por cannomor » Mar 23 Mar 2010 9:35 pm
tenemos una subasta de un inmueble, a los efectos de ejecutar una división de cosa común.
Las partes se conforman con la valoración que el perito hizo en el pleito principal.
La duda que tengo, al ver que no hay ninguna certificación registral de cargas, si se puede sacar a subasta, o si previamente debería aportarse a los autos tal certificación registral, para comprobar la existencia de cargas y en su caso, deducirlas del valor de tasación, o si ese trámite sobra en estas ejecuciones...
todo me hace pensar que debería suspenderse la subasta hasta que se aporte la certificacion registral del art. 656 LEC .
Gracias!
tenemos una subasta de un inmueble, a los efectos de ejecutar una división de cosa común.
Las partes se conforman con la valoración que el perito hizo en el pleito principal.
La duda que tengo, al ver que no hay ninguna certificación registral de cargas, si se puede sacar a subasta, o si previamente debería aportarse a los autos tal certificación registral, para comprobar la existencia de cargas y en su caso, deducirlas del valor de tasación, o si ese trámite sobra en estas ejecuciones...
todo me hace pensar que debería suspenderse la subasta hasta que se aporte la certificacion registral del art. 656 LEC .
Gracias!