por Carlos Valiña » Dom 07 Mar 2010 12:47 pm
Si fernandez-soriano dice que es auto, es porque lo dice la ley asi, luego auto, bien corregido.
En la instada por YYY se pone ese auto.
En la instada por XXX tienes varias opciones, puedes poner diligencia dejando constancia de la existencia del embargo en la otra y providencia subsiguiente acordando transferir el dinero a la instada por YYY.
Yo me limitaria al auto en la primera. A entregar el dinero en la YYY directamente desde la cuenta de la XXX añadiendo en el mandamiento en observaciones "aplicado a la ejecucion numero tal", (la instada por YYY) y a poner una nota en la caratula de la ejecucion XXX, que diga 150 euros a ejecucion tal (La instada por YYY). Ahorro de una providencia, una transferencia y una notificacion.
Saludos.
Si fernandez-soriano dice que es auto, es porque lo dice la ley asi, luego auto, bien corregido.
En la instada por YYY se pone ese auto.
En la instada por XXX tienes varias opciones, puedes poner diligencia dejando constancia de la existencia del embargo en la otra y providencia subsiguiente acordando transferir el dinero a la instada por YYY.
Yo me limitaria al auto en la primera. A entregar el dinero en la YYY directamente desde la cuenta de la XXX añadiendo en el mandamiento en observaciones "aplicado a la ejecucion numero tal", (la instada por YYY) y a poner una nota en la caratula de la ejecucion XXX, que diga 150 euros a ejecucion tal (La instada por YYY). Ahorro de una providencia, una transferencia y una notificacion.
Saludos.