por Randomize » Sab 18 Oct 2014 1:39 am
Hola a todos!
Coincido con newzel en que la pregunta no es clara, pero el problema surje si en la certificación resulta un débito inferior al que se reclama en la demanda.
Si aquella es superior, por las razones que dice newzel y que deberían constar en la demanda, no es necesaria una nueva liquidación.
De todas formas, BEGOÑA, es conveniente que expongas la cuestión con más detalle.
Hola a todos!
Coincido con newzel en que la pregunta no es clara, pero el problema surje si en la certificación resulta un débito inferior al que se reclama en la demanda.
Si aquella es superior, por las razones que dice newzel y que [b]deberían constar en la demanda[/b], no es necesaria una nueva liquidación.
De todas formas, BEGOÑA, es conveniente que expongas la cuestión con más detalle.