Modelos varios: Oferta y demanda.
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Convenio de realización
Estoy intentando el convenio de realizacion del art. 640. El módelo que aparece en la NOJ creo que esta mal, pues relega la realización del bien a los comparecientes. Entiendo que una vez celebrada la comparecencia en la que todos esten conformes (ejecutante, ejecutado, fogasa y acreedores posteriores) Se dictará Decreto aprobando el convenio de realización (venta de un inmueble) y se dará testimonio del mismo al comprador para que le sirva de titulo en forma para su inscripción, y al propio tiempo le entregará igualmente, a petición del mismo, mandamiento de cancelación de las cargas del crédito del actor y de las posteriores.
Si teneis módelos al respecto os agradeciarias que me lo enviarais.
Gracias.
Si teneis módelos al respecto os agradeciarias que me lo enviarais.
Gracias.
- Lobo Estepario
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Re: Modelos varios: Oferta y demanda.
Adjudicación/entrega directa al ejecutante(634.3)
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- adjudicacion vehículo contrato financiacion 634-3.doc
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"El lobo estepario vaga solitario, huyendo de la manada, buscando su libertad." Herman Hesse.
"Una persona inteligente se repone pronto de un fracaso. Un mediocre jamás se recupera de un éxito." Séneca
"Una persona inteligente se repone pronto de un fracaso. Un mediocre jamás se recupera de un éxito." Séneca
Re: Modelos varios: Oferta y demanda.
Hola compañeros,
Estoy destinado en un Juzgado Mercantil y me han entrado dos procedimientos de escasa cuantía europea de materia de transporte.
¿Teneis modelos de admisión?, también para los secretarios de instancia porque no he visto que se haya tratado el tema todavía en este foro, saludos.
Estoy destinado en un Juzgado Mercantil y me han entrado dos procedimientos de escasa cuantía europea de materia de transporte.
¿Teneis modelos de admisión?, también para los secretarios de instancia porque no he visto que se haya tratado el tema todavía en este foro, saludos.
MODELOS
Buenos dias:
Alguien me puede pasar un modelo de acta de vista oral en Procedimiento Abreviado sin conformidad y otro con conformidad? y en su caso un modelo de requerimiento pago multa y RC ?
Los mios de Atlante no me gustan.
Saludos.
Alguien me puede pasar un modelo de acta de vista oral en Procedimiento Abreviado sin conformidad y otro con conformidad? y en su caso un modelo de requerimiento pago multa y RC ?
Los mios de Atlante no me gustan.
Saludos.
peticion modelo de inadmision demanda por no presentar 696
Alguien tiene un modelo de inadmision de demandas por no presentar modelo 696 tras varios requerimientos con apercibimiento de no admision?Gracias
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Re: Modelos varios: Oferta y demanda.
Por cortesía de Secretarionovato, modelo de decreto inadmitiendo exhorto para entrega de mandamiento de devolución.
Este es el Decreto que he puesto en algunas ocasiones.
Diligencia de Constancia:
Por recibido el anterior exhorto procedente del Juzgado de xxxx, se procede a registrar en el libro de su clase, bajo el número xxxx.
En Txxxx, a x de xxx de 2014.
DECRETO.
xxxxo, Secretario Judicial del Juzgado de xxxxx, visto el estado de estas actuaciones, procede a dictar la presente resolución conforme a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO.
ÚNICO:- Que por el Juzgado de Primera Instancia Número x de xxxx, se ha remitido exhorto al Juzgado Decano de esta ciudad, a fin de que se proceda a entregar un mandamiento de pago a una de las partes en un procedimiento seguido ante el antedicho juzgado, habida cuenta de que la misma tiene su domicilio en esta ciudad.
FUNDAMENTOS DE DERECHO.
PRIMERO:- Como premisa insoslayable, debemos empezar destacando que los depósitos y consignaciones judiciales se encuentran reglamentados en el Real Decreto 467/2006, de 21 de abril, por el que se regulan los depósitos y consignaciones judiciales en metálico, de efectos o valores, texto en el que se establecen los diferentes requisitos y procedimientos para el ingreso o reintegro del numerario, efectos o valores que sean objeto de depósito o consignación, con motivo de la sustanciación de un procedimiento judicial, siendo las disposiciones del mismo de obligatorio cumplimiento para los Secretarios Judiciales (art 3.3 de tal texto reglamentario).
