por Invitado » Jue 17 Jun 2010 6:00 pm
Otra de hipotecario y solicitud de adjudicación.
Subasta desierta, y ejecutante que pide la adjudicación por el 50% del valor.
Pero resulta que si el 50% de la tasación es 10 (por hablar en números pequeños, que es más fácil), el principal de la deuda es 7, y presentan liquidación de intereses, por valor de 4. Dicen que no proponen tasación de costas por no ser necesario, toda vez que 4+7=11, y que por tanto con los 10 por los que se lo adjudican ni siquiera alcanza a cubrir esos 11.
Problemas: Primero, que me piden que se lo adjudique, a pesar de que la liquidación de intereses no es firme (está costando notificarla).
Y segundo, que me parece que la liquidación de intereses podría estar mal hecha, y de ser como yo pienso, y estar valorados los intereses en 2, resultaría que 7+2 < 9, y la cosa cambia.
Las primeras ideas que me han venido a la cabeza, sin mucho tiempo para madurarlas: respecto al problema 1º, entiendo que es un supuesto distinto al que se da cuando piden la adjudicación por todo lo que se debe. En ese caso sí que hay que conocer el total de la deuda, pero en el que se me da, ya sé que la adjudicación va a ser por 10, con independencia de que los intereses se aprueben, se impugnen, se modifiquen o no. Entonces, ¿puedo adjudicar ya el inmueble al ejecutante? ¿Se puede hacer apercibiendo de que no estando decidido el tema de los intereses y costas, cuando esto se resuelva el ejecutante será deudor o acreedor por la diferencia resultante?
Respecto al segundo problema, y en caso de que el deudor no impugne la liquidación de intereses presentada de contrario, ¿se aprueba sin más, o puede el Juzgado entrar a valorarla de oficio?
Muchas gracias.
Otra de hipotecario y solicitud de adjudicación.
Subasta desierta, y ejecutante que pide la adjudicación por el 50% del valor.
Pero resulta que si el 50% de la tasación es 10 (por hablar en números pequeños, que es más fácil), el principal de la deuda es 7, y presentan liquidación de intereses, por valor de 4. Dicen que no proponen tasación de costas por no ser necesario, toda vez que 4+7=11, y que por tanto con los 10 por los que se lo adjudican ni siquiera alcanza a cubrir esos 11.
Problemas: Primero, que me piden que se lo adjudique, a pesar de que la liquidación de intereses no es firme (está costando notificarla).
Y segundo, que me parece que la liquidación de intereses podría estar mal hecha, y de ser como yo pienso, y estar valorados los intereses en 2, resultaría que 7+2 < 9, y la cosa cambia.
Las primeras ideas que me han venido a la cabeza, sin mucho tiempo para madurarlas: respecto al problema 1º, entiendo que es un supuesto distinto al que se da cuando piden la adjudicación por todo lo que se debe. En ese caso sí que hay que conocer el total de la deuda, pero en el que se me da, ya sé que la adjudicación va a ser por 10, con independencia de que los intereses se aprueben, se impugnen, se modifiquen o no. Entonces, ¿puedo adjudicar ya el inmueble al ejecutante? ¿Se puede hacer apercibiendo de que no estando decidido el tema de los intereses y costas, cuando esto se resuelva el ejecutante será deudor o acreedor por la diferencia resultante?
Respecto al segundo problema, y en caso de que el deudor no impugne la liquidación de intereses presentada de contrario, ¿se aprueba sin más, o puede el Juzgado entrar a valorarla de oficio?
Muchas gracias.