por Estico » Jue 10 Sep 2009 10:55 am
Mira esta enlace, al parecer hay un auto de una AP que admite la acumulación por economía procesal. No he estudiado el tema, pero creo, que antes ejercitada la accion hipotecaria sin los bienes resultaban insuficientes, seguía la ejecución por la accion personal contra otros bienes conocidos del deudor, no me acuerdo si ya dejaba estadísticamente de ser ejecución hipotecaria o no, pero en principio no me parece mal, aunque choca un poco casar la especialidad de un procedimiento y otro. La cuestión es interesante.
http://estaticos.expansion.com/estatica ... 042009.pdf
Aunque distinto supuesto jurídico merece la pena ver el siguiente enlace:
http://www.iustel.com/v2/diario_del_der ... el=1017640
Estima la Sala el recurso interpuesto y confirma el pronunciamiento de la sentencia de primera instancia que rechazó la petición de nulidad del proceso de ejecución hipotecara iniciado frente a una finca y condenó a la entidad bancaria acreedora a satisfacer a los actores en concepto de daños y perjuicios. Señala el Tribunal que el banco acreedor hipotecario, haciendo uso de la opción entre iniciar un proceso declarativo ordinario, mediante el ejercicio de una pretensión declarativa de condena, un juicio ejecutivo común u ordinario y el llamado procedimiento sumario del art. 131 de la Ley Hipotecaria, acudió inicialmente al proceso ejecutivo común.
Mira esta enlace, al parecer hay un auto de una AP que admite la acumulación por economía procesal. No he estudiado el tema, pero creo, que antes ejercitada la accion hipotecaria sin los bienes resultaban insuficientes, seguía la ejecución por la accion personal contra otros bienes conocidos del deudor, no me acuerdo si ya dejaba estadísticamente de ser ejecución hipotecaria o no, pero en principio no me parece mal, aunque choca un poco casar la especialidad de un procedimiento y otro. La cuestión es interesante.
http://estaticos.expansion.com/estaticas/documentos/2009/04/recurso_hpotecas23042009.pdf
Aunque distinto supuesto jurídico merece la pena ver el siguiente enlace:
http://www.iustel.com/v2/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1017640
Estima la Sala el recurso interpuesto y confirma el pronunciamiento de la sentencia de primera instancia que rechazó la petición de nulidad del proceso de ejecución hipotecara iniciado frente a una finca y condenó a la entidad bancaria acreedora a satisfacer a los actores en concepto de daños y perjuicios. Señala el Tribunal que el banco acreedor hipotecario, haciendo uso de la opción entre iniciar un proceso declarativo ordinario, mediante el ejercicio de una pretensión declarativa de condena, un juicio ejecutivo común u ordinario y el llamado procedimiento sumario del art. 131 de la Ley Hipotecaria, acudió inicialmente al proceso ejecutivo común.