por NOVATO EXPECTANTE » Jue 03 Feb 2011 11:14 pm
Buenas noches.
Voy a tener un caso parecido al tuyo "cannomor".
Yo tuve en cuenta la resolución que finalizaba el declarativo y que acordaba la división de la cosa común.
Se instó ejecución separadamente por cada copropietario, las acumulamos en su momento, y he aplicado las disposiciones de la Lec. para las subastas.
Previamente a señalar dí traslado a las partes de una diligencia de ordenación con las condiciones a que aludía la resolución que cité al principio, requiriéndolas a fin de que manifestasen lo que por conveniente tuviesen acerca de las mismas en plazo de diez días, transcurrido el cual se entendería que las aceptaban.
Pasado ese plazo señalé -precisamente la semana pasada- para abril.
Leete el art. 646 apartado 2º y ponlo en relación con el 655.2 lec.
Habla de condiciones generales y particulares -si las hubiere-; ahí creo que está lo que buscas.
Saludos.
Buenas noches.
Voy a tener un caso parecido al tuyo "cannomor".
Yo tuve en cuenta la resolución que finalizaba el declarativo y que acordaba la división de la cosa común.
Se instó ejecución separadamente por cada copropietario, las acumulamos en su momento, y he aplicado las disposiciones de la Lec. para las subastas.
Previamente a señalar dí traslado a las partes de una diligencia de ordenación con las condiciones a que aludía la resolución que cité al principio, requiriéndolas a fin de que manifestasen lo que por conveniente tuviesen acerca de las mismas en plazo de diez días, transcurrido el cual se entendería que las aceptaban.
Pasado ese plazo señalé -precisamente la semana pasada- para abril.
Leete el art. 646 apartado 2º y ponlo en relación con el 655.2 lec.
Habla de condiciones generales y particulares -si las hubiere-; ahí creo que está lo que buscas.
Saludos.