SEGUNDO:- Llegados a este punto, el hecho esencial a considerar es que el artículo 12.5 del susodicho precepto reglamentario, que regula los supuestos de entrega de mandamientos de pago a personas que residan fuera del municipio en el que radica el órgano judicial emisor de un mandamiento, refiere que “en aquellos supuestos en que el beneficiario del reintegro de cantidad resida en distinto municipio a aquél en que estuviere la sede del órgano emisor, el secretario judicial utilizará la transferencia a cuenta bancaria no judicial siempre que concurran los requisitos previstos en el apartado anterior. Sólo en el caso excepcional de no poder utilizar la transferencia a cuenta bancaria no judicial, se podrá diligenciar la entrega del mandamiento de pago a través de la entidad de crédito adjudicataria.”.
Es decir, en tal precepto, se establece que los reintegros que deban efectuarse a favor de personas residentes en un municipio distinto al del órgano judicial, se harán bien mediante transferencia bancaria, bien por medio de la entidad de crédito adjudicataria del servicio, sin que se configure en ningún precepto del reglamento, la posibilidad de efectuarlo exhortando al Juzgado del municipio en el que resida el beneficiario.
Así las cosas, es evidente la falta de competencia del responsable de esta oficina judicial para dar cumplimiento al exhorto remitido, por cuanto carece de potestad para Diligenciar reintegros de órganos distintos a los que sirve, motivos por los que de conformidad con los artículos 169, 173 y 175 LEC, se acuerda la devolución del exhorto remitido, sin cumplimentar, a fin de que por el órgano exhortante se proceda, en su caso, a diligenciar el mandamiento de pago conforme a las ordenanzas y reglamentos del ramo.
PARTE DISPOSITIVA
Que apreciando la incompetencia de esta Oficina Judicial para despachar el exhorto remitido por el Juzgado de Primera Instancia número xxxx de xxxx, acuerdo la devolución de este, sin cumplimentar, al órgano exhortante.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe
Este es el Decreto que he puesto en algunas ocasiones.
Diligencia de Constancia:
Por recibido el anterior exhorto procedente del Juzgado de xxxx, se procede a registrar en el libro de su clase, bajo el número xxxx.
En Txxxx, a x de xxx de 2014.
DECRETO.
xxxxo, Secretario Judicial del Juzgado de xxxxx, visto el estado de estas actuaciones, procede a dictar la presente resolución conforme a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO.
ÚNICO:- Que por el Juzgado de Primera Instancia Número x de xxxx, se ha remitido exhorto al Juzgado Decano de esta ciudad, a fin de que se proceda a entregar un mandamiento de pago a una de las partes en un procedimiento seguido ante el antedicho juzgado, habida cuenta de que la misma tiene su domicilio en esta ciudad.
FUNDAMENTOS DE DERECHO.
PRIMERO:- Como premisa insoslayable, debemos empezar destacando que los depósitos y consignaciones judiciales se encuentran reglamentados en el Real Decreto 467/2006, de 21 de abril, por el que se regulan los depósitos y consignaciones judiciales en metálico, de efectos o valores, texto en el que se establecen los diferentes requisitos y procedimientos para el ingreso o reintegro del numerario, efectos o valores que sean objeto de depósito o consignación, con motivo de la sustanciación de un procedimiento judicial, siendo las disposiciones del mismo de obligatorio cumplimiento para los Secretarios Judiciales (art 3.3 de tal texto reglamentario).
SEGUNDO:- Llegados a este punto, el hecho esencial a considerar es que el artículo 12.5 del susodicho precepto reglamentario, que regula los supuestos de entrega de mandamientos de pago a personas que residan fuera del municipio en el que radica el órgano judicial emisor de un mandamiento, refiere que “en aquellos supuestos en que el beneficiario del reintegro de cantidad resida en distinto municipio a aquél en que estuviere la sede del órgano emisor, el secretario judicial utilizará la transferencia a cuenta bancaria no judicial siempre que concurran los requisitos previstos en el apartado anterior. Sólo en el caso excepcional de no poder utilizar la transferencia a cuenta bancaria no judicial, se podrá diligenciar la entrega del mandamiento de pago a través de la entidad de crédito adjudicataria.”.
Es decir, en tal precepto, se establece que los reintegros que deban efectuarse a favor de personas residentes en un municipio distinto al del órgano judicial, se harán bien mediante transferencia bancaria, bien por medio de la entidad de crédito adjudicataria del servicio, sin que se configure en ningún precepto del reglamento, la posibilidad de efectuarlo exhortando al Juzgado del municipio en el que resida el beneficiario.
