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Circular 4/2021 del SGAJ sobre notificaciones agosto-septiembre.

Publicado: Sab 31 Jul 2021 9:29 am
por Terminatrix
Circular 4/2021 del Secretario General de la Administración de Justicia, relativa a la forma de efectuar las notificaciones telemáticas durante los meses de agosto y septiembre de 2021.


1. Notificaciones durante el mes de agosto.

De conformidad con lo establecido en el artículo 162 de la Ley 1/2000 de enjuiciamiento Civil (LEC) no se practicarán actos de comunicación a los profesionales por vía electrónica durante los días del mes de agosto.
Se exceptúan de ese principio general las actuaciones para las que sean hábiles los días de este mes, bien por preverlo así la Ley o bien por haberse habilitado los días por razones de urgencia por el Juez o el Letrado de la Administración de Justicia en los términos previstos por el artículo 131 LEC.

Desde la Secretaría General de la Administración para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia se efectuará un control diario del cumplimiento de esta prohibición, requiriéndose a los juzgados que la incumplan a través de los respectivos Secretarios Coordinadores o en su caso de Gobierno, para que justifiquen los motivos de las notificaciones que se efectúen en el mes de agosto.

2. Notificaciones durante el mes de septiembre.

Las resoluciones que se acumulen durante el mes de agosto se notificarán durante los primeros días del mes de septiembre de conformidad con las previsiones del artículo 16.4 del Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre. El sistema de gestión procesal Minerva realizará el control para evitar que se supere la cuota máxima establecida reglamentariamente.

3. Remisión de notificaciones en periodo inhábil.

Para la remisión de notificaciones durante período inhábil en los supuestos previstos legalmente, deben seguirse los pasos indicados en la “Guía Rápida-Minerva notificaciones en período inhábil”, que se adjunta a esta circular.