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¿Pago a prorrata de costas entre dos acreedores?

Publicado: Mié 29 Sep 2021 8:42 pm
por Cantábrico
¿ Si son dos partes las beneficiarios a cobrar costas, conforme a dos decretos aprobándolas por idéntico importe ( 1.000 y 1.000), pero sólo hay un ingreso en la cuenta del juzgado por un importe ( 1.000 ), se paga a las dos partes la mitad de ese ingreso ? Parece lo correcto conforme al artículo 1137 del Código Civil...

Re: ¿Pago a prorrata de costas entre dos acreedores?

Publicado: Jue 30 Sep 2021 10:38 am
por Carlos Valiña
Pues si y no hace falta ir a ese articulo es una cuestion de equidad.

Si fueran 4000 de costas a uno y 1000 a otros habrias de dar 800 al primero y 200 al segundo. Es la misma idea.

Hay juzgados que para facilitar el trabajo pagan primero todo al que mas se debe, porque es el mas perjudicado, o al que menos para aclarar el panorama, pero es injusto, porque si luego el deudor no paga o se vuelve insolvente, estaras perjudicando a uno u otro

Saludos.