¿Puede el SJ reducir una minuta de letrado que no aplica su baremo bien y pone una minuta desorbitada o el único control es vía reducción de 1/3?
El caso es que demandante indica cuantía indeterminada y el demandado no alega nada, en el auto admisión también indeterminada. Pide TC y mete como cuantía la renta anual x 7 (porque el contrato duraba 7 años) cuando su baremo dice que es la renta anual.
La opción que tomé es ponerlo como indeterminada y 6000 para el letrado (queria 30000) y unos 300 para la procu.
Control por el Secretario de la minuta de letrado en tasació
Moderadores: Top Secre, Terminatrix
En cuanto a los honorarios de abogados en la tasación, el SJ puede excluir "partidas" (superfluas o que no correspondan...) pero no el "cuantum" de cada partida debida (teniendo en cuenta el límite del 1/3, claro).
Si la minuta no es detallada (que permita determinar que partidas incluyen) puede pedirse que la misma se detalle.
Si la minuta no es detallada (que permita determinar que partidas incluyen) puede pedirse que la misma se detalle.
Partidas
Pero eso supone un análisis de los criterios orientadores (v.gr. Pedir estudio demanda cuando en el criterio de juicio correspondiente dice que Va incluido) y no veo muy justo que a un rebelde el demandante le meta 30000 cuando debe ser 6000 porque aplica el criterio como quiere, por lo que al final el demandado rebelde siempre pagara el tercio.Anonymous escribió:En cuanto a los honorarios de abogados en la tasación, el SJ puede excluir "partidas" (superfluas o que no correspondan...) pero no el "cuantum" de cada partida debida (teniendo en cuenta el límite del 1/3, claro).
Si la minuta no es detallada (que permita determinar que partidas incluyen) puede pedirse que la misma se detalle.
Abogado.