ETJ: ¿Subasta voluntaria?

Moderadores: Top Secre, Terminatrix

Mensaje
Autor
cannomor
Mensajes: 348
Registrado: Dom 14 Jun 2009 5:15 pm

ETJ: ¿Subasta voluntaria?

#1 Mensaje por cannomor »

Me han turnado una solicitud de subasta voluntaria, conforme a la Ley de Jurisdicción Voluntaria.
Compruebo que en realidad todo viene de una sentencia que declara un proindiviso y que en caso de no acuerdo en su enajenación acuerda que los copropietarios deben instar la división en subasta.

Total, que aunque la LJV excepciona claramente casos de apremio, que no es el mío, tengo mis dudas de si esto debería haberse tramitado como ejecución de título judicial, pues voluntaria no la veo yo, partiendo de que tiene origen en un contencioso ...
¿ alguna opinión? Aún no hay nada de esto al menos que haya podido ver yo

Gracias

CIVILIST@
Mensajes: 747
Registrado: Lun 11 Ene 2016 11:12 am
Contactar:

Re: Es esto subasta voluntaria?

#2 Mensaje por CIVILIST@ »

Del tema se habló en este hilo, pero sin llegar a una conclusión clara:
viewtopic.php?f=18&t=13074&hilit=voluntaria

Entiendo que si es sólo una de las partes la que pide la ejecución de la sentencia, tendría que ser una ETJ con las especialidades que conlleva ese supuesto, que se han tratado en diversos post en este hilo.

Si lo piden todas las partes de común acuerdo, sí podría acudirse a ese procedimiento...

Avatar de Usuario
Jotaerre
Mensajes: 601
Registrado: Vie 18 Nov 2011 11:53 am

Re: Es esto subasta voluntaria?

#3 Mensaje por Jotaerre »

Buenas, y con permiso: ya que el legislador la ha vuelto a c...r, como siempre, al no aclararlo, ¿por qué no ser prácticos y dejarse de "puñetas" con lo de EJT o JV?

Porque la LJV permite que la subasta la inste uno solo (y se comunique a la persona "interesada"), así que no se exige mutuo acuerdo, y si viene de una división, es obvio que es una ETJ si existe Sentencia previa, pero a partir de ella, ya que no queda controversia pendiente y si no hay deuda no hay apremio, no pueden aplicarse las normas de subasta de la LEC.

Entonces, hay que aplicar unas condiciones distintas, como ya hacían algunos antes, precisamente por los arts. de JV no derogados de la LEC. Si ahora hay una LJV independiente de la LEC, ¿por qué narices no va a poder usarse para una ejecución de Sentencia si antes sí se podía?

Motivo extra de :monito-cabreo-agudo: : si es una ETJ, ¿las costas son a cargo del ejecutado? Si NO hay ejecutado en una división, y además dependería de qué parte pidiera antes la ejecución...

Resumen: ahora que aún está verde el tema, a ver si unificáis criterios y, si se os pide una ETJ por la JV, la tramitáis como tal.

Saludos,

CIVILIST@
Mensajes: 747
Registrado: Lun 11 Ene 2016 11:12 am
Contactar:

Re: ETJ: ¿Subasta voluntaria?

#4 Mensaje por CIVILIST@ »

Jotaerre, respuesta de Martínez de Santos al interrogante que planteabas:
https://justiciayprehistoria.blogspot.c ... en-la.html
"Este último punto nos llevaría a un nuevo interrogante: ¿sería posible acudir, en estas ejecuciones, a las normas de la subasta voluntaria de los arts. 108 y ss. Ley de Jurisdicción Voluntaria 15/2015? La respuesta es negativa. En primer lugar, no estamos ante ningún expediente de jurisdicción voluntaria sino en un proceso de ejecución de sentencia, con lo que la referencia al «procedimiento de apremio» del art. 108 LJV tendría escasa transcendencia en este asunto, pues aquel siempre se regula por las normas de la Ley de Enjuiciamiento Civil y, ello sin entrar a analizar lo que realmente quiso decir el Legislador con «procedimiento de apremio». Y en segundo lugar porque el art.111.5 LJV dispone que la publicidad y la celebración de la subasta se ajustará a lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil en todo aquello que no esté previsto en el pliego de condiciones particulares (art.110.1.c) LJV), supletoriedad que privaría de cualquier sentido a la aplicación en estos casos de las normas de la jurisdicción voluntaria y más cuando, como hemos visto antes, el llamado «pliego de condiciones» se fijaría con intervención del órgano judicial.

En otro sentido y pese a la circunstancia de que en estas ejecuciones no se encontraría obstaculizada la aplicación del art. 671 LEC (AAP MADRID, Sección 10ª, del 1 de marzo de 2016, ROJ: AAP M 130/2016), avisa el AAP CÁCERES, Sección 1ª, de 14 de mayo de 2009 (ROJ: AAP CC 257/2009) que el precepto debería ser objeto de una adecuada interpretación para adaptarlo a la propia naturaleza de la subasta judicial derivada de la extinción del condominio, de modo que ni podría equipararse la condición de acreedor (a la que se refiere el precepto) con la del ejecutante, ni podría pedir el ejecutante la adjudicación por la cantidad que se le debiera por todos los conceptos (porque nada se le debería), ni sería de aplicación el párrafo segundo del indicado precepto dado que, en el caso de que el acreedor, en el plazo de veinte días no hubiera hecho uso de la facultad que contempla el párrafo anterior, el ejecutado no podría instar el alzamiento del embargo porque no existiría ningún bien embargado."

Avatar de Usuario
newzel
Mensajes: 2152
Registrado: Vie 23 Nov 2012 3:50 pm
Ubicación: Arcadia
Contactar:

Re: ETJ: ¿Subasta voluntaria?

#5 Mensaje por newzel »

En efecto. Salvo error, se trata de una cuestión pacífica ennla jurisprudencia menor, ya consolidada en la anterior regulación
Et in Arcadia ego

Avatar de Usuario
Jotaerre
Mensajes: 601
Registrado: Vie 18 Nov 2011 11:53 am

Re: ETJ: ¿Subasta voluntaria?

#6 Mensaje por Jotaerre »

Gracias a ambos, pero yo no plantée ninguna duda, sino que sugerí ser práctico y no marear la perdiz (no se puede aplicar la LJV que es flexible + pero tampoco la LEC literal sino adaptada a cada caso = :yquepassa: ).

Avatar de Usuario
Top Secre
Moderador
Mensajes: 4295
Registrado: Jue 23 Jul 2009 12:44 am
Ubicación: En el Camino.
Contactar:

Re: ETJ: ¿Subasta voluntaria?

#7 Mensaje por Top Secre »

Una pregunta:

¿en este tipo de subastas si no hay postura de terceros que cubra el tipo mínimo del valor de tasación de los inmuebles permitís que los copropietarios concurran a la subasta y formulen sin más posturas que no igualen o mejoren el tipo mínimo? He leído a algún compañero que dice que categóricamente sí y estoy de acuerdo, más en mi caso en el que hay que asumir una carga hipotecaria, pero no me atrevo a permitirles pujar sin postura mínima y tampoco a ponerla yo. En caso de hacerlo pondría la que cubra la carga hipotecaria, pero aun así veo que la parte económicamente más poderosa se va a quedar con el inmueble a precio de saldo y me da miedito.
Possunt quia posse videntur “pueden los que creen que pueden” (Publio Virgilio Marón – Eneida, V, 231).

Avatar de Usuario
Top Secre
Moderador
Mensajes: 4295
Registrado: Jue 23 Jul 2009 12:44 am
Ubicación: En el Camino.
Contactar:

Re: ETJ: ¿Subasta voluntaria?

#8 Mensaje por Top Secre »

Nada, ya me he resuelto la duda.

Una cosa es la postura mínima por la que se pueda pujar, que puede ser la que el postor estime conveniente siempre que el portal de subastas lo permita y otra muy distinta que el precio mínimo de adjudicación no tenga que ser el valor mínimo de tasación del inmueble, sea quien sea el adjudicatario, copropietario o tercero. De esta manera se garantiza que la adjudicación se haga a quien ha concurrido a la subasta en absoluta condición de igualdad con el resto de los postores.

Si las posturas realizadas no cubren dicho mínimo se sobresee el expediente o se utilizan el resto de posibilidades de la Ley (posibilidad de llegar a un acuerdo, traslado por tres días...) y en cualquier caso si se sobresee el expediente las partes siempre pueden irse al notario a celebrar la subasta, pero sí es cierto que en las condiciones de la subasta voluntaria hay que distinguir claramente los apartados de "posturas admisibles" y "precio mínimo de adjudicación"
Possunt quia posse videntur “pueden los que creen que pueden” (Publio Virgilio Marón – Eneida, V, 231).

Responder