Instrucción sobre uso SIRAJ sólamente y no fax.

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SECREDELOS80
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Instrucción sobre uso SIRAJ sólamente y no fax.

#1 Mensaje por SECREDELOS80 »

hola a todos creo que hay una instrucción u orden, la cual no tengo, que dice que solamente es necesario mandar las ordenes de protección por SIRAJ, sin ser necesario mandarlo por fax a policia, oesis, etc,
me gustaría saber si alguien me la puede pasar.
muchas gracias

Acolitos

Re: Instrucción sobre uso SIRAJ sólamente y no fax.

#2 Mensaje por Acolitos »

No se en que partido judicial estás pero la supresión del fax rige únicamente en aquelos partidos judiciales en los que existen las comunicaciones telemáticas con la policía; el denominado MIR , que por el momento sólo rige en Madrid capital y en los pueblos de Madrid. En el resto hay que seguir enviando el fax

SECREDELOS80
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Re: Instrucción sobre uso SIRAJ sólamente y no fax.

#3 Mensaje por SECREDELOS80 »

En Madrid si, muchas gracias

Invitado

Re: Instrucción sobre uso SIRAJ sólamente y no fax.

#4 Mensaje por Invitado »

La instrucción donde se regula la forma de comunicaciones telemáticas es la Instrucción 3/2015 de la secretaria general de administración de justicia sobre determinadas cuestiones relativas a la remisión telemática de datos desde SIRAJ a la base de datos de señalamientos del ministerio del interior, a la dirección general de tráfico (DGT) y al buen uso de la aplicación y la puedes descargar entrando en la aplicación de SIRAJ y a la derecha donde pone circulares, pinchar y seleccionar la instrucción

SECREDELOS80
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Re: Instrucción sobre uso SIRAJ sólamente y no fax.

#5 Mensaje por SECREDELOS80 »

gracias es cierto

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