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Responsable civil directo

Publicado: Mié 08 Dic 2021 1:48 pm
por bolsa 11
Buenos días,

Tengo un procedimiento que esta ya en PA, acabo de recibir el escrito de acusación del Ministerio Fiscal para el Auto de apertura, donde también acusa a la aseguradora del vehículo como responsable civil directo.
Bien mi duda es , que en su día se le notifico a la aseguradora de que había un procedimiento penal abierto, por si quiere personarse en el mismo, no obtuve respuesta por parte de la entidad. Ahora, en el punto en que me encuentro me surge la duda si hay que emplazarle y cumplir con el articulo 784.1 LECRIM (se le dé la oportunidad de ser oído , con del deber de ser emplazado para que pueda personarse en los términos del referido articulo) o solo es para el caso de que no se le hubiera notificado con anterioridad la existencia del procedimiento?

¿Le emplazo en virtud del articulo 784.1 o no? ¿y en el caso de que habría que emplazarle , se tendría que acordar en el auto de apertura ?

muchas gracias compañeros/as

Ah y felicidades a todas las Inmaculadas!

Re: Responsable civil directo

Publicado: Vie 10 Dic 2021 6:00 pm
por Invi85
Puede saber en su día que hay un procedimiento penal abierto.... Por si...
Pero desde el momento que ya están esos hechos concretos y un proa, al responsable civil directo hay que emplazarlo.y en el auto de apertura debería acordarse, pues debe saber que va contra el, pues no son pcos los casos en que se ha acordado nulidad por no haber hecho eso