Juicio de faltas y entrega de copias a letrado.

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kaixojosu
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Juicio de faltas y entrega de copias a letrado.

#1 Mensaje por kaixojosu »

En los juicios de faltas de tráfico tengo claro que el letrado no representa al cliente, eso lo puede hacer el procurador únicamente, no siendo de aplicación la representación que se recoge en Diligencias Previas hasta la apertura de juicio oral. Por ello entiendo que no debo entregarles las copias que estaban acostumbrados a recibir sin documentación en autos de atestados, partes de lesiones, informes de sanidad, etc. Con este criterio tengo cabreados a dichos letrados y al tramitador encargado de esos procedimientos que les suministraba esas copias. Al tener que comparecer el ciudadano para recoger esas copias se acumula algo más de trabajo. Mi consulta es la siguiente: existe apoyo legal para cambiar mi criterio y entregar esas copias al letrado que el denunciante designa en la denuncia o es un mero acto de llevarse bien con los profesionales.

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Maricarmen
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Re: ENTREGA COPIA JUICIO DE FALTAS LETRADO

#2 Mensaje por Maricarmen »

claro que le puedes entregar las copias como letrado de una parte tiene acreditada la condicion de interesado.
si está designado en autos las que quiera
si no está aun designado en autos debe rellenar un impreso que tenemos en las oficinas solicitando el acceso a las actuaciones con obtencion de copias, al ser letrado de tal parte y para que puedas valorar con su manifestacion la condicion de interesado
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Maricarmen
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Re: ENTREGA COPIA JUICIO DE FALTAS LETRADO

#3 Mensaje por Maricarmen »

por cierto eso de tener juicios de faltas de trafico me suena al siglo pasado, yo tengo uno o dos al año en tramite, los demas , el 80% se inadmiten a tramite con la presentacin de la denuncia al no apreciarse infraccion penal como en los casos de alcance..etc, y los demas se admiten a tramite ( la mayoria por incorporarse a la via sin respetar el ceda ) y con el informe forense que dice que la asistencia se puede considerar una unica asistencia legal, se archivan.
Las comparecencias de auto de cuantia maxima solo se admiten para los segundos.
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mayte
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Re: ENTREGA COPIA JUICIO DE FALTAS LETRADO

#4 Mensaje por mayte »

Maricarmen escribió:claro que le puedes entregar las copias como letrado de una parte tiene acreditada la condicion de interesado.
si está designado en autos las que quiera
si no está aun designado en autos debe rellenar un impreso que tenemos en las oficinas solicitando el acceso a las actuaciones con obtencion de copias, al ser letrado de tal parte y para que puedas valorar con su manifestacion la condicion de interesado
Entonces, en relación a este tema, no hay problema en tener por personado y por parte a un letrado que presenta un poder notarial de su cliente (responsable civil) en un juicio de faltas? Tengo un juicio de faltas en que me han recurrido la diligencia en la que lo deniego por entender que la representación corresponde a los procuradores y no a los letrados (igual que el primer interviniente). No veo este asunto muy claro, parece que la base legal es por no ser preceptivo ninguno de los dos profesionales.... pero entonces por el mismo motivo, en un juicio verbal del cuantía inferior a 2.000 euros también se podría tener a un letrado por personado y por parte si presenta un poder de su cliente, con las consecuencias de notificación, traslado de copias, etc...?
Un saludo, a ver si algún compañero me puede iluminar un poco...

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Maricarmen
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Re: Juicio de faltas y entrega de copias a letrado.

#5 Mensaje por Maricarmen »

La representacion en autos se otorga por lo general a un procurador, pero existen excepciones, segun en que jurisdiccion estes, segun en que tipo de procedimiento y segun en que fase del procedimiento.
En este caso, juicio de faltas, solo se puede otorgar poder de representacion a un letrado si eres el denunciado y resides fuera del partido judicial. Con esos requisitos puedes apoderar a un letrado SOLO para que comparezca en juicio y en tu nombre presente tu pliego de descargo ( una carta tuya diciendo que eres muy bueno y no le pegaste a nadie) y proponga prueba de descargo ejerciendo tu defensa.

