Requerimiento de pago en hipotecario
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
Requerimiento de pago en hipotecario
Hola, en un hipotecario en el que no es posible el requerimiento de pago en el domicilio designado en la hipoteca al no residir allí ya el ejecutado ¿hay que recurrir a la averiguación de domicilio y de resultar esta infructuosa acudir al requerimiento de pago por edictos? siendo así ¿que sentido tiene que en la hipoteca se establezca expresamente un domicilio para requerimientos y notificaciones? ¿no bastaría requerimiento en domicilio designado en hipoteca y de resultar negativo por edictos dado que el deudor conoce perfectamente su deuda? ¿como interpretáis el artículo 222 del Reglamento hipotecario?
Si, cuando viene negativo el requerimeinto porque no reside en el domicilio, hay que darle traslado a la ejecutante para que en un plazo corto indique el actual domicilio por si lo conoce y se lo hubiera notificado directamente a ellos. Si dicen que no lo saben, providencia teniendose por intentado y al tablón.