Personación de un tercero en un asunto en tramite

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Acolitos

Personación de un tercero en un asunto en tramite

#1 Mensaje por Acolitos »

En un juicio de delitos leves en trámite , un tercero ( que no es el denunciante ni el denunciado) solicita la personación en ese juicio. Entiendo que en este caso debería resolver S.Sª sobre esa personación ya que afecta a la cuestión de fondo. Además opino que nuestra competencia se limita a ver si aporta o no poder en forma y en caso de que no lo aporte requerirle para ello y una vez aportado pasar a S.Sª para resolver sobre lo solicitado pues afecta a la cuestión de fondo. ¿ que opináis?

Acolitos

Re: personacion de un tercero en un asunto en tramite

#2 Mensaje por Acolitos »

Aclaro en relacion con lo anterior que solicitaban la personacion para reclamar una indemnizacion, no para la obtencion de copias.Por lo tanto el que tiene que decidir si la puede o no teclamar, al ser un tercero, es el magistrado, pues ello afecta al contenido de la sentencia que se dicte despues de celebrado el juicio.

delme
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Registrado: Sab 05 Jun 2010 10:30 pm

Re: Personación de un tercero en un asunto en tramite

#3 Mensaje por delme »

Pues o no lo he entendido bien o no es tal tercero. Parece que es un responsable civil directo o subsidiario que solicita la intervención a los efectos, supongo de poder repetir contra el posible condenado y poder alegar lo que a su derecho convenga para evitar timos. A resolver por el juez una vez aclarado su posición procesal

Acolitos

Re: Personación de un tercero en un asunto en tramite

#4 Mensaje por Acolitos »

Gracias Delme, nosotros no decidimos sobre el fondo del asunto. En este caso hay denunciante que vive en el piso x y quiere personarse la comunidad de propietarios como aseguradora del piso Z y reclamar indemnización de daños en un juicio de delitos leves pendiente de celebrar. El admitir o no la personación puede afectar al contenido de la sentencia, por lo que la competencia es del juez. No obstante si hay baile de procedimiento; es decir si vuelve el asunto para resolver al Letrado de administración de justicia , el truco para evitar follones es abrir un expediente gubernativo y dictar un acuerdo denegatorio del articulo 4.2 del reglamento de aspectos accesorios siendo revisable dicho acuerdo ante el juez conforme a lo dispuesto en dicho articulo, y el asunto vuelve a pasar al juez; pues con toda la probabilidad lo recurrirían y si no lo recurren pues mejor.

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