Así las cosas, es evidente la falta de competencia del responsable de esta oficina judicial para dar cumplimiento al exhorto remitido, por cuanto carece de potestad para Diligenciar reintegros de órganos distintos a los que sirve, motivos por los que de conformidad con los artículos 169, 173 y 175 LEC, se acuerda la devolución del exhorto remitido, sin cumplimentar, a fin de que por el órgano exhortante se proceda, en su caso, a diligenciar el mandamiento de pago conforme a las ordenanzas y reglamentos del ramo.
PARTE DISPOSITIVA
Que apreciando la incompetencia de esta Oficina Judicial para despachar el exhorto remitido por el Juzgado de Primera Instancia número xxxx de xxxx, acuerdo la devolución de este, sin cumplimentar, al órgano exhortante.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
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Re: peticion modelo de inadmision demanda por no presentar 6
Nuestro apreciado Alberto Martinez de Santos colgó un modelo impecable en su blog.BEGOÑA escribió:Alguien tiene un modelo de inadmision de demandas por no presentar modelo 696 tras varios requerimientos con apercibimiento de no admision?Gracias
http://justiciayprehistoria.blogspot.co ... icial.html
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.
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Re: Duda sobre Registro Civil
Hola!
A colación del tema, ¿alguien podría colgar algún modelo de delegación de firma de certificaciones de Registro Civil en el gestor?
Gracias!
A colación del tema, ¿alguien podría colgar algún modelo de delegación de firma de certificaciones de Registro Civil en el gestor?
Gracias!
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Re: Modelos varios: Oferta y demanda.
Por cortesía de Maricarmen
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- A C T A remision WHATSAPP.docx
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- A C T A de VOLCADO TELEFONICO.docx
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Re: Modelos varios: Oferta y demanda.
Modelo solicitud de certificación de servicios prestados
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- SOLICITUD DE SERVICIOS PRESTADOS.pdf
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Re: Modelos varios: Oferta y demanda.
Jurisdicción social.
Modelo de desistimiento medidas cautelares.
Cortesía de "Invitado"
Modelo de desistimiento medidas cautelares.
Cortesía de "Invitado"
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- DECRETO.docx
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Possunt quia posse videntur “pueden los que creen que pueden” (Publio Virgilio Marón – Eneida, V, 231).
Decreto denegando presencia SJ en vista grabada.
D E C R E T O
Secretario Judicial XXXXXXXXXXXXXXX
En XXXXXXXXXXXXXX, a XXXXXXX de XXXXXXXXXXX de dos mil quince
ANTECEDENTES DE HECHO
ÚNICO.- xxxxxxxxxxxxx ha solicitado la presencia del/de la Secretario/a Judicial en el acto de la vista a celebrar en el presente procedimiento.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
ÚNICO.- El art. 89 de la LRJS, punto 2, permite la presencia del Secretario Judicial en el acto de la vista aún cuando existan medios de grabación audiovisual garantizados con firma electrónica reconocida u otro sistema de seguridad que ofrezca las mismas garantías según las leyes, siempre que lo soliciten las partes -al menos dos días antes de la celebración de la vista.-, o bien por la complejidad del asunto, por el número de pruebas o su naturaleza, por el número de intervinientes o incidencias no registrables o circunstancias excepcionales de caracteres análogos. Sin embargo en este caso no puede prosperar la petición de presencia del fedatario público en el acto de la vista por cuanto no existe solicitud de ambas partes, como se infiere de la literalidad del precepto indicado, sino de una sola de ellas, y asimismo, por el instante no se han alegado ni justificado ninguna de las causas legales que se arbitran "ad hoc" en dicho precepto -concordancia legislativa: art 147 LEC.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO: Denegar la petición de presencia del Secretario Judicial en el acto de la vista que se ha acordado celebrar en el presente procedimiento para el próximo día xx/xx/xxxx
Notifíquese la presente resolución
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
EL SECRETARIO JUDICIAL
Secretario Judicial XXXXXXXXXXXXXXX
En XXXXXXXXXXXXXX, a XXXXXXX de XXXXXXXXXXX de dos mil quince
ANTECEDENTES DE HECHO
ÚNICO.- xxxxxxxxxxxxx ha solicitado la presencia del/de la Secretario/a Judicial en el acto de la vista a celebrar en el presente procedimiento.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
ÚNICO.- El art. 89 de la LRJS, punto 2, permite la presencia del Secretario Judicial en el acto de la vista aún cuando existan medios de grabación audiovisual garantizados con firma electrónica reconocida u otro sistema de seguridad que ofrezca las mismas garantías según las leyes, siempre que lo soliciten las partes -al menos dos días antes de la celebración de la vista.-, o bien por la complejidad del asunto, por el número de pruebas o su naturaleza, por el número de intervinientes o incidencias no registrables o circunstancias excepcionales de caracteres análogos. Sin embargo en este caso no puede prosperar la petición de presencia del fedatario público en el acto de la vista por cuanto no existe solicitud de ambas partes, como se infiere de la literalidad del precepto indicado, sino de una sola de ellas, y asimismo, por el instante no se han alegado ni justificado ninguna de las causas legales que se arbitran "ad hoc" en dicho precepto -concordancia legislativa: art 147 LEC.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO: Denegar la petición de presencia del Secretario Judicial en el acto de la vista que se ha acordado celebrar en el presente procedimiento para el próximo día xx/xx/xxxx
Notifíquese la presente resolución
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
EL SECRETARIO JUDICIAL
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Re: D. no ha lugar a presencia Secretario en vista
Lo llevo a MODELOS.
