reglamento aspectos accesorios

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

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Invitado

reglamento aspectos accesorios

#1 Mensaje por Invitado »

Alguien ha tomado alguna determinacion con respecto a los buscas y capturas los sabados???. Sabeis si alguien ha recurrido eso y con que argumentos???

Invitado

#2 Mensaje por Invitado »

Los Secretarios de los Juzgados del ambito penal ( Instrucción, Penal, Menores y Vigilancia Penitenciaria ) de Jaén capital, han elevado con fecha 31 de Octubre pasado consulta al Secretario de Gobierno del T.S.J. de Andalucía, estando a la espera de de lo que adopte.

Saludos.

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Carlos Valiña
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#3 Mensaje por Carlos Valiña »

Segun mis datos en Malaga varios Secretarios han remitido un escrito a la Junta de Andalucia que ha respondido que no va a tomar ninguna determinacion sobre el horario de los Funcionarios en sabado.

A mi entender el tema es muy claro.

El Consejo dice que los sabados son habiles a efectos de buscas y capturas. Bien.

Ahora hace falta que las administraciones publicas doten medios humanos y materiales para que eso sea efectivo en sabados, esto es, establezcan unas guardias de los Funcionarios, Secretarios y Jueces de todos los Juzgados de lo Penal, Intruccion, Audiencias y Menores para que esten alli por la mañana si llaman por telefono preguntando por un busca.

Esas guardias cuestan dinero y no hay dinero.

Que reaccion han adoptado las administraciones publicas.

El Consejo ya se ha pronunciado, puesto que en el mismo reglamento 1/05 de aspectos accesorios no exige a los Jueces de estos Juzgados que esten en el juzgado o establezcan una guardia al respecto.

La Junta de Andalucia ya se ha pronunciado. No va a establecer turno ni guardia alguna, no es su problema.

El Ministerio no se ha pronunciado. Lo normal.

Mi pregunta es ¿Si a las administraciones publicas dueñas de la finca no les interesa que este tema se solucione, porque nos rompemos la cabeza con este asunto?

Si un sabado llega un busca y juez, secretario y funcionario estan trabajando en el juzgado pues lo cumplimentaran y si no estan pues no se podra atender, es decir el resultado seria el mismoq ue si se llama un domingo.

Ni siquiera bastaria conque el Juez fuera obligado por el Consejo y el Secretario entendieramos que podia ser llamado para dar fe de la resolución acordando dar traslado de los antecedentes al Juzgado de Guardia.

Para el traslado material de los antecedentes hace falta un Funcionario y si la Junta de Andalucia no lo pone, la cosa no tiene sentido.

Lo que nunca debio hacer el Consejo es poner eso en el reglamento sin antes haber coordinado, con todas las administraciones publicas competentes, que habria medios para ello.

El Consejo se limito a salvar su responsabilidad formal, sin obligar siquiera a los Jueces, (¿acaso esperando que les obliguen las Salas de Gobierno?) y creando preocupaciones a mucha gente sin necesidad.

Cosas de un pais que no es serio.

Saludos.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
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JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.

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invitado

#4 Mensaje por invitado »

Este pais no es serio y cada vez lo es menos. A los Secretarios nos van a transferir a las CCAA, nos van a administrativizar, no nos dejan movilidad funcional, no se reparten los sueldos equitativamente, en fin , no se que va a pasar pero lo que lleva diciendo Carlos Valiñas desde hace tiempo se va a cumplir.

Invitado

REGLAMENTO DE ASPECTOS ACCESORIOS

#5 Mensaje por Invitado »

ME GUSTARIA SABER SI ALGUNA ASOCIACIÓN O PARTICULAR HA INTERPUESTO RECURSO CONTRA ESTE ENGENDRO?
GRACIAS

Invitado

#6 Mensaje por Invitado »

Vease una muestra de prepotencia en el asunto de los sábados.

http://www.funcionariosjusticia.com/pdf ... 20csif.pdf

CS Vinaros 3

Las cosas están meridianamente claras.

#7 Mensaje por CS Vinaros 3 »

Cfr. http://www.funcionariosjusticia.com/pdf ... rencia.pdf

Como funcionario, no tengo demasiadas dudas sobre quien ostenta el debido patrocinio sobre mis derechos/responsabilidades.

Saludos desde el OSTRACISMO.

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Carlos Valiña
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#8 Mensaje por Carlos Valiña »

El Consejo se pronuncia en el sentido de que no se pronuncia, pero en realidad si se pronuncia.

El Consejo no ve ninguna contradiccion y realmente no la hay.

¿Que contradiccion va a aclarar?

El Consejo se limita a decir que los sabados son habiles a determinados efectos usando una habilitacion que la ley le otorga para ello. A estos efectos es como si fuera la propia ley Organica la que dijera que los sabados son habiles a estos efectos.

De esta forma, el Consejo traslada el problema que le han trasladado a el, a las Administraciones Publicas competentes.

O sea el Gobierno se lo endiña al Parlamento, este al Consejo y el Consejo al Ministerio y Comunidades Autonomas.

Pero si Ministerio y Comunidades no dotan los medios para los humanos para los sabados pues no se podra atender el tema.

Asi que todo el mundo se pone a preguntar por algo que se supone que tenian que tenian que tener resuelto el Ministerio y Comunidades Autonomas en el plazo de vacatio legis del reglamento 1/05.

Pero quien diga algo concreto se expone a que los afectados le intenten cobrar por guardia de disponibilidad o de presencia los sabados, porque en la administracion en general no se trabaja los sabados y la tendencia es a quitarlos y mas en las comunidades autonomas con funcionarios transferidos.

