os demanda a vosotros diciendo que tenéis una empresa y me dais trabajo, pues eso se verá en el juicio.

Al margen de eso, aquí no hay falta de nada, él sabrá a quien demanda.

Wences

Re: Posible ampliación de demanda

#5 Mensaje por Wences »

Si nos damos cuenta de que no se ha conformado debidamente el litisconsorcio pasivo necesario, creo que no está de más que concedamos cuatro dias para la ampliación. Si en los cuatro dias solicita la ampliación se accederá a ella y en otro caso se pasará al Juez para que decida sobre la referida falta observada.

Ahora bien, tendremos que tener muy claro que la litis no está bien conformada para hacer ese requerimiento.

En el supuesto apuntado tendremos que tener en cuenta que cabe la posibilidad de que la empresa, por motivos varios, no tenga cubierta la posible contingencia con póliza de seguro, por lo que inicialmente no deberemos hacer nada y, en el momento del juicio que el demandado, si a bien lo tiene, alegue la excepción de falta de litisconconsorcio pasivo necesario.

Invitado

Re: Posible ampliación de demanda

#6 Mensaje por Invitado »

Me parece que se os ha escapado lo previsto en el art. 142.1 LRJS: Si en las demandas por accidente de trabajo o enfermedad profesional no se consignara el nombre de la Entidad gestora o, en su caso, de la Mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, el secretario judicial, antes del señalamiento del juicio, requerirá al empresario demandado para que en plazo de cuatro días presente el documento acreditativo de la cobertura de riesgo.
Iguales medidas se adoptarán, en el procedimiento correspondiente, en relación con el aseguramiento del riesgo y el documento de cobertura de las mejoras voluntarias o complementarias de seguridad social y de otras posibles responsabilidades del empresario o de terceros por accidente de trabajo y enfermedad profesional, a cuyo efecto el empresario o el tercero deberán aportar en el plazo antes indicado y previo requerimiento al efecto, el documento de aseguramiento y los datos de la entidad aseguradora que cubra el mismo, con apercibimiento de adoptarse la medida de embargo preventivo prevista anteriormente u otras medidas cautelares idóneas.

Secretarionovat

Re: Posible ampliación de demanda

#7 Mensaje por Secretarionovat »

Una cosa es hacer esos apercibimientos, otra requerir de ampliación...

ignorante supino

Re: Posible ampliación de demanda

#8 Mensaje por ignorante supino »

Muchas gracias por las distiintas respuestas. No obstante, no tengo tanta seguridad de que en el procedimiento laboral no nos hayan encomendado cierta función de velar porque la demanda vaya lo "suficientemente bien" (entiéndaseme) que no produzca una suspensión. De este tema se ha hablado en algún curso incluso por algún magistrado riéndose, por supuesto, de muy rollo sobre las competencias de responsabilidad del SJ en estos casos. El problema puede darse si, siendo obligación tuya, percibir el defecto, no lo haces y llega una suspensión con nuevo señalamiento para un año después alguno se puede enfadar y, con nosotros, la gente se enfada con más facilidad.
Eso vinieron a decir y eso comentamos en algún café y no lo desmentían. No es hacer al trabajo de los abogados aunque quizá en el caso que planteé puede que si y sería por ignorancia mía pero, si no fuese trabajo de ellos y si obligación nuestra, la cosa se pone fea.

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ELY
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Re: Posible ampliación de demanda

#9 Mensaje por ELY »

Yo opino como han indicado arriba, me limito a comprobar cuatro cosas y ya esta.

Invitado

Re: Posible ampliación de demanda

#10 Mensaje por Invitado »

El 142 en ningúm momento faculta al secretario judicial a requerir al demandante para que se amplie la demanda, sino a que presente el documento acreditativo de la cobertura de riesgo, y si no lo hace el Juez acordará el embargo. Es muy peligroso subrayar solo determinados aspectos de los artículos. O se subraya todo o nada. El artículo habla de accidente de trabajo o enfermedad profesional. Si el abogado no demanda a la aseguradora mal va (dejo aparte los supuesto de cobertura por el ISM). Tampoco se habla de que se suspenderá el proceso y se señalará para dentro de una año o cuando toque. La falta de legitimación pasiva la alegarán en su caso en juicio y se resolverá en sentencia desestimatoria, no en sentencia suspendiendo y señalando nuevo juicio, y si el abogado de la parte demandante tiene suerte y no le ha prescrito la acción podrá plantear nuevamente y de manera correcta la demanda, sino a tirar de seguro. Ultimamente y supongo que por la crisis, se ven demandas presentadas por penalistas o civilistas que no saben ni por donde tirar.
Saludos.

Wences

Re: Posible ampliación de demanda

#11 Mensaje por Wences »

A pesar de que queda muy claro y acertado lo del art. 142, dos cuestiones planteo:

¿Por qué hablais de falta de legitimación pasiva y no de litisconsorcio pasivo necesario?

He leido sentencias, incluso de la audiencia nacional, en las que como el demandante desoyó las indicaciones del juzgador y no quiso ampliar la demanda, se dictó sentencia y entendiendo el Juez que era necesaria esa ampliación, acordó en la sentencia retrotraer las actuaciones hasta el momento de la admisión de la demanda y entonces sería ahí donde se deberia apreciar la falta, y darle cuatro dias para ampliar la demanda. Ya sé que ello provocaria dos sentencias de instancia en un mismo asunto, lo cual chirria. sin embargo se ha hecho y ya digo, no sólo en este Juzgado sino en la misma Audiencia Nacional.

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