Tasación de costas nulidad contractual y devolución de cantidades

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PROCURAME
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Tasación de costas nulidad contractual y devolución de cantidades

#1 Mensaje por PROCURAME »

Buenas tardes a todos,

Tengo una duda, la expongo a todos para saber vuestra opinión profesional.

Les hago un breve resumen: se presenta demanda donde se solicita en el suplico:

1.acción principal nulidad de contrato y acumulación devolución de cantidades.

2, subsidiariamente, nulidad de las contrataciones generales del contrato de tarjeta de crédito y acumulación devolución de cantidades

Se dictó decreto se indico Cuantía indeterminada.

En la sentencia, se estimó la demanda y se declaro la nulidad del contrato, con los efectos previtos en el art 3 de la ley de represión de usura, ( devolución cantidades) con condena costas parte contraria.

L tasación de costas del procurador, derechos:
- art 1.3.4. Juicio ordinario. Acción nulidad contractual. 286 euros
- art 2.b.3. Acumulación de acciones: acción resarcitoria cantidades ( cuantía indeterminada). 286 euros

Practicada la tasación de costas por el Letrado de la administración de justicia, no me incorporo los derechos del Art 2b, el cual me indica que se excluye dado que no se trata del ejercicio acumulado de acciones sino de su ejercicio subsidiario.

“Artículo 2.- Determinación de la cuantía

En el apartado “b” del artículo 2 se contempla, junto a la reconvención, la acumulación objetiva y subjetiva de acciones, a diferencia del apartado “c” en donde se contempla la acumulación de procesos. El citado apartado “b” dice:

“b) En las demandas reconvencionales y acumulaciones, devengarán los derechos que correspondan conforme a su cuantía, con independencia de los correspondientes a la demanda principal”.

Así, si la acumulación de acciones se ejercita de manera expresa para la determinación de los derechos a favor del Procurador, de conformidad con el articulo 2 b) del Arancel de Derechos de los Procuradores de los Tribunales, aprobado por Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre, deben aplicarse de manera separada y sumarse los derechos correspondientes a cada una de las acciones ejercitadas en el proceso.


Estoy en plazo para impugnar la tasación pero me gustaría saber según su criterio profesional si la acumulación de acciones procede o no. Tengo dudas de presentar el escrito impugnación y me condenen en costas a mi por el incidente.

Muchas gracias.