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Re: Modelos varios: Oferta y demanda.
Cortesía de Mayte.
Fundamentos jurídicos para acordar suspensión ejecución cuando se ha solicitado justicia gratuita.
Fundamentos jurídicos para acordar suspensión ejecución cuando se ha solicitado justicia gratuita.
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- RAZONAMIENTOS JURIDICOS.doc
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Possunt quia posse videntur “pueden los que creen que pueden” (Publio Virgilio Marón – Eneida, V, 231).
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Re: Modelos varios: Oferta y demanda.
Preclusión de actos procesales por inactividad de la parte, al dejar transcurrir el plazo concedido sin practicar el acto.
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- Preclusion actos procesales.docx
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Possunt quia posse videntur “pueden los que creen que pueden” (Publio Virgilio Marón – Eneida, V, 231).
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Re: Modelos varios: Oferta y demanda.
[b]Invitada pascua[/b] escribió:Hola:
¿ Alguien tiene un modelo para acordar superar el límite de retención del art 607 de la Lec por acordarse así por el Tribunal por tratarse de una pensión de alimentos de conformidad con el artículo 608 de la Lec? . Gracias.
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Modelo 607-2
Hola, necesitaría un modelo denegando el alzamiento del embargo de salario o pensión por no cumplirse los requisitos del 607-2.
Gracias
Gracias
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Re: Modelo 607-2
¿Te refieres a que dicen vulnerados los límites del 607 y no es así?
Te muevo el tema a MODELOS
Te muevo el tema a MODELOS
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Re: Modelos varios: Oferta y demanda.
Por cortesía de Carlos Valiña, modelo de planteamiento de conflicto negativo de competencia a resolver por SG:
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- nuevo conflicto atribuciones con audiencia.doc
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Re: Modelos varios: Oferta y demanda.
Diligencia de publicación de sentencia, cortesía de ELY
DILIGENCIA.-
Secretaria Judicial DÑA. xxxxx
En xxxxxx, a «FECTRAB!1»
La extiendo yo la Secretaria Judicial para hacer constar que en fecha «FECHA» se ha depositado en esta oficina judicial por el/la Magistrado/a Juez la siguiente sentencia que por certificación literal se adjunta seguidamente.
Teniendo efecto desde este momento la publicidad que se confiere a las sentencias al amparo de lo establecido en el artículo 266 LOPJ en cumplimiento del artículo 97,1 LRJS:
«PEGAR SENTENCIA»
La anterior sentencia expuesta concuerda bien y fielmente con la original firmada por el/la Magistrado/a Juez, que ha quedado unida en el libro registro de sentencias definitivas de este Juzgado conforme previene el articulo 213 LEC en relación al 47 LRJS. Doy fe.
Procédase a notificar la sentencia dictada a la mayor brevedad posible a las partes conforme al 54 LRJS.
Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.
LA SECRETARIA JUDICIAL
DILIGENCIA.-
Secretaria Judicial DÑA. xxxxx
En xxxxxx, a «FECTRAB!1»
La extiendo yo la Secretaria Judicial para hacer constar que en fecha «FECHA» se ha depositado en esta oficina judicial por el/la Magistrado/a Juez la siguiente sentencia que por certificación literal se adjunta seguidamente.
