Falta de habilitación de Abogado

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Invitado

Falta de habilitación de Abogado

#1 Mensaje por Invitado »

Se ha planteado en una ejecución por el ejecutado, la falta de habilitación para ejercer como Abogado por parte del del ejecutante (alega que no ha efectuado la comunicación debida según su reglamentación al Colegio correspondiente al pertenecer a otro Colegio). Tengo claro que no procede, pero q¿ue fundamentación procesal y trámite os parece el adecuado para declarar no haber lugar a tener al Abogado por inhabil para su actuación en el procedimiento? (o lo contrario en otros casos)
Saludos a todos.

ENRIQUE

#2 Mensaje por ENRIQUE »

Yo creo que con una simple providencia diciendo que no ha lugar a tenerle por inhabilitado. Ello si te consta en autos que está colegiado, puesto que la habilitación para ejercer en otro colegio profesional es un tema que recoge expresamente el Estatuto de la Abogacia pero no ninguna Ley Procesal. Si te recurren que resuelva el Juez que es a quien corresponde con una fundamentación más amplia, si a bien lo tiene. El Juzgado no tiene porque saber si el Letrado que actua es de Valencia o Santander, el úncio requisito que se exige es el nombre y apellidos del Proc. y Abogado (399.2 LEC).

conquense

#3 Mensaje por conquense »

El juzgado no puede meterse en cuestiones internas de los colegios profesionales, es como si se alega que el procurador no puede actuar porque no ha pagado las tasas de su colegio, las pólizas por plantear una demanda. Lo que interesa es si el abogado está colegiado, si es abogado ejerciente, pero nada más. Yo no lo exijo, ni se me ha planteado nunca.

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