Ejecutoria archivada definitivamente por error

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Anabelryork1983
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Ejecutoria archivada definitivamente por error

#1 Mensaje por Anabelryork1983 »

Buenos días! Tengo un problema y no sé cómo solucionarlo... Ejecutoria (multa 120 €) en la que se realiza ingreso en la CGDC por ese importe, se transfiere al Tesoro Público y se archiva definitivamente por cumplimiento (se notificó al Fiscal y no recurrió). Transcurridos uno meses, me doy cuenta de que ese ingreso no lo hizo el condenado si no otra persona que está en otra ejecutoria (y que está pendiente de cumplimiento). He hablado con el Juez para decretar la nulidad de actuaciones y esta dispuesto a firmar un auto de nulidad y continuar con esa ejecución, pero como ya se ha puesto resolución de finalización y el incidente tiene que promoverlo quien tenga interés legítimo no sería correcto (no puede decretarse de oficio sin más -arts. 227 y 228 LEC-). Qué haríais vosotros? La pena de multa prescribiría este mes pero claro, llevamos varios meses sin realizar actuaciones para su cobro... He solicitado ya en la CGDC la devolución del importe transferido para traspasarlo a la ejecutoria correcta y, en todo caso, haría constar ese pago realizado por el condenado que se equivocó de ejecutoria. Gracias de antemano.

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Carlos Valiña
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Re: Ejecutoria archivada definitivamente por error

#2 Mensaje por Carlos Valiña »

227.2 LEC
2. Sin perjuicio de ello, el tribunal podrá, de oficio o a instancia de parte,
no veo que no se pueda hacer de oficio que es lo que indica el sentido comun.

Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
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LAJ penal

Re: Ejecutoria archivada definitivamente por error

#3 Mensaje por LAJ penal »

Totalmente con Carlos. Como que no cabe de oficio? Sí se puede.
Se pone resolución diciendo que habiéndose advertido en el presente procedimiento bla bla bla..... Y así hasta que el juez decrete de oficio la nulidad de actuaciones, y a hacer las cosas bien y con coherencia y lógica

Saludos!

Anabelryork1983
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Re: Ejecutoria archivada definitivamente por error

#4 Mensaje por Anabelryork1983 »

Gracias por vuestras respuestas. Es porque el artículo dice 227.2 LEC establece que "Sin perjuicio de ello, el tribunal podrá, de oficio o a instancia de parte, antes de que hubiere recaído resolución que ponga fin al proceso, y siempre que no proceda la subsanación, declarar, previa audiencia de las partes, la nulidad de todas las actuaciones o de alguna en particular". Y aquí hay una resolución que termina el procedimiento. Gracias de nuevo.

caraflan
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Re: Ejecutoria archivada definitivamente por error

#5 Mensaje por caraflan »

La prevención de que debe de ser antes de que se haya puesto fin al procedimiento no puede limitar la nulidad. Quiero decir que dicha norma no se debe de aplicar cuando sea precisamente la resolución que archiva la que adolece del defecto que la convierte en nula pues de lo contrario nunca podría rectificarse de oficio la nulidad de esa resolución por muchas barbaridades que dijeras en ella lo que resulta un sinsentido práctico y jurídico.

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Carlos Valiña
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Re: Ejecutoria archivada definitivamente por error

#6 Mensaje por Carlos Valiña »

De acuerdo con Caraflan. Muy buena intervencion.

Y aun diría mas (como en Tintin), y es que yo creo que en el fondo eso de resolucion que ponga fin al procedimiento se refiere a cosa diferente que a un auto de archivo, por ejemplo a la sentencia, al auto resolviendo la impugnacion de costas, etc.

El archivo mas que procesal es una actuacion de tipo material, significa mandar el expediente a la caja. Se mandan al archivo millones de expedientes, y luego aparecen bienes y se sacan de nuevo para seguir la ejecucion con toda normalidad.

Las mas veces se hace y ya esta, lo tecnicamente correcto es poner un auto de desarchivo, o sea acordando sacar las actuaciones del archivo y ponerlas en marcha y aprovechar ese auto para declarar esa nulidad de oficio.

Hay que recordar siempre que es un error quedarse en las interpretaciones meramente literales de las normas, y que ademas hay que interpretarlas en conjunto con otras, y no aisladamente.

Saludos y espero te haya servido.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
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