Teniendo efecto desde este momento la publicidad que se confiere a las sentencias al amparo de lo establecido en el artículo 266 LOPJ en cumplimiento del artículo 97,1 LRJS:
«PEGAR SENTENCIA»
La anterior sentencia expuesta concuerda bien y fielmente con la original firmada por el/la Magistrado/a Juez, que ha quedado unida en el libro registro de sentencias definitivas de este Juzgado conforme previene el articulo 213 LEC en relación al 47 LRJS. Doy fe.
Procédase a notificar la sentencia dictada a la mayor brevedad posible a las partes conforme al 54 LRJS.
Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.
LA SECRETARIA JUDICIAL
Possunt quia posse videntur “pueden los que creen que pueden” (Publio Virgilio Marón – Eneida, V, 231).
Modelos de autos de suspensión/sustitución penas nuevo CP
Buenass:
Me vendrían muy bien modelos de auto de suspensión/sustitución de penas según el nuevo CP.
¿ Teneis algo interesante??
Un saludo, y buenas vacaciones al que le toque ( a mi aún me falta....paciencia)
Me vendrían muy bien modelos de auto de suspensión/sustitución de penas según el nuevo CP.
¿ Teneis algo interesante??
Un saludo, y buenas vacaciones al que le toque ( a mi aún me falta....paciencia)
Re: Modelos varios: Oferta y demanda.
¿Modelos nueva LJV 15/15? ¿Para qué actuaciones aplicaríais el nº 3 del art 131 de la LEC, hábil agosto sin necesidad de previa habilitación por posibilidad de perjuicios graves a interesados? El reconocimiento voluntario de filiación extramatrimonial -arts 23 a 26 LJVol- por ejemplo.
El artículo 17 LJV 15/15 dice que se admitirían a trámite por el Secretario, pero no dice si dior o Decreto.
El artículo 17 LJV 15/15 dice que se admitirían a trámite por el Secretario, pero no dice si dior o Decreto.
REVISION DE PENAS
Holaaaa:
A un dia de mis vacaciones, necesito con urgencia que alguien me pase un modelo de auto acordando la sustitución de la prisión por multa, en virtud de revisión de la pena por LO 1/2015, y oyto de auto denegando la revisión.
Graciasssss
A un dia de mis vacaciones, necesito con urgencia que alguien me pase un modelo de auto acordando la sustitución de la prisión por multa, en virtud de revisión de la pena por LO 1/2015, y oyto de auto denegando la revisión.
Graciasssss
- Carlos Valiña
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Defensa del Secretario
Si continúo confeccionando documentos en defensa del cuerpo, (o pillo alguno antiguo completo por casa) los ire subiendo aqui.
0) Contra falta de transparencia a la hora de designar ponentes de cursos en el Centro de Estudios Judiciales:
18/2/2010 al 31-12-2011
1) https://docs.google.com/document/d/1qlL ... tTB68/edit
2) viewtopic.php?f=3&t=9667
1) Contra la obligatoriedad de asistir a cursos "formativos":
16/3/2010 al 8/10/2015
1) https://docs.google.com/document/d/1dEs ... sp=sharing
2) https://docs.google.com/document/d/1_OA ... sp=sharing
3) https://docs.google.com/document/d/1Kxv ... sp=sharing
4) https://docs.google.com/document/d/1iCF ... sp=sharing
5) https://drive.google.com/file/d/0B54IKP ... sp=sharing
2) Contra atribución antireglamentaria a Secretarios Coordinadores y de Gobierno de la potestad para tramitar y decidir expedientes disciplinarios que corresponde al Secretario General:
16-2-2015 a 31-7-2015
1) https://drive.google.com/file/d/0B54IKP ... sp=sharing
2) https://drive.google.com/file/d/0B54IKP ... sp=sharing
(Para ver la respuesta del ministerio baja con el ratón dentro del documento).
3) Contra providencias de suspensión generalizada de vistas, y acuerdos de organos judiciales, no poniendo remedio al caso, que obligan al Secretario a tener que señalar de nuevo, o nos imponen obligaciones sin ser nuestros superiores jerárquicos:
17-3-2015 a 17-9-2015
1) https://drive.google.com/file/d/0B54IKP ... sp=sharing
2) https://drive.google.com/file/d/0B54IKP ... sp=sharing
4) Contra el dictado de órdenes a los Secretarios en las Providencias:
Imposición al Secretario de una atribución que corresponde al Presidente de la Audiencia y además en un caso en que no procede nombrar juez sustituto.
21/7/2015 al 20/11/2015
(Para ver los documentos ampliados pincha con el ratón sobre ellos una vez abiertos).
