por tramiteitor » Mar 11 Dic 2012 11:21 pm
Me adhiero a montsebcn.
Además, ¿cuál de las dos sería la elegida?, ¿acaso conoces ya el valor de las fincas?, ¿tienen cargas anteriores y preferentes, o están libres de ellas?, ¿alguna constituye la vivienda habitual del deudor?, y algunas más consideraciones que habría que tener en cuenta al respecto.
Lo mejor es prorrogar, y si dentro de cuatro años sigue sin ser abonado el total importe de lo adeudado, volver a prorrogar, y así sucesivamente, "in eternum glorie", o como se diga en latinajos.
Me adhiero a montsebcn.
Además, ¿cuál de las dos sería la elegida?, ¿acaso conoces ya el valor de las fincas?, ¿tienen cargas anteriores y preferentes, o están libres de ellas?, ¿alguna constituye la vivienda habitual del deudor?, y algunas más consideraciones que habría que tener en cuenta al respecto.
Lo mejor es prorrogar, y si dentro de cuatro años sigue sin ser abonado el total importe de lo adeudado, volver a prorrogar, y así sucesivamente, "in eternum glorie", o como se diga en latinajos.