por Procurador » Dom 18 Ene 2015 10:58 pm
Dilema, en Zaragoza los juzgados, por regla general, suelen dejar sacar los autos. Los que no lo hacen suelen dejarte hacer fotocopias en sus máquinas.
Concretando más en el tema y más concretamente en la jurisdicción penal, que es en la que más se suele dar el tema de las fotocopias, la mayoría de los juzgados te dan hechas las copias o en algún caso, si el volumen de los autos es mucho, te las dan en un cd o te dan los autos originales, previa firma de entrega. De todas formas, si alguno no te las da es bien porque te dice que tu abogado tiene copia de todo o bien porque directamente te deja hacerlas en la fotocopiadora del Juzgado.
De todas formas dilema es que en Zaragoza nos conocemos todos y no hay problema en ese aspecto, vamos, que se fían de nosotros.
En cuanto al tema en sí que ha abierto el hilo, si bien es cierto que un procurador de turno tiene las mismas obligaciones procesales que un procurador de libre designación, no es menos cierto que, entiendo, hay que se un poco mirado en esos casos porque, habéis de entender que por veintipico euros que se cobran por instancia, al menos aquí, que te hagan salir a citar, emplazar o lo que sea pues hombre, de gusto no sabe, y más cuando se trata de citar a un testigo y más de primeras. Otra cosa es que haya habido varias diligencias negativas de citación, bien sea vía SACE bien sea vía correo, y la parte siga insistiendo en su citación.
Dilema, en Zaragoza los juzgados, por regla general, suelen dejar sacar los autos. Los que no lo hacen suelen dejarte hacer fotocopias en sus máquinas.
Concretando más en el tema y más concretamente en la jurisdicción penal, que es en la que más se suele dar el tema de las fotocopias, la mayoría de los juzgados te dan hechas las copias o en algún caso, si el volumen de los autos es mucho, te las dan en un cd o te dan los autos originales, previa firma de entrega. De todas formas, si alguno no te las da es bien porque te dice que tu abogado tiene copia de todo o bien porque directamente te deja hacerlas en la fotocopiadora del Juzgado.
De todas formas dilema es que en Zaragoza nos conocemos todos y no hay problema en ese aspecto, vamos, que se fían de nosotros.
En cuanto al tema en sí que ha abierto el hilo, si bien es cierto que un procurador de turno tiene las mismas obligaciones procesales que un procurador de libre designación, no es menos cierto que, entiendo, hay que se un poco mirado en esos casos porque, habéis de entender que por veintipico euros que se cobran por instancia, al menos aquí, que te hagan salir a citar, emplazar o lo que sea pues hombre, de gusto no sabe, y más cuando se trata de citar a un testigo y más de primeras. Otra cosa es que haya habido varias diligencias negativas de citación, bien sea vía SACE bien sea vía correo, y la parte siga insistiendo en su citación.