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Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

Publicado: Mar 31 May 2016 11:51 am
por Jotaerre
Buenas, una consulta práctica (que no asesoramiento): para pujar entre varios, ¿debe hacerlo solo uno con poderes de los demás, utilizando la opción "actúo en todo o en parte en representación de tercero"?
En tal caso, se deben introducir los datos de un tercero, pero no caben más, ¿cuándo se aclara que eran 3 "socios" postores, por ejemplo?
Gracias anticipadas,

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

Publicado: Mar 31 May 2016 7:42 pm
por alydan
En la región de Murcia, una vez hayas sido el mejor postor, al día siguiente de finalizada la subasta tienes que acreditar ante la Unidad de Subastas las facultades de representación que tienes y el porcentaje de participación de cada postor. Por ejemplo si actúas tú en representación de otros dos, aparte de adjuntar los poderes debes indicar qué tú solo actúas como representante y que los otros dos adquieren al 50% cada uno. O que tú participas también con un 50% y los representados un 25% cada uno o la fórmula que sea.

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

Publicado: Mar 31 May 2016 7:46 pm
por Jotaerre
Muchas gracias, alydan :chinchin:

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

Publicado: Jue 02 Jun 2016 10:04 am
por CIVILIST@
Parece que lo de la hora de finalización de las subastas ya está solventado, según la información que publica el Portal del AEBOE....

"CAMBIOS EN EL PORTAL
A partir del día 1 de junio de 2016, el período de pujas de veinte días naturales se iniciará en el Portal de Subastas a las 18:00 horas.

Asimismo, para las subastas que se inicien a partir del 1 de junio de 2016 y que contengan lotes de adjudicación separada, la ampliación del período de pujas afectará exclusivamente al lote donde se supere la puja máxima en la última hora. Las subastas con lotes de adjudicación separada se darán por concluidas en el Portal de subastas, cuando todos sus lotes hayan concluido."


Me alegro por los Procuradores, que lo reclamaron en su Congreso, porque la situación inicial era demencial, con pujas finalizando a las 24:00 horas... :RotoDeRisa:

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

Publicado: Jue 02 Jun 2016 12:11 pm
por Jotaerre
En efecto, aunque eso tampoco va a impedir que algunas subastas, a base de prolongarse de hora en hora hasta las 18 del día siguiente, obliguen a pasar noches en vela... y no resuelve aún la otra reivindicación de que finalizaran en día laborable.
Saludos,

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

Publicado: Mar 14 Jun 2016 12:12 pm
por Invitado
Tengo una subasta con puja finalizada el postor me ha ingresado la diferencia entre lo consignado y su puja. La cuestión es en relación a la cantidad consignada para pujar ¿Cuánto tarda la aplicación en remitirla a la cuenta?

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

Publicado: Mar 14 Jun 2016 7:27 pm
por delme
En mi caso 8-10 días desde que seleccionas precio remate si

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

Publicado: Jue 16 Jun 2016 3:02 pm
por Uno que pasó
En mi caso 40 días y en otros 30.
Se da la circunstancia de abonar directamente en la cuenta del Juzgado para acelerar el proceso.

Un saludo

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

Publicado: Mié 07 Sep 2016 10:35 am
por Invitado
He dado de alta una subasta electrónica para la venta en pública subasta de un bien común, procedimiento en el que, por tanto, no existe ninguna deuda. La he anotado no como vía de apremio, sino como "voluntaria/otras". El problema lo he encontrado al ser obligatorio poner como principal reclamado una cantidad distinta a 0, puesto que realmente en este caso no existe ningún principal reclamado, por lo que he vuelto a meter ahí el valor por el que el bien sale a subasta, pero no sé si habré hecho bien... Qué os parece? Gracias!

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

Publicado: Mié 07 Sep 2016 5:55 pm
por Jotaerre
Hola, Invitado, teniendo en cuenta la de subastas hipotecarias publicadas con deuda 0.01 por poner algo (y hacer flaco favor a los interesados y ejecutado), creo que mejor habrías hecho poniendo esa cifra irrisoria, que se entendería mejor que no la del tipo.
Saludos,

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

Publicado: Mar 13 Sep 2016 10:25 am
por may
Buenos días:
Es válida una subasta electrónica con fecha de inicio y de cierre en el mes de agosto?

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

Publicado: Lun 19 Sep 2016 10:15 pm
por Quién, Cómo, qué
Tengo dos dudas de subastas Electrónicas:

1. Si hay postores y la mejor postura es la del ejecutante ¿ cuándo se devuelve el depósito consignado por el otro postor, directamente o hay qué esperando a ver si cede el remate o no? La adjudicación la ha perdido ya en plazo y supera el 70 por cue to y como Es el ejecutante no tendría qué consignar.

