Hola, qué tal?
Va una pregunta para los expertos en Mercantil (que no me gusta nada).
Monitorio frente a una sociedad mercantil.
Se admite, porque la documentación es correcta.
Se requiere de pago al representante legal,, que comparece en sede judicial, el día 15 de mayo de 2024.
En fecha 14 de junio del mismo año, por la mercantil citada, se presenta escrito, donde nos alega que la citada empresa ha sido declarada en concurso en fecha 11 de junio, y nos aporta el auto de declaración de concurso y nombramiento de administrador concursal.
Acordados reiterar el requerimiento efectuado al representante legal de la empresa, pero ahora en la persona del administrador concursal.
Pues nada, recurso de reposición frente a ésta dior, alegando que cuando se requirió a la empresa a través de su representante legal, no había sido declarada en concurso y que plazo de requerimiento de pago u oposición había transcurrido..
se admite ayuda..
saludos
Monitorio frente a mercantil declarada en concurso tras requerimiento.
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- jeni bladi
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