Buenos días,
Primero disculpad si el tema ha sido tratado pero no lo he encontrado con el buscador.
Tengo una EJH en la que se ejecuta la hipoteca sobre dos fincas urbanas en garantía de un crédito aunque el acreedor sólo ha pedido que se saque a subasta una de ellas y estoy en el trámite de dictar el Decreto de adjudicación con imputación de pagos. Estas son las premisas:
-una de las fincas es vivienda habitual del deudor y la otra no;
-solo se ha sacada a subasta la segunda a solicitud del acreedor;
-la subasta ha sido sin postores y ha solicitado la adjudicación por cantidad superior al 50%;
-no hay acreedores posteriores;
-con carácter previo le he requerido para que me desglose el crédito (por sus distintos conceptos) entre las dos fincas;
Pues bien, al poner el decreto resulta que el importe de la adjudicación (bastante inferior al importe del principal) cubre los intereses ordinarios, el capital, los intereses moratorios y demás gastos (todo referido únicamente a la finca que ha sido subastada) y aún queda dinero. He requerido para liquidar intereses y tasar costas para imputar la cantidad por tales conceptos. Mis dudas son:
-Si quedase dinero aún .... tendría que imputar el resto a las cantidades (por sus distintos conceptos y orden legal) de la otra finca?;
-Si no quedase dinero, las cantidades pendientes de pago serían las que corresponden a la otra finca (por sus distintos conceptos y orden legal)?
Muchas gracias
EJH duda imputación pagos
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