Subsanación conciliación
Publicado: Jue 09 Jul 2020 11:47 am
Observo que se sigue requiriendo por quince días de conciliación a pesar de que han aportado la papeleta y sin embargo creo que la Ley no le exige articulo 81.3 en relación con el 65 ambos de la LRJS.,
También observo un especial celo por parte de los juzgados una vez conceden los quince días para que aporten la conciliación, archivando el asunto si no lo aportan. Sin embargo ese archivo por la no subsanación creo que tiene poco recorrido pues si lo recurre la parte, la Superioridad aplicando el principio pro-actione lo revocaría, aduciendo que esa conciliación obligatoria previa puede no ser tan importante cuando hay otra intrajudicial, especialmente cuando en esta no haya habido avenencia. Ello nada tiene que ver con la suerte que daban correr los plazos de prescripción y caducidad al no producirse la interrupcion ni la suspensión si no se han cumplido los requisitos legales que conlleva la conciliación previa.
Espero vuestro criterio. gracias.
También observo un especial celo por parte de los juzgados una vez conceden los quince días para que aporten la conciliación, archivando el asunto si no lo aportan. Sin embargo ese archivo por la no subsanación creo que tiene poco recorrido pues si lo recurre la parte, la Superioridad aplicando el principio pro-actione lo revocaría, aduciendo que esa conciliación obligatoria previa puede no ser tan importante cuando hay otra intrajudicial, especialmente cuando en esta no haya habido avenencia. Ello nada tiene que ver con la suerte que daban correr los plazos de prescripción y caducidad al no producirse la interrupcion ni la suspensión si no se han cumplido los requisitos legales que conlleva la conciliación previa.
Espero vuestro criterio. gracias.