2. Cuando acaba la subasta sin postores y sacáis el certificado de la subasta que plazos dáis ¿ veinte días comunes para pedir adjudicación, en su caso cesión y tasar intereses y costas? . En las de vivienda habitual es viable todo de una pero no sé si es práctico, o es mejor primero adjudicar/ ceder y cuando esté claro que pidan costas e intereses antes de dictar la adjudicación. En la habitual está el problema de si pide la adjudicación por 60 o 70 por ciento dependiendo de lo adeudado por todos los conceptos, así que no sé si dar veinte días para pedir adjudicacion, cesión conjunto y si piden sesenta por ciento del valor de tasación dejar condicionada la cantidad a las costas e intereses aprobados. Agradecería saber lo que hacéis .

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

Publicado: Mar 20 Sep 2016 12:19 am
por Chavalito
Lo que no entiendo es la reiterada configuración de autoservicio para la herramientas de las que nos valemos y porqué tenemos que ser nosotros los que entremos en el detalle de la subastas terminada para obtener el certificado del BOE de cierre de la subasta, y en otros casos somos nosotros los que servimos siempre a los demás.

En este supuesto, es tanta la tendencia y visión servilista que nos dispnensan, que a pesar de disponer la ley que nos sirvan, se diseña una operativa en la que también tenemos "autoservicio".

Por ejemplo, el primer párrafo del art. 649.3 LEC dispone que en la fecha del cierre de la subasta y a continuación del mismo, el Portal de Subastas remitirá al Secretario judicial información certificada de la postura telemática que hubiera resultado vencedora, con el nombre, apellidos y dirección electrónica del licitador.

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

Publicado: Vie 23 Sep 2016 10:14 am
por carmelo
Buenos días. Estoy en la cuenta de consignaciones intentando colgar una subasta. En Datos de los bienes distingue entre importe, importe reclamado y tasación. No entiendo a qué se refiere con "importe". Alguien me lo puede aclarar? Gracias.

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

Publicado: Vie 23 Sep 2016 2:48 pm
por darabia
carmelo escribió:Buenos días. Estoy en la cuenta de consignaciones intentando colgar una subasta. En Datos de los bienes distingue entre importe, importe reclamado y tasación. No entiendo a qué se refiere con "importe". Alguien me lo puede aclarar? Gracias.
Yo acabo de ayudar a mis funcionarios a subir una y lo que me ponía era lo de valor de subasta y valor de tasación, no se si te refieres a eso. El valor de subasta es el tipo de la subasta, es decir la cantidad por la que sale el bien y el valor de tasación, la cantidad por la que se tasó, que pueden o no coincidir.

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

Publicado: Lun 26 Sep 2016 1:33 pm
por delme
Y el importe reclamado, la cantidad por la que se despacha ejecución, principal+intereses y costas. Es un dato importante pues es el que puede servir para alzar el embargo por el ejecutado ex Art. 585 LEC.

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

Publicado: Mar 27 Sep 2016 10:25 am
por Invitado
Gracias Darabia, pero entonces el valor por el que sale el bien en un hipotecario es el porcentaje que corresponda, es decir, 50%, 60% o 70%?

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

Publicado: Mar 27 Sep 2016 2:42 pm
por darabia
No, no....es el tipo de subasta, que aparece recogido en la escritura de la hipoteca y que normalmente coincide con el valor de tasación, aunque no necesariamente.

Los porcentajes solo se tienen en cuenta después de celebrada la subasta a la hora de aprobar el remate o para cuando no haya postores y solicite la adjudicación el ejecutante.

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

Publicado: Mié 26 Oct 2016 10:14 am
por ADA
¿ La tasa caduca? ¿ Qué acordamos en el procedimiento si no pagan la tasa?

Lo he preguntado a varios compañeros y me comentan que lo mejor es esperar, que la parte es la que ha solicitado la subasta y le corresponde el impulso .

Lo pregunto porque ya tengo varias subastas en las que han pasado varios meses desde el alta y todavía se encuentran en estado " pendiente de tasa", siempre nos quedará la diligencia de ordenación haciendo constar la paralización del procedimiento a efectos estadísticos ¿ no ?

Gracias

Subasta electrónica y error del mejor postor.

