por fernández soriano » Sab 06 Feb 2010 11:51 am
Si la puja ofrecida por el ejecutante en la subasta no supera su credito, es correcto lo indicado, pero si lo supera, lo conveniente seria exigir al cesionario que ingrese el importe de la puja en la cuenta de consignaciones, liquidar intereses y tasar costas, satisfacer al ejecutante su credito total en concepto de principal, intereses y costas, y si hubiere sobrante, entregarlo al ejecutado.
Saludos.
Domingo Fernández.
Social 3 Valencia.
Si la puja ofrecida por el ejecutante en la subasta no supera su credito, es correcto lo indicado, pero si lo supera, lo conveniente seria exigir al cesionario que ingrese el importe de la puja en la cuenta de consignaciones, liquidar intereses y tasar costas, satisfacer al ejecutante su credito total en concepto de principal, intereses y costas, y si hubiere sobrante, entregarlo al ejecutado.
Saludos.
Domingo Fernández.
Social 3 Valencia.