Subasta en concurso y RDL 16/2020
Publicado: Dom 19 Jul 2020 12:36 am
Habiendo alcanzado firmeza decreto anunciando la subasta de bienes en la sección quinta de un concurso... me encuentro con el artículo 15 del Ral Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.
"En los concursos de acreedores que se declaren dentro del año siguiente a la declaración del estado de alarma y en los que se encuentren en tramitación a dicha fecha, la subasta de bienes y derechos de la masa activa deberá ser extrajudicial, incluso aunque el plan de liquidación estableciera otra cosa"
Entiendo que, a la vista de ello, no procede su publicación en el portal de subastas. ¿Traslado a la administración concursal a "los efectos oportunos"? ¿Opiniones al respecto?
"En los concursos de acreedores que se declaren dentro del año siguiente a la declaración del estado de alarma y en los que se encuentren en tramitación a dicha fecha, la subasta de bienes y derechos de la masa activa deberá ser extrajudicial, incluso aunque el plan de liquidación estableciera otra cosa"
Entiendo que, a la vista de ello, no procede su publicación en el portal de subastas. ¿Traslado a la administración concursal a "los efectos oportunos"? ¿Opiniones al respecto?