por IVAN » Sab 21 Nov 2009 1:34 pm
Entiendo la poblematica de tu pregunta, pero lo que no deja claro el Articulo 670.4.II, es si se puede adjudicar un bien subastado a un tercero si su postura no cubre la totalidad de la deuda.
En tu caso parece que la cantidad ofrecida por el tercero no cubre la totalidad de la deuda, a mas el deudor se opone a la adjudicacion por cantidad inferior a lo adeudado.
Creo que tendra que resolver el Sr. juez, pero no creo que se quiera perjudicar al deudor, pues con la adjudicacion por cantidad inferior a lo adeudado este perderia el bien subastado y el actor le reclamaria el resto de la deuda, siendo esto lo que prende evitar el citado Art. 670.4.II
Entiendo la poblematica de tu pregunta, pero lo que no deja claro el Articulo 670.4.II, es si se puede adjudicar un bien subastado a un tercero si su postura no cubre la totalidad de la deuda.
En tu caso parece que la cantidad ofrecida por el tercero no cubre la totalidad de la deuda, a mas el deudor se opone a la adjudicacion por cantidad inferior a lo adeudado.
Creo que tendra que resolver el Sr. juez, pero no creo que se quiera perjudicar al deudor, pues con la adjudicacion por cantidad inferior a lo adeudado este perderia el bien subastado y el actor le reclamaria el resto de la deuda, siendo esto lo que prende evitar el citado Art. 670.4.II