Solucion ante gente que viene preguntando, lo que probablemente no era su asunto el preguntar, pues lo mejor es no mojarse mucho las manos y trasladar el asunto a otro.

O sea lo mismo que paso cuando salio la LOPJ en diciembre de 2003.

En Santander el Ministerio envia a la Secretaria de Gobierno, (hay que entender que para que el Secretario de Gobierno actue) una autorizacion para que se puedan establecer actuaciones de presencia de funcionarios los sabados cuando fueran necesario.

En Andalucia la Junta tambien envio algo similar, pero en este caso no era un decision de los Secretarios, sino que para casos concretos, avisando con tres dias de antelacion y previo acuerdo de la delegacion....

Pero nadie sabe si va a haber un busca el sabado y en que juzgado va a caer... o sea que lo de Andalucia fue una forma velada de la administracion de decir que no iban a hacer nada para cubrir el problema de las secretarías penales los sabados y el ultimo escrito de Carlos Toscano contestando a los Secretarios va en la misma linea.

El escrito del Ministerio en Santander va un poco mas alla, y no exige un previo visto bueno del Gerente, que tampoco estara el sabado, ni tan siquiera que se comunique con tres dias de antelacion, pero vuelve a incidir en actuaciones concretas.

Me parece logico y natural que se arbitre un sistema para que se pueda contar si es necesario con funcionarios un sabado en un juzgado distinto del de guardia si fuere necesario.

Pero en la practica este es un supuesto realmente fantasmal y creo que en la mayoria de los organos ordinarios apenas si llegara a producirse.

En realidad lo que sucede es que el Ministerio endiña el problema al Secretario de Gobierno, pero este se limitara a comunicarlo a los Secretarios y estos no haran otra cosa que acusar recibo a salvo que se produzca alguno de esos supuestos excepcionales.

Total que todos salvan la cara, pero nada impide que alguien no entienda las cosas como son, se ponga nervioso, intente crear algun turno obligatorio, alguien se niegue, se abra un expediente a uno por ordenarlo en su buena fe y al otro por no venir donde cree que no debe ir tambien de buena fe, y la maquina se ponga a andar y alguien resulte lastimado, aunque solo sea con la pena de banquillo, porque con semejante desproposito lo logico seria absolver a todos.

Lo malo del asunto este, es que todo ese problema se ha generado entre el Ministeriro el Consejo y las Comunidaes Autonomas, y resulta que el Consejo es el que dicta los Reglamentos que realmente nos afectan, que el MInisterio no defiende sus competencias cuando son invadidas, y que las Comunidades Autonomas so pretexto de colaboracion nos tienen practicamente a su Servicio.

Como deciamos en Canarias,

¡Estamos aviados!

Un saludo a todo el foro.
Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
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groucho

#9 Mensaje por groucho »

Todo esto...¡¿no era mío y de mis brothers?!

Invitado

#10 Mensaje por Invitado »

En el camarote no entran los elegidos de los dioses, que tienen un compartimento VIP y no tienen que ir los sábados.
Los hermanos son los otros, no ellos.

BUHO

CONTESTACION DE JUNTA DE ANDALUCIA

#11 Mensaje por BUHO »

La Consejería de Justicia de Andalucía, con fecha 18-10-05 ha contestado al CGPJ lo siguiente: "Entendemos que el contenido de lo previsto en este artículo (se refiere al tema de los sábados) hace referencia exclusivamente al ámbito subjetivo sobre el que el CGPJ tiene competencia, es decir, sobre JUECES Y MAGISTRADOS, debiendo necesariamentge coordinar con esta Administración la realización de aquellas actuaciones inaplazables en sábado recogidas en la instrucción de esta Consjería de 30-9-04, y en lo relativo a la información y traslado documental al Juzgado de Guardia de las oficinas de los órganos jurisdiccionales del orden penal, en estos momentos, NO ES POSIBLE SU PRESTACIÓN por los funcionarios de los Cuerpos sobre lo que tiene competencia esta Consejería, entendiendo que si se desea asegurar su prestación, debe ser el Ministerio como administración competente sobre los responsables técnicos procesales (Secretarios), la que en todo caso debe implementar las medidas que permitan su garatía".

¡Toma del frasco!

Y yo, me pregunto:
1) Cómo puede haber tres organismos ( Consejo, Ministerio y CCAA) con competencia en un mismo trabajo. El único caso parecido es el de la Guardia Civil, que orgánicamente depende del Ministerio de Defensa y funcionalmente del de Interior, pero no se dan problemas porque en lo que respecta al servicio, o sea el trabajo, todo es de Interior y, además los dos Ministerios son de un mismo Gobierno.
2) ¿Era necesario ésto?. No creo que fuera necesario que el Consejo se metiera en camisas de once varas, porque la situación del sábado se repite en Domingos y festivos, a veces ambos consecutivos y el problema de los detenidos de otros Juzgados se soluciona. ¿porqué había que tocar el tema? ¿Un pulso contra alguien?.

Y otra cosa. No veo muy claro la referencia que hace la Junta de Andalucía sobre que el asegurador de la pretensión debe ser el MInisterio como administración competente sobre los responsable técnicos procesales.
¿Es que debe empezar el Ministerio ordenando algo a los Secretarios?
¿Que tiene de procesal el llevar un expediente de una dependencia a otra?
No entiendo que la soslución esté en que el Ministerio diga a los Secretarios que deben designar un funcionario en sábado para este cometido, si la administración autonómica no cambia sus ordenes.
Será que últimamente estoy de un torpe...
Saludos.

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