En el caso de un responsable civil nunca un letrado puede representar a la parte. Tiene que ser un procurador. Pero es que un reesponsable civil no puede ser parte, solo en el caso de que hubiese ya satisfecho la indemnizacion podria actuar y solo dentro de la pieza de responsabilidad civil.


En cuanto a solicitar VISTa O cOPIA de las actuaciones, para ello no necesita poder, ni como abogado de dte, o de ddo o de reesponsable civil, basta con la manifstacion del abogado por escrito suyo o rellenando impreso del juzgado y tu lo autorizas, sin tenerlo por personado ni nada de eso, solo diciendo que valorando su condicion de interesado como abogado de fulano , interesado en autos, autorizas el acceso a las actuaciiones concediendo vista de las actuaciones y copia a su costa( luego decides segun te parezca si el fotocopia en la fotocopiadora del juzgado o si firma en el libro de conocimiento y se baja las actuaciones foliadas media hora a fotocopiar al colegio de abogados)
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jbr.abogado
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Re: Juicio de faltas y entrega de copias a letrado.

#6 Mensaje por jbr.abogado »

Hola:

Hay veces qúe no entiendo algunas actuaciones.

¡Si yo no firmara las veces que dice un escrito, .. "ante mí SS, doy fe...,", cunado no hay ninguna de las señorías...

Saludos,

jbr
La mente es como un paracaidas, sólo funciona cuando se abre

mayte
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Re: Juicio de faltas y entrega de copias a letrado.

#7 Mensaje por mayte »

Maricarmen escribió:La representacion en autos se otorga por lo general a un procurador, pero existen excepciones, segun en que jurisdiccion estes, segun en que tipo de procedimiento y segun en que fase del procedimiento.
En este caso, juicio de faltas, solo se puede otorgar poder de representacion a un letrado si eres el denunciado y resides fuera del partido judicial. Con esos requisitos puedes apoderar a un letrado SOLO para que comparezca en juicio y en tu nombre presente tu pliego de descargo ( una carta tuya diciendo que eres muy bueno y no le pegaste a nadie) y proponga prueba de descargo ejerciendo tu defensa.

En el caso de un responsable civil nunca un letrado puede representar a la parte. Tiene que ser un procurador. Pero es que un reesponsable civil no puede ser parte, solo en el caso de que hubiese ya satisfecho la indemnizacion podria actuar y solo dentro de la pieza de responsabilidad civil.


En cuanto a solicitar VISTa O cOPIA de las actuaciones, para ello no necesita poder, ni como abogado de dte, o de ddo o de reesponsable civil, basta con la manifstacion del abogado por escrito suyo o rellenando impreso del juzgado y tu lo autorizas, sin tenerlo por personado ni nada de eso, solo diciendo que valorando su condicion de interesado como abogado de fulano , interesado en autos, autorizas el acceso a las actuaciiones concediendo vista de las actuaciones y copia a su costa( luego decides segun te parezca si el fotocopia en la fotocopiadora del juzgado o si firma en el libro de conocimiento y se baja las actuaciones foliadas media hora a fotocopiar al colegio de abogados)
Gracias Maricarmen por tu contestación tan rápida. Entonces parece que coincides conmigo. El letrado parece que confunde en su escrito la representación procesal con la capacidad procesal para actuar al señalar que en los supuestos donde no es preceptiva la intervención del procurador el litigante puede comparecer por sí mismo y en el caso de una persona jurídica puede serlo su legal representante o un apoderado a través de poder notarial. El M.Fiscal también está con este letrado.
En cuanto a la vista o copia de las actuaciones, entiendo de tu intervención que el Juzgado no le da traslado sino que es la parte o su letrado el que ha de personarse en el Juzgado para obtener las fotocopias ¿no?.
Un saludo y gracias de nuevo.

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