TASACION COSTAS

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ANGELA

TASACION COSTAS

#1 Mensaje por ANGELA »

Se pueden tasar las costas de un monitorio ( ya se ha despachado ejecución ) de 10.000 euros, pero lo único que se ha hecho es eso, despachar ejecución; ¿Como tasar las costas si la ejecución no ha terminado? ¿ podría tasar unicamente del monitorio?

lujaroj

RE: tasar costas monitorio

#2 Mensaje por lujaroj »

Podrías, si hubiera condena en costas en el monitorio -lo que no está previsto en la ley-
También puedes tasar las costas de ejecución devengadas hasta ese momento -aunque es una ridiculez si únicamente se ha despacho ejecución-.
En todo caso tendrás que tasar las del monitorio o la ejecución, no según tu voluntad, sino segun lo hayan solicitado

Luis

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PipelineR
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#3 Mensaje por PipelineR »

Si el monitorio es por deudas de propiedad horizontal hay costas. Quizás lo correcto es esperar antes de pasarlo a ejecución a que, dado traslado al demandante del resultado del requerimiento inste lo que a su derecho convenga y tasar costas antes de cerrar el monitorio y pasarlo a ejecución. Esas costas si no se pagan pueden generar otro título ejecutivo e instarse por la parte otra ejecución aunque si se pudiera lo ideal sería despachar una única ejecución por la deuda y las costas del monitorio.
Abogado.

Invitado

#4 Mensaje por Invitado »

Ten en cuenta el artículo 539.1 de la LEC. Puede haber costas en la ejecución aunque en el monitorio no fuese así.

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