por Invitado » Dom 12 Sep 2010 1:08 am
Yo entiendo que son las resoluciones las que han de notificarse.
Una cosa es que el CGPJ mediante nota al pie recomiende computar como resueltas ejecuciones inactivas durante mas de un año por causa no imputable al juzgado y por cuestión de higiene procesal, se lleven matrialmente al archivo, para que duerman alli, porque no caducan, y no coupen espacio en el archivo vivo de gestión, y para mejor control se ponga una diligencia de constancia de ello (que no es resolución, pues nada decide), que figure como último acontecimiento y ayude a localizar los autos si es necesario.
Y otra muy diferente, es que se ponga una resolución, aunque sea diligencia de ordenación, no exigida por nadie, que acuerda el archivo provisional, que sí que habría que notificar y que pone en riesgo de servir de recordatorio al ejecutante, que nada pedía desde hace mas de un año y le daba igual si te ocupaba sitio en los estantes de la oficina o en los del archivo.
Saludos
Yo entiendo que son las resoluciones las que han de notificarse.
Una cosa es que el CGPJ mediante nota al pie recomiende computar como resueltas ejecuciones inactivas durante mas de un año por causa no imputable al juzgado y por cuestión de higiene procesal, se lleven matrialmente al archivo, para que duerman alli, porque no caducan, y no coupen espacio en el archivo vivo de gestión, y para mejor control se ponga una diligencia de constancia de ello (que no es resolución, pues nada decide), que figure como último acontecimiento y ayude a localizar los autos si es necesario.
Y otra muy diferente, es que se ponga una resolución, aunque sea diligencia de ordenación, no exigida por nadie, que acuerda el archivo provisional, que sí que habría que notificar y que pone en riesgo de servir de recordatorio al ejecutante, que nada pedía desde hace mas de un año y le daba igual si te ocupaba sitio en los estantes de la oficina o en los del archivo.
Saludos