Cuenta de consignaciones

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SALUDOS

por BUITRENEGRO » Mié 20 Oct 2010 11:04 pm

Saludos,

Yo me encontre este problema , teniendo mas de trescientos asuntos en fase operativa, esto es expedido el mandamiento y no cobrado.
Como era materialemnte imposible revolver todo el archivo, los he mandado sin miramientos a la cuenta de fondos abandonados, y la lo reclamara quiern quiera, tien 20 años. Desde luego no iba ayo aarreglar el descontrol de la anterior secretaria que se tiro cuatro años, yo creo que mirandose las uñas...
Cuando vino la inpseccion s elo dije, y lo dieron por bueno....

por Invitadoo » Mié 20 Oct 2010 9:28 pm

Muchas gracias a todos. Hablé con el procurador pero creo que no me ha hecho mucho caso, así que, transferencia al 9999

por canarión » Mar 12 Oct 2010 11:42 am

Estoy en el mismo caso que tú, haciendo una limpieza de la cuenta. Te puedo dar los siguientes consejos, fundados en la circular informativa de la cuenta de consignaciones y depósitos cuyo enlace es el siguiente: http://dgraj.mju.es/SecretariosJudicial ... 1-2010.pdf
-si hay ingresos de hace años que por error se efectuaron en la cuenta del Juzgado y correspondía a otro Juzgado y no se hizo nada con ellos en su día, transfierelos a la 9999, cuenta de fondos provisionalmente abandonados.La mayoría de las veces es imposible saber a que Juzgado correspondía.
-si encuentras cantidades que en su día no se entregaron, y no localizas el expediente, no te compliques, porque quien tenía derecho a ellas pudo moverse para cobrar ese dinero y se demuestra una gran desidia por ello, pudo mover el procedimiento y no lo hizo. Transferencia a la 9999. También puede ocurrir que no localices el expediente por la misma razón de antes, que esos ingresos se efectuaran en un número de cuenta distinto. No nos pagan por ser detectives.
-si hay cantidades que se pueden entregar porque se conoce el beneficiario, hazlo. Otra cosa es que no se pueda localizar a dichas personas para entregarles el mandamiento de devolución. En ese caso, los mandamientos caducarán y se podrá transferir a la 9999 transcurrido un año.
Y todo ello con la mayor tranquilidad, la cuenta 9999 tiene la ventaja que hasta 20 años después de su ingreso no hay una transferencia definitiva al Tesoro Público, en cualquier momento durante ese plazo se puede solicitar la retroacción, si alguien demuestra ser legítimo titular de esos fondos puedes recuperarlos. Un saludo

por Carlos Valiña » Lun 11 Oct 2010 11:01 am

Quiza te funcione esto:

Si tienes un numero de procedimiento, puedes ir a mirar a los libros del Juzgado, los que se llevaban a mano. Ahi te vendra el nombre del demandante y el demandado y quiza algunos datos para ir tirando del hilo, tales como fecha de la sentencia, numero de ejecutoria, etc.

Normalmente en la sentencia que podras buscar por fechas en el legajo te aparecera el nombre del abogado y procurador que llevaron el caso, y ellos si que te podran informar de lo que necesites.

Espero te sirva.

Carlos

por SECRETARIA » Lun 11 Oct 2010 2:01 am

ENVIALO A LA CUENTA DE FONDOS ABANDONADOS, CREO QUE ES LA 99OO

Cuenta de consignaciones

por invitadoo » Dom 10 Oct 2010 11:42 pm

Me he puesto a limpiar la cuenta y me he encontrado una cantidad de dinero considerable que está ahí desde hace años sin tocar. Núnca se ha hecho ningún mandamiento de devolución, por lo que, según creo, no puedo mandarlo a fondos abandonados.

He pedido el expediente al archivo pero "no lo encuentran", o "no lo tienen"

Del sistema informático, deduzco que hubo una subasta en su día, pero no puedo acceder al contenido de las resoluciones.

A parte de la opción de "quedármelo y darme un capricho", ¿qué puedo hacer?
Podría abrir una incidencia en Banesto para que lo devolvieran a quienes lo ingresaron en su día, pero tampoco sé qué pasó en ese procedimiento.

Gracias

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