¿Nota expresiva liquidacion del 650.2 LEC?

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Invitado

¿Nota expresiva liquidacion del 650.2 LEC?

#1 Mensaje por Invitado »

Art 650.2 LEC: "Si fuera el ejecutante quien hiciese la mejor postura, igual o superior al 50% del avalúo, aprobado el remate, se procederá por el Secretario Judicial a la liquidación de lo que se le deba por principal e intereses, y notificada esta liquidación, el ejecutante consignará la diferencia, si la hubiere, en el plazo de 10 días, a resulltas de la liquidación de costas"
¿Se hace esta liquidación a través de una "nota expresiva"? ¿Quçe es una nota "expresiva" y cómo se hace?
Gracias

Invitado

#2 Mensaje por Invitado »

A mi me presentan las costas y los intereses, se tasan y del remate quitas esas cantidades, al sobrante se le da el destino que dicie la ley. lo de nota expresiva ni me lo habia planteado. Taso las costas como cualquier otra y luego el auto que las hace definitivas.

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