LIBROS DE REGISTRO DE LOS ORGANOS JUDICIALES

Para el resto de consultas, no clasificables en los anteriores

Moderadores: Top Secre, Terminatrix

Mensaje
Autor
JEREZANO90

LIBROS DE REGISTRO DE LOS ORGANOS JUDICIALES

#1 Mensaje por JEREZANO90 »

¿A QUE CUERPO CORRESPONDE EL REGISTRO EN LOS LIBROS CORRESPONDIENTES DE LAS DEMANDA O PROCEDIMIENTOS QUE LLEGAN A UN JUZGADO O TRIBUNAL?

Nara
Mensajes: 28
Registrado: Vie 10 Mar 2006 9:48 pm

libros registro

#2 Mensaje por Nara »

Entiendo que a tramitación.
Pero aún seguis registrando en papel?, la verdad es que con la informatización de los libros se ha ganado mucho.

Invitado

#3 Mensaje por Invitado »

Pero, ¿donde se acuerda que los registros únicamente sean informaticos?. TE AGREDECERIA QUE PUBLICARAS EN QUE RESOLUCIÓN SE ESTABLECE, a nivel nacional.

todos los Juzgados que conozco siguen registrando todo, todo, en los libros de papel, anque tambien se haga un registro minimo en el ordenador (libra) para poder tramitar. GRACIAS

BUHO

#4 Mensaje por BUHO »

Ahora mismo no puedo indicar donde se dice que los registros se hagan informaticamente, creo que en leyes y reglamentos sueltos así lo indica, pero en Andalucía lo está por la vía de hecho, pues la Junta de Andalucía se niega a reponer libros de registros, indicando que para eso están los ordenadores y en mi Juzgado desde hace aproximadamente un año no existen. Unicamente yo, utilizo el de posesiones y ceses y el de objetos intervenidos, porque el programa informático no me permite informatizarlo, pero cuando se me acaben los que tengo el uso no sé que pasará.

Avatar de Usuario
Carlos Valiña
Mensajes: 7122
Registrado: Mié 05 Nov 2003 2:49 pm
Ubicación: Santander
Contactar:

#5 Mensaje por Carlos Valiña »

Tecnicamene ahora nada regula la materia. El viejo reglamento de Secretarios decia bien a las clara que libros hay que llevar. El nuevo dice que se llevaran los que digan los reglamentos. Como no hay reglamento alguno y el anterior ya no esta en vigor no hay libro alguno que llevar.

Hay si una disposicion expresa del ministerio prohibiendo terminantemente que se lleve el libre de cuentas en soporte papel.

Por mi parte escribi al Consejo para que me dijeran si podia confeccionar mis propios libros informaticos. Remitieron la consulta al Ministerio y como suele pasar en estos casos todavia no tengo respuesta y creo que van dos meses mas o menos.

En consecuencia y si no estoy muy equivocado carta blanca salvo en el de consignaciones.

Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com

JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.

Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS

Invitado

#6 Mensaje por Invitado »

Otra solución es llamar a un tramitador y que lo mecanografíe ggg (bromita)

José Manuel Social 1 Z.

#7 Mensaje por José Manuel Social 1 Z. »

Perfectamente se pueden llevar los libros imprimiéndolos del libra. Otra cosa es el atreverse a hacerlo. Me explico. El Código civil dice que el primer criterio interpretativo de las normas jurídicas es el sentido propio de las palabras -más o menos- y ¿donde está el sentido propio de las palabras ?. en el diccionario, el que define libro de la siguiente manera "libro. (Del lat. liber, libri).
1. m. Conjunto de muchas hojas de papel u otro material semejante que, encuadernadas, forman un volumen.

¿ y qué es encuadernar ? Pues vayamos al diccionario: ncuadernar.
1. tr. Juntar, unir, coser varios pliegos o cuadernos y ponerles cubiertas.


Se pueden ir sacando las hojas meterlas en una carpeta de anillas y al final de año llevarlas a la imprenta para encuardernarlas. Aunque si están en la carpeta cuando venga la inspección están unidas, esto es, de acuerdo con el diccionario están encuadernadas

BUHO

#8 Mensaje por BUHO »

Pero hay un problema, José Manuel, que en un libro hay casillas para que tu manuscribas y actualices, en cambio en la impresión que saques por Libra, Adriano, Atlantis, etc., hoy es actualidad y mañana está desfasado.
Es verdad que puedes sustituir la hoja por otra, pero lleva más trabajo que anotaciones en un libro.
Yo, he decido no tener libro y en mayo tengo una inspección, si me reprochan algo, os lo cuento.

Invitado

#9 Mensaje por Invitado »

Acabo de pasar una inspección del Consejo y la única consulta que se me hizo sobre libros fué que si se siguen llevando libros de registro civil (ni los miraron) y el número (cuantos) se habian llevado sobre la cuenta de consignaciones, ninguna otra cuestión

Avatar de Usuario
Sira
Mensajes: 143
Registrado: Dom 24 Jul 2005 11:47 am

#10 Mensaje por Sira »

:arrow:
Última edición por Sira el Jue 20 Jul 2006 9:47 pm, editado 1 vez en total.

