En una ejecución donde se reclama la entrega de finca rustica, el tercer ocupante aporta contrato de arrendamiento y el ejecutante se opone, hay que señalar vista conforme al 704 Lec en relación con el 675 LEc.
En esa vista el tercero se persona con abogado y procurador, se dicta auto estimando que tiene justo titulo,y se condena en costas a la parte ejecutante.
Se puede denegar la practica de la tasación de costas alegándose que no es preceptiva la intervención de abogado y procurador?
Gracias¡¡
¿Preceptiva postulación en vista del 704 LEC?
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
- Maricarmen
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Re: INTERVENCION PRECEPTIVA ABOGADO EJECUCION TERCER OCUPANT
igualdad de armas ..
¿Compareció la otra parte con abogado y procurador?
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¿Compareció la otra parte con abogado y procurador?
“No hay vientos favorables para quien desconoce el rumbo” Sêneca
- Helena-Agueda
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Re: INTERVENCION PRECEPTIVA ABOGADO EJECUCION TERCER OCUPANT
Hola, buenas...
Y añadiría a lo apuntado por Maricarmen, si en esa clase de proceso era preceptiva la intervención de dichos profesionales. Qué proceso era el declarativo?
Y añadiría a lo apuntado por Maricarmen, si en esa clase de proceso era preceptiva la intervención de dichos profesionales. Qué proceso era el declarativo?
Re: ¿Preceptiva postulación en vista del 704 LEC?
El procedimiento principal era un ordinario en el q se resolvió el contrato de compraventa de la finca rústica. Tanto ejecutante como ejecutado iban con abogado y procurador.
Re: ¿Preceptiva postulación en vista del 704 LEC?
creo, mejor dicho, estoy convencido, que el tercero al acudir con abogado y procurador, cuando los demás así lo hicieron, es lo mas acertado que pudo hacer y si encima le dieron la razón, es totalmente justo que se le pague lo que el tuvo que pagar previamente.
- Helena-Agueda
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Re: ¿Preceptiva postulación en vista del 704 LEC?
A la atención exclusiva de YSM, vid. art. 539.1 de la LEC
Re: ¿Preceptiva postulación en vista del 704 LEC?
El art 539.1 solo habla de ejecutante y ejecutado, no dice nada del tercer poseedor.
Creo que es de aplicacion la obligación de contar con Abogado y Procurador se establece en los artículos 23 y 31 de forma general, por lo tanto, en principio, todos los procesos necesitarán de la intervención de estos profesionales, salvo que expresamente se indique lo contrario como excepción.
no???
Creo que es de aplicacion la obligación de contar con Abogado y Procurador se establece en los artículos 23 y 31 de forma general, por lo tanto, en principio, todos los procesos necesitarán de la intervención de estos profesionales, salvo que expresamente se indique lo contrario como excepción.
no???