Prórroga de embargo tras subasta desierta

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estelaurquiza
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Prórroga de embargo tras subasta desierta

#1 Mensaje por estelaurquiza »

Es posible pedir la prórroga de embargo tras quedar la subasta desierta y no adjudicarse el bien el ejecutante?

La subasta se celebró en enero de 2010, quedadno desierta. El ejecutante, no ha pedido su adjudicación, pero sí la prorroga de embargo ahora, a los dos años. ¿Es posible? Yo creo que sí

Gracias

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#2 Mensaje por Administrador »

Te lo muevo a Consultas :wink:

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Terminatrix
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#3 Mensaje por Terminatrix »

Entiendo que sí. Ten en cuenta que está el art. 671.2 ( que no creo que sea tu caso ) y que podrías archivarle la ejecución, como ya vimos en otro hilo
«Verás maltratados los inocentes, perdonados los culpados, menospreciados los buenos, honrados y sublimados los malos; verás los pobres y humildes abatidos y poder más en todos los negocios el favor que la virtud». Fray Luís de Granada.

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tramiteitor
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#4 Mensaje por tramiteitor »

Si la subasta es desierta se levanta el embargo, máxime si lo pide el ejecutado

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Terminatrix
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#5 Mensaje por Terminatrix »

tramiteitor escribió:Si la subasta es desierta se levanta el embargo, máxime si lo pide el ejecutado
Pero ¿ y si no lo pide? La mayoría de las veces (99%) no tienen abogado.
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tramiteitor
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#6 Mensaje por tramiteitor »

Si no lo piden hay que dejar que caduque la anotación, ¿para qué se va a prorrogar si la ley manda que se levante el embargo, y no se puede volver a sacar a subasta otra vez?

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Jotaerre
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#7 Mensaje por Jotaerre »

No estoy de acuerdo: la LEC no manda levantar el embargo, debe pedirlo expresamente el ejecutado.

Mientras tanto, el ejecutante tiene derecho a la prórroga, no vaya a ser que se subaste la finca por otro crédito y entonces pueda obtener algún beneficio.

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tramiteitor
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#8 Mensaje por tramiteitor »

Sí, bueno, desde el punto de vista de la jurisdicción civil, es así, pero yo voy entre dos aguas, ya que la jurisdicción social dice que para el caso de resultar desierta la subasta tiene el ejecutante derecho a adjudicarse los bienes por el 30% del avalúo, y si no hacen uso de ese derecho... se alzará el embargo.

Es decír, que no hace falta que te lo pida el ejecutado.

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Terminatrix
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#9 Mensaje por Terminatrix »

Por eso, es interesante que indiquéis la jurisdicción. En su mayoría ,los temas son de Civil de los instancias, pero también vemos muchos de Penal, Social ,etc.
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