1) http://1.bp.blogspot.com/-6nZ2ld285-E/V ... 0/def1.jpg
2) http://4.bp.blogspot.com/-ERtzPTRctR8/V ... 0/def2.jpg
3) http://1.bp.blogspot.com/-w8KO7uHIvcI/V ... 0/def3.jpg
5) Contra silencio de la administración a la petición de suspensión de la Circular del Secretario General que impone a los Secretarios la obligacion de dar parte a las Gerencias de los nombramientos y ceses de los Jueces sustitutos :
29-2-2016 a 22-4-2016
1) https://drive.google.com/file/d/0B54IKP ... sp=sharing
6) Contra Acuerdo de la Comisión Permanente del CGPJ instando a las Salas de Gobierno a pedir informes a los Secretarios de Gobierno, en los asuntos que por afectar a oficinas judiciales o a los secretarios exijan algun tipo de actuación y dar cuenta luego de estos informes a la Comisión Permanente del Consejo:
7-7-2016 a 4-4-2017
1) https://drive.google.com/file/d/0B54IKP ... sp=sharing
2) https://drive.google.com/file/d/0B54IKP ... sp=sharing
Saludos.
0) Contra falta de transparencia a la hora de designar ponentes de cursos en el Centro de Estudios Judiciales:
18/2/2010 al 31-12-2011
1) https://docs.google.com/document/d/1qlL ... tTB68/edit
2) viewtopic.php?f=3&t=9667
1) Contra la obligatoriedad de asistir a cursos "formativos":
16/3/2010 al 8/10/2015
1) https://docs.google.com/document/d/1dEs ... sp=sharing
2) https://docs.google.com/document/d/1_OA ... sp=sharing
3) https://docs.google.com/document/d/1Kxv ... sp=sharing
4) https://docs.google.com/document/d/1iCF ... sp=sharing
5) https://drive.google.com/file/d/0B54IKP ... sp=sharing
2) Contra atribución antireglamentaria a Secretarios Coordinadores y de Gobierno de la potestad para tramitar y decidir expedientes disciplinarios que corresponde al Secretario General:
16-2-2015 a 31-7-2015
1) https://drive.google.com/file/d/0B54IKP ... sp=sharing
2) https://drive.google.com/file/d/0B54IKP ... sp=sharing
(Para ver la respuesta del ministerio baja con el ratón dentro del documento).
3) Contra providencias de suspensión generalizada de vistas, y acuerdos de organos judiciales, no poniendo remedio al caso, que obligan al Secretario a tener que señalar de nuevo, o nos imponen obligaciones sin ser nuestros superiores jerárquicos:
17-3-2015 a 17-9-2015
1) https://drive.google.com/file/d/0B54IKP ... sp=sharing
2) https://drive.google.com/file/d/0B54IKP ... sp=sharing
4) Contra el dictado de órdenes a los Secretarios en las Providencias:
Imposición al Secretario de una atribución que corresponde al Presidente de la Audiencia y además en un caso en que no procede nombrar juez sustituto.
21/7/2015 al 20/11/2015
(Para ver los documentos ampliados pincha con el ratón sobre ellos una vez abiertos).
1) http://1.bp.blogspot.com/-6nZ2ld285-E/V ... 0/def1.jpg
2) http://4.bp.blogspot.com/-ERtzPTRctR8/V ... 0/def2.jpg
3) http://1.bp.blogspot.com/-w8KO7uHIvcI/V ... 0/def3.jpg
5) Contra silencio de la administración a la petición de suspensión de la Circular del Secretario General que impone a los Secretarios la obligacion de dar parte a las Gerencias de los nombramientos y ceses de los Jueces sustitutos :
29-2-2016 a 22-4-2016
1) https://drive.google.com/file/d/0B54IKP ... sp=sharing
6) Contra Acuerdo de la Comisión Permanente del CGPJ instando a las Salas de Gobierno a pedir informes a los Secretarios de Gobierno, en los asuntos que por afectar a oficinas judiciales o a los secretarios exijan algun tipo de actuación y dar cuenta luego de estos informes a la Comisión Permanente del Consejo:
7-7-2016 a 4-4-2017
1) https://drive.google.com/file/d/0B54IKP ... sp=sharing
2) https://drive.google.com/file/d/0B54IKP ... sp=sharing
Saludos.
Última edición por Carlos Valiña el Mié 05 Abr 2017 7:55 pm, editado 21 veces en total.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
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JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
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