Buenos días.
En un Juicio Verbal proveniente de la oposición a un monitorio, el demandado tenía reconocida la justicia gratuita y solicitó la designación de perito judicial. La sentencia fue absolutoria y condenó en costas a la parte actora. Practicada la tasación de costas y pasado el plazo de impugnación, la funcionaria se da cuenta de que tiene un oficio de la comunidad de Madrid en el que, manifiesta que al haber sido condenada en costas la parte que no tenía reconocida la justicia gratuita, se le reintegre a la comunidad 1200 euros que ha abonado al perito; también encuentra un escrito presentado por la propia perito adjuntando una minuta superior a ese importe, de 3.700 euros. Tanto el oficio como la minuta son anteriores a la práctica de la Tasación de Cpstas, la cual todavía no ha sido aprobada. En cualquier caso, la inclusión la debo hacer respetando el limite del artículo 394 de la LEC, porque la cuantía del procedimiento son 2.884 euros.
Por supuesto las partes no han impugnado la tasación, a la condenada en costas no le interesa y a la beneficiaria le da igual, porque tiene justicia gratuita y no ha abonado ella el perito
¿Cómo puedo incluir los honorarios del perito? ¿Qué tipo de resolución debo poner?
Gracias.
Modificar de oficio tasación de costas.
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Re: Primero acordaría dejar sin efecto lo acordado antes, o.
...directamente con otra diligencia de ordenación, o previa tramitación de oficio de nulidad de actuaciones, por no haber visto los escritos recibidos.
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Re: Lo que no entiendo es con qué minuta...
...del perito se practicó la tasación de costas. ?
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Re: En todo caso, a la minuta de 3.700 euros...
...ni caso, pues al perito judicial de justicia gratuita la comunidad autónoma le ha abonado 1.200 euros, y es a este abono previo al que hay que atender.