Acumulación de recursos en Procedimiento Abreviado.
Publicado: Jue 24 Sep 2015 10:18 am
Buenos días, tengo una consulta que realizar y por eso la pongo me he registrado para ver si alguien es tan amable de resolverla.
La situación es la siguiente:
Si hay dos contenciosos administrativos interpuestos contra la misma Administración y por el mismo motivo, un concurso oposición de personal laboral, ambos interpuestos en los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid y por procedimiento abreviado los dos, aunque cada uno en un número de Juzgado (despacho) distinto,
¿Se puede solicitar la Acumulación de ellos cuando en el primero de ellos se ha realizado ya la vista? Si es así, ¿de cuanto tiempo se dispone para solicitar dicha Acumulación? ¿Hasta antes de que se dicte sentencia supongo no?
Y si no fuera posible ya pedir dicha Acumulación de recursos, en caso de ser favorable la resolución, ¿es posible entonces que la persona que interpuso el otro contencioso solicite la Extensión de efectos a su persona? Al tratarse de personal al servicio de las Administraciones Públicas entiendo que si... ¿Y de que plazo dispondría?
Un saludo y muchas gracias por resolver mi consulta.
La situación es la siguiente:
Si hay dos contenciosos administrativos interpuestos contra la misma Administración y por el mismo motivo, un concurso oposición de personal laboral, ambos interpuestos en los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid y por procedimiento abreviado los dos, aunque cada uno en un número de Juzgado (despacho) distinto,
¿Se puede solicitar la Acumulación de ellos cuando en el primero de ellos se ha realizado ya la vista? Si es así, ¿de cuanto tiempo se dispone para solicitar dicha Acumulación? ¿Hasta antes de que se dicte sentencia supongo no?
Y si no fuera posible ya pedir dicha Acumulación de recursos, en caso de ser favorable la resolución, ¿es posible entonces que la persona que interpuso el otro contencioso solicite la Extensión de efectos a su persona? Al tratarse de personal al servicio de las Administraciones Públicas entiendo que si... ¿Y de que plazo dispondría?
Un saludo y muchas gracias por resolver mi consulta.