por belisario » Mié 06 Feb 2013 8:34 pm
Entiendo que no se puede embargar el capital social porque sería como embargar el patrimonio de alguien, ya sea persona física o jurídica. El capital social es un conjunto de bienes de distinta naturaleza: muebles, inmuebles, créditos, participaciones propias si es limitada, participaciones de otras sociedades, acciones propias si es anónima, etc. cada uno de los cuales es embargable según su distinta naturaleza.
Entiendo que no se puede embargar el capital social porque sería como embargar el patrimonio de alguien, ya sea persona física o jurídica. El capital social es un conjunto de bienes de distinta naturaleza: muebles, inmuebles, créditos, participaciones propias si es limitada, participaciones de otras sociedades, acciones propias si es anónima, etc. cada uno de los cuales es embargable según su distinta naturaleza.