ANOTACION DE ANTECEDENTES PENALES.

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Invitado

ANOTACION DE ANTECEDENTES PENALES.

#1 Mensaje por Invitado »

Supuesto: El Juez sustituye la pena de prision por la de multa.

En Instrucción ya han anotado en la base de datos la pena de prisión.

¿Hay que enviar un oficio a Penados y Rebeldes para que tengan en cuenta esta sustitución y la reflejen en la base de datos?

¿Es correcta la práctica de algunos juzgados de lo penal de no anotar nada en el Registro de Penados y Rebeldes, en las sentencias de causas propias, hasta tanto no empieza el efectivo cumplimiento de una concreta pena?

Gracias.

Invitado

ANOTACION CONDENA

#2 Mensaje por Invitado »

Si te refieres a que el Juzgado de Instrucción anotó la condena en el Juicio Rapido y elJuez de lo Penal suspendió la pena, resulta que es el JUEZ DE INSTRUCCIÓN EL COMPETENTE PARA DICTAR LA SENTENCIA Y SI ESTA ES DE PRISION TIENE QUE ACORDAR EN RELACION A LA SUSPENSIÓN O SUSTITUCION DE LA MISMA . POR LO QUE EL JUEZ DE LO PENAL NO ES COMPETENTE PARA SUSTITUIR O SUSPENDER UNA PENA QUE HA IMPUESTO OTRO JUEZ.
Creo que es el art. 801. 2 de la L.E.Cr. NO SE EXACTAMENTE SI ES ESTE pero es el art. que regula el juicio rapido de conformidad. Y claramente determina que "el Juez de Instrucción oidas las partes y el Ministerio fiscal acordara en relación a la suspensión o sustitucion de la pena de prision"

Lo mejor es anotar los antecedentes penales cuando se suspende la pena o se empieza a cumplir. Así te evitas dobles anotaciones.

El problema lo puedes resolver anotando ahora la suspensión. No hay problema si queda identificada la anotacion de condena con la de suspensión.

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