Invitado

#11 Mensaje por Invitado »

Asombro: que el CGPJ, ex verba en inspección, dice qué libros se tienen que llevar....
Segunda: derogado el anterior reglamento, sencillamente no hay norma alguna que digan cuales son los libros de los juzgados..

Eva

Libros de registro informáticos

#12 Mensaje por Eva »

A simple título informativo, aunque creo que todos deberíais saberlo ya, os copio el artículo 458.4 de la L.O.P.J.:
"El secretario judicial será responsable de la llevanza de los libros de registro a traves de las aplicaciones informáticas correspondientes y en su defecto manualmente, impartiendo las oportunas instrucciones al personal de él dependiente".

Invitado Secre

LOS LIBROS MEJOR INFORMATIZADOS.

#13 Mensaje por Invitado Secre »

Esta muy claro lo que dice Eva ,que es lo que dice nuestro actual reglamento.El Secretario Judicial es el funcionario competente para decidir y iorganizr el tema de los libros.En segundo lugar esta muy claro que habiendo medios informaticos,sobra llevar libros manuales.En tercer lugar por mi experiencia,con la inestimabkle ayuda de mis auxiliares,donde los libros estan informatizados,todo lo demas es un arcaismo.
Es mas cuando llegue a mi actual destino,todos los libros eran manuales,a pesar de haber ordenadores y programa.Cuando pregunte el porque, me informaron que el anterior secretario no queria saber nada de informatica y que habia ordenado llevarlos manualmente.Me quede de piedra.Asi que meti a los funcionarios en mi despacho y le dije,que por ahi no ibamos bien.Asi que nos pusimos,bajo mi direccion a informatizar los libros.Al cabo de dos semanas,a ellos les recordaba una pesadilla,la llevanza manual.Como acto final,cerre los libros manuales,como quien da de baja una pieza de museo.Ahora casi nadie los consulta,y dentro de poco pasaran al archivo historico.
Asi que animo a todos los compañeros a mandar al museo los libros manuales y entrar en el siglo de la informatica,en los juzgados.

Gestor

#14 Mensaje por Gestor »

Aunque parezca mentira todavía hay muchísimos juzgados funcionando con libros manuales, pese al uso de las aplicaciones informáticas. En mi juzgado pasa así, y también en muchos otros que conozco, y al ser mixto estamos todo el día anotando datos, por ejemplo, los atestados que entran en la guardia en un libro manual, extrayendo los datos del programa informático en el que previamente hemos introducido dichos datos. Y así con todos los libros que se llevan. Perdemos muchísimo tiempo con estas tareas, dedicando jornadas enteras a transcribir, y luego a anotar en el libro cualquier remisión a fiscalía, inhibiciones, etc., que luego nunca consultamos, puesto que para saber de un procedimiento lo consultamos en la aplicación informática consultando los acontecimientos o últimos documentos emitidos.
El Secretario es reacio a hacer el cambio por miedo a la informática, pero accedería si comprobara que en otras localidades sí se hace, por lo que hemos pensado hacer la consulta aquí para que nos deis consejo:

- Hay alguna instrucción que lo regule, además de la LOPJ y Reglamento?

- Qué trámite hay que seguir para el cierre de los libros, si basta una simple diligencia en cada libro, o hay que comunicarlo a alguien.

- Cómo se informatizan los libros?

- Basta con consultar los procedimientos en el programa informático que usamos y tenerlo actualizado o habría que imprimir el libro de registro general, por ejemplo, y seguir haciendo anotaciones en el papel?

Os agradecemos de antemano toda la información que podáis darnos desde los juzgados "informatizados", porque de ser factible, nos ahorraría una cantidad de trabajo que ahora hacemos por duplicado o triplicado, siempre que no conlleve ningún tipo de responsabilidad para el Secretario.

Gracias por mantener este foro en el que aprendemos todos. Un saludo.

Invitado

#15 Mensaje por Invitado »

En Andalucía, con el Adriano se pueden sacar los libros directamente de los datos de la aplicación. Para el resto, lo que yo hice cuando "heredé" el decanato y no estar dispuesto de ninguna manera a llevarlos a mano :evil: fue cerrarlos por una simple diligencia, sin dar cuenta a nadie (no hace falta, según consulta directa a la Secretaria de Gobierno), solo a la decana.
La forma de informatizarlos fue crear un fichero de word tipo tabla con los datos típicos (fecha de entrada, procedencia, objeto, partes...) dependiendo de la clase de libro. Este fichero, aparte de tener varias copias por si acaso, lo voy sacando a papel cuando me acuerdo, ya que es mucho más facil de consultar en soporte informático (función "buscar" del word), y al tenerlo en el disco duro común del juzgado se puede acceder por todos los funcionarios.
Hace un mes tuve inspección del TSJ y a la inspectora le pareció estupendamente y no me puso pegas.
Y como offtopic un saludo a los Secretarios de pueblo que se comen el decanato con todos sus...libros sin derecho a compensación económica por ser menos de tres juzgados como yo.

Responder