Publicado: Jue 19 Ene 2017 2:40 pm
por Invitado
Buenos dias. Tengo una subasta electrónica que ya se ha celebrado y en la que tengo el mejor postor con una puja de 20101.01 euros y posturas con reserva del precio de remate. El mejor postor me presenta un escrito manifestando que por un error propio se pudo en concepto de puja 20101.01 euros cuando se queria poner la cantidad de 2.101.01 euros. me dice que se puso en contacto con el portal del BOE cuando aun quedaban 45 minutos para finalizar la subasta y le indicaron que debia comunicarlo al Juzgado.
Ahora tengo una subasta finalizada con un postor por una puja de 20.101,01 euros que alega dicho error y con postores con reserva del precio de remate.
Qué se supone que debo hacer ahora?
Cómo lo veis?

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

Publicado: Jue 19 Ene 2017 3:33 pm
por newzel
He enviado al BOE una triple consulta:

1.- Subasta finalizada con postores. La mejor postura es de un postor. Se declasra la nulidad de la subasta. ¿Cómo se devuelve al postor la cantidad que tiene retenida? Desde el BOE se me responde que lo hace la autoridad Gestora. Yo no tengo el dinero consignado en la cuenta

2.- Subasta finalizada con postores. El ejecutado ofrece tercero y se aprueba el remate a su favor. ¿Cómo se devuelve al postor la cantidad que tiene retenida? Desde el BOE se me responde que lo hace la autoridad Gestora. Yo no tengo el dinero consignado en la cuenta

3.- Funcionalidad de la pestaña "mejora ejecutado". Información contradictoria. De un lado se indica que se aplica al caso de que sea el ejecutante cuando hace uso del art 670.4 LEC. De otro, cuando el ejecutado libera el bien a través de tercero.

A ver si se solventan las dudas y lo comento

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

Publicado: Jue 19 Ene 2017 7:49 pm
por sisifo
Hola Newzel. :)

Si te sirve de ayuda, la única solución que se me ocurre para los dos supuestos que planteas (nulidad de subasta y mejora del ejecutado) es que pinches en la pestaña precio de remate “si”. De esta forma en unos días te ingresarán el importe de la consignación para participar en la subasta, y en uno y otro caso podrás devolverlo al postor. Así lo hice yo en una subasta que tuve en la que el ejecutado presentó tercero que mejoró la postura. Ya sé que este proceder no es muy correcto según las instrucciones de funcionamiento de la aplicación, pero no veo otra forma de que el licitador recupere su dinero. En cuanto a la pestaña mejora de ejecutado, a mi no me funcionó, y por lo que se, creo que no cumple la finalidad para la que fue prevista.

Saludos. :monito-chapeau:

Re: Subasta electrónica y error del mejor postor.

Publicado: Vie 20 Ene 2017 12:00 am
por Terminatrix
Invitado escribió:Buenos dias. Tengo una subasta electrónica que ya se ha celebrado y en la que tengo el mejor postor con una puja de 20101.01 euros y posturas con reserva del precio de remate. El mejor postor me presenta un escrito manifestando que por un error propio se pudo en concepto de puja 20101.01 euros cuando se queria poner la cantidad de 2.101.01 euros. me dice que se puso en contacto con el portal del BOE cuando aun quedaban 45 minutos para finalizar la subasta y le indicaron que debia comunicarlo al Juzgado.

Ahora tengo una subasta finalizada con un postor por una puja de 20.101,01 euros que alega dicho error y con postores con reserva del precio de remate.

Qué se supone que debo hacer ahora?
Cómo lo veis?
Desde el subforo de Social nos llega esta consulta genérica de un compañero.
¿A alguien más le han alegado error en la puja? En tal caso, ¿cómo has/habéis resuelto?

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

Publicado: Vie 20 Ene 2017 9:33 am
por girasol
Pues yo creo que me creería que hay un error y si el remate se puede aprobar a favor del siguiente lo haría.
Si hay alguna forma de acreditar que efectivamente llamó al BOE y tiene algún número de incidencia que lo aporte ( no tengo ni idea de como funciona esto y si queda registrado de alguna forma....)

Re: Subastas judiciales electrónicas: dudas.

Publicado: Vie 20 Ene 2017 11:27 am
por ADA
Buenos días,

Cuando en el Portal de Subastas aparece el aviso " la subasta ha concluido su periodo de pujas, se encuentra pendiente de finalización por la Autoridad Gestora" y , efectivamente , hay una puja máxima... ¿ qué debo hacer como Autoridad Gestoria"? Voy a la Cuenta de Consignaciones y sigue apareciendo que la subasta está celebrándose aunque se hace constar que la subasta concluyó en el día de ayer y, en consecuencia, solo aparecen los apartados de " datos de la subasta " y " datos de los bienes" pero no el apartado " adjudicatarios/ reserva de postura".

Muchas gracias.