COMUNICADO DE LA ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE SECRETARIOS JUDICIALES. (APSJ)
Constituida esta nueva Asociación con fecha 22-4-08 en Melilla, y teniendo conocimiento de que por el Ministerio de Justicia se ha convocado a los representantes del colectivo de Secretarios en orden al problema de la productividad, el Consejo Directivo de la Asociación ha acordado por unanimidad transmitir al Excmo. Sr. Ministro de Justicia, o persona en quien delegue, el parecer de la Asociación, en el buen entendimiento de que con esta toma de posición se expresa, exclusivamente, el parecer de los Secretarios Judiciales Titulares Asociados a la misma, el que se contrae a los siguientes términos:
1) La Asociación parte de un juicio crítico del concepto de productividad, tal y como está concebida, en cuanto que sólo sirve para enmascarar la realidad de unas retribuciones completamente devaluadas y de una distribución de las cargas de trabajo entre los distintas Secretarías Judiciales, completamente injusta, tratando de paliar infructuosamente, por esta vía retributiva, lo que en realidad es consecuencia de graves defectos de fondo del sistema.
2) Se aprovecha por tanto la ocasión para pedir al Ministerio de Justicia una política firme de atribución al Secretario Judicial de funciones con verdadera categoría jurídica, y consecuentemente a la misma, subidas de sueldo y redistribución de las cargas de trabajo, que hagan innecesario el concepto mismo de productividad, por lo demás difícilmente compatible con la vocación de Servicio Público ínsita a todo Funcionario de la Nación.
3) Que para el caso de que se mantenga por el Ministerio la actual política de abonar un complemento de productividad sin asunción de funciones jurídicas y de no actualizar la enorme pérdida poder de adquisitivo experimentada por el sueldo base-jubilación y el sueldo en general de los Secretarios, o, entretanto se lleva a efecto la asignación de funciones y subida retributiva interesadas, la única solución que esta Asociación puede contemplar, como mal menor, es aquella que no contribuya a incrementar la división en el colectivo.
Para evitar esta división, tenemos que partir de que la evaluación de la Productividad por desempeño de tareas concretas, no tiene sentido en el caso de los Secretarios Judiciales, porque carecen de funciones de contenido jurídico realmente evaluables y porque las funciones asignadas a unos y otros puestos de Secretarios, con ser todas bastante subalternas, son absolutamente incomparables entre sí. V.gr: Tan escasa o nulamente jurídico es acudir a una Entrada y Registro como grabar en una base de datos, y no hay forma de medir que es más "productivo", si las cinco horas de un registro en condiciones de absoluta insalubridad, o las cinco horas grabando datos, que es función de grupo E. Es imposible comparar cosas que son heterogéneas entre sí.
4) A la vista de todo ello, como último remedio y para evitar que la productividad genere además mayor división en el Cuerpo, y mayores injusticias, cual ya ha sucedido anteriormente, se pone en conocimiento del Ministerio que el sistema que generaría menor división entre el colectivo de Secretarios, a juicio del Consejo Directivo de la Asociación sería el siguiente:
a) Se cobraría productividad en la tercera parte de las Secretarías existentes en España.
b) El montante económico total correspondiente a la productividad, se dividiría entre un número equivalente a la tercera parte del total de Secretarías o destinos de Secretarios existentes en España.
c) La cifra así obtenida sería la que se cobraría en cada Secretaría o destino con derecho a productividad. De este modo, todos los Secretarios que perciban productividad cobrarían la misma cantidad, con independencia del tipo de destino o cargo que desempeñen.
d) La productividad, por tanto, no se asignaría a Secretarios concretos, sino a destinos concretos. Para ello se compararían los datos de entrada de asuntos del primer trimestre del año, escogiendo unos cuantos índices básicos, a razón de uno por juzgado, por ejemplo ordinarios en civil, juicios rápidos en penal, diligencias ingresadas en Servicios Comunes, etc., y hecho esto, se ordenarían todos los órganos judiciales del estado por clases de jurisdicción y dentro de cada jurisdicción, por carga de entrada de asuntos, diferenciando a su vez entre unipersonales y colegiados. La productividad se cobraría por los Secretarios que sirvan destino en órganos ubicados en el primer tercio de la lista.
e) En casos especiales se procedería de igual modo, por ejemplo los Secretarios Coordinadores la percibirían cuando sirvan destino en el tercio de provincias donde es mayor el número de Secretarios coordinados, y lo propio ocurriría con los Secretarios de Gobierno.
f) En el caso de órganos únicos, tales como Tribunal Constitucional, Audiencia Nacional, Secretarios destinados en el Consejo, Ministerio etc. y en general en todos aquellos donde no sea posible establecer comparaciones con otros órganos de igual clase, la productividad correspondiente al tercio de cada tipo de destino se distribuiría por partes iguales entre todos los Secretarios en esta situación, con lo que cada uno percibiría la tercera parte de lo que cobre cualquier compañero suyo de otro Juzgado, Tribunal o destino que cobre productividad.
g) En caso de sustitución en otro órgano, la productividad se percibiría por el Secretario que en definitiva desempeñe la Secretaría, pudiendo percibir dos o más complementos de productividad, quien se haga cargo de varías Secretarías.
Para cualquier consulta o aclaración adicional que fuera menester puede contactarse con el siguiente número: 654-398754
Se interesa igualmente, que de tenerlo por pertinente, se participe al número de FAX 942-248120 el acuerdo que en definitiva se adopte, de ser el caso, para ponerlo en conocimiento de todos los Asociados.
Es cuanto tiene que exponer Carlos Juan Valiña Reguera, Secretario del Juzgado de lo Penal número 4 de los de Santander y su partido en calidad de Presidente de la Asociación Profesional de Secretarios Judiciales.
SR. SUBDIRECTOR GENERAL DE MEDIOS PERSONALES DEL MINISTERIO DE JUSTICIA
COMUNICADO SOBRE PRODUCTIVIDAD DE LA ASOC. PROFESIONAL S. J.
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Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
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JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
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A mi modesto juicio, el pago de productividad a los Secretarios Judiciales encierra una enorme contradicción y deja al aire, una vez más, las verguenzas de la Administración de Justicia. Veamos: olvidémonos de las competencias que la ley atribuye a cada funcionario y fijémonos en lo que es más útil (productivo) en cada órgano judicial. ¿Es útil un SJ que se dedica a hacer