Notificación auto entrada y registro

Moderadores: Top Secre, Terminatrix

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Top Secre
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Notificación auto entrada y registro

#1 Mensaje por Top Secre »

Discrepancia en el Juzgado: hay una operación en marcha cuya instrucción está llevando un Juzgado, pero se pide entrada y registro en otro, que está de guardia. Está decretado el secreto de las actuaciones y yo considero que el Juzgado de guardia no debe notificar más que la parte dispositiva del auto, pero el Juez cree que no hay problema porque el auto de la entrada y registro dictado por el Juez de Guardia no alude ni al secreto de las actuaciones, aunque sí al hecho de que se está instruyendo causa en otro Juzgado.

Considera el Juez que sobre este auto en concreto relativo a estas actuaciones de guardia no pesa el secreto de las actuaciones porque él no la ha decretado y porque se refieren a una operación solicitada al servicio de guardia en el transcurso de otra operación. Yo no lo tengo tan claro porque aunque son distintas actuaciones no sé si el secreto decretado en las primeras se extiende a todo lo que se haga en ese procedimiento o en otros que tramite otro juzgado por estar en servicio de guardia.

¿Qué opináis?
Possunt quia posse videntur “pueden los que creen que pueden” (Publio Virgilio Marón – Eneida, V, 231).

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Maricarmen
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Re: Notificación auto entrada y registro

#2 Mensaje por Maricarmen »

a nosotros nos ha pasado varias veces, si te fijas el auto no tendra nada mas que el fundamento generico de ser necesario para averiguar el tal delito, el domicilio que es, el nombre de la persona y lo que se busca, pero como mucho pondra que los informes, indicios , que constan en atestado numero tal....pero no pone su contenido.
eso si, hacemos constar en el exhorto que las actuaciones estan secretas , pero que se notifique el auto en su integridad.
en los casos que no queremos que se notifique integro, ya lo mandamos solo con la parte dispositva y el encabezamiento sin su contenidos de hechos y fundamentos.
Desde el otro lado, si soy yo la que estoy de guardia me mandan el exhorto, y en el mismo se hace constar que son actuaciones secretas, yo por mi cuenta notifico solo la parte dispositiva a no ser que se haga constar en el exhorto que no existe inconveniente para la notificacion del auto integro.
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Top Secre
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Re: Notificación auto entrada y registro

#3 Mensaje por Top Secre »

Eso es lo que creo que hay que hacer, Maricarmen: notificar sólo la parte dispositiva del auto en caso de actuación de guardia con proceso declarado secreto por otro juzgado.

Efectivamente el auto del Juzgado de guardia no alude al secreto de actuaciones dictado por el Juzgado que instruye la causa, sólo a la necesidad de practicar esta diligencia para el buen fin de la instrucción. El Juez de guardia no se moja con eso, el exhorto tampoco lo dice: por eso me surgen las dudas, porque yo como Secretaria de Guardia no tengo conocimiento del secreto más que porque me lo han dicho, no porque lo diga ninguna resolución, pero sí que tengo que poner especial cuidado en estos pequeños detalles por salvaguardar los derechos de las partes, el buen fin de la investigación y el derecho de conocer las actuaciones sólo de unos pocos.

No sé si peco de excesivamente garantista, pero me están saltando todas las alarmas y prefiero pecar de eso que de permisiva.

El caso es que si el exhorto lo dijera lo tendría mucho más claro en el sentido expuesto, pero así...
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unoquepasaba

Re: Notificación auto entrada y registro

#4 Mensaje por unoquepasaba »

Top Secre, a mi el razonamiento de M. carmen me parece acertado, pero te propongo otra cosa ¿has hablado con el Juez o el secre del órgano exhortante? a ver que opinan. Y si en ultimo caso consideras que solo has de notificar la parte dispositiva pon una diligencia en el exhorto dejando constancia de que te han comunicado el carácter secreto de las actuaciones,

conquense
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Re: Notificación auto entrada y registro

#5 Mensaje por conquense »

Creo que hay que distinguir entre que el Auto de entrada y registro se reciba vía exhorto, porque lo haya acordado otro juzgado que instruye las diligencias y en donde se han declarado secretas y asi se dice en el exhorto, en cuyo caso, a su vez te pueden decir que notifiques el auto en la forma establecida en la lecrim. Sin más, en cuyo caso yo sólo notificaría la parte dispositiva, o te pueden decir, que algunos lo hacen que puedes notificar el auto entero porque en dicho auto no se expresan hechos relativos a la investigación; de los Autos acordados por nuestro juzgado de guardia, pero que se refiere a una causa que esta instruyendo otro juzgado, en este caso si el juez de nuestro juzgado no hace mención ni declara secretas nuestras diligencias pues nosotros no tenemos porque actuar como si fueran secretas, no podemos ser adivinos y ademas debemos actuar con lo que consta fehacientemente en las actuaciones y no por lo que digan. Debe ser el juez que dicta el Auto de entrada el responsable de declarar o no el secreto y de acordar que se notifique de una forma u otra. Nosotros nos limitados a dar cumplimiento a lo que se acuerda y notificar la resolución y si en esta no se dice que sean secretas las actuaciones no podemos privar de defensa a la parte, a no ser, repito, que lo diga el Auto.

conquense
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Re: Notificación auto entrada y registro

#6 Mensaje por conquense »

Reconozco que muchos veces recibimos exhortos en los que no se dice nada del secreto de las actuaciones y la policia actuante es la que te lo dice, pero no es culpa nuestra si no se avisa por quien debe de hacerlo oficialmente, el jdo exhortante por escrito.

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