(Fundamentación punto 1º aquí)
(Fundamentación punto 2º aquí)
Para entender a fondo las razones que avalan esta formula hay que proceder en tres fases.3) Denominación: Jueces de Entrada.
a) Es importante despejar rápidamente la idea de que tenga sentido llamarnos jueces de ejecucion o jueces procesales y demás asimilados. La razón es simple, ni los Jueces, ni la Administración van a pasar por un cambio que sea poco más que cosmético, salvo en penal, y por lo tanto donde los Jueces vean que no se les alivia significativamente de trabajo, sobre todo de trabajo resolutivo que es el que realmente duele. Para no compartir el trabajo resolutivo "de fondo" con los actuales Secretarios, a los jueces no les merece la pena y la Administración no va a remover todo eso para tan magro resultado.
b) La solucion que yo propuse en su dia, llamarnos a nosotros Jueces y a los actuales Jueces Magistrados, peca como la anterior de Secretariocentrismo, pues aunque la idea no es mala, y ambos nombres estan en la Constitucion, es lo cierto que el cargo de Juez tiene entidad por si mismo, es una denominacion genérica que los Jueces no verían con buenos ojos perder, al ser "ocupada" por otros, y como ya se expuso al principio los Jueces son los anfitriones y es natural que estemos a su visión del mundo y no a la nuestra, lo que por otra parte es inevitable si vamos a pasar a adquirir su condicion.
c) Una diferencia fundamental entre los Jueces y nosotros, estriba en que la carrera judicial tiene, ademas del peso individual de sus componentes, y del peso mas o menos mediatizado desde el poder de sus asociaciones, algo que no tenemos nosotros y es un núcleo de poder propio y difuso que es el que verdaderamente decide en la sombra y con tal vis atractiva, que marca en realidad las lineas de tendencia de toda la administración de justicia. Ese núcleo se integra por Magistrados que se aglutinan sobre todo en la capital del estado, en órganos como el Supremo, el Consejo, la Audiencia Nacional y el Tribunal Constitucional entre otros, con un número de integrantes con un gran peso individual y colectivo como para tener masa crítica para condicionarlo todo.
Este núcleo duro ademas de acumular mucha experiencia, relaciones sociales importantes, poder decisorio, etc, se caracteriza ademas por peinar canas y por lo tanto la terminologia de "Juez de entrada" que se ha propuesto y que puede parecer extraña a los ojos de los Secretarios con pocos trienios, es sin embargo exactamente la que ellos conocieron cuando ingresaron en esta, y la que les permite calibrar con bastante precisión el dato clave de que nuestro proposito es incorporarnos al primer escalon de la carrera judicial y quedarnos en el y resolviendo sobre el fondo y la forma.
En el Escriche de 1839 se afirma que "los Juzgados de primera instancia estan divididos en tres clases: de entrada, de ascenso y de termino aunque todos son iguales y de la misma categoria".
Más sobre el tema:
https://books.google.es/books?id=XxpuN0 ... no&f=false
La idea por lo tanto seria la clasica, pero con una pequeña modificacion, no se trata de servir destino en Juzgados de entrada (condicion estructural), sino en ser "Jueces de Entrada" (condicion personal y subjetiva) en todos los tipos actuales de organos jurisdiccionales, pero con una terminologia asociada a nuestra denominacion que ponga de relieve que somos simplemente un primer escalon, y por lo tanto no nos ocuparemos de los asuntos de fuste, pero que somos Jueces y por lo tanto no usurparemos la funcion jurisdiccional, que es propia y exclusiva de nuestros anfitriones, siendo Secretarios, Letrados o cualquier otra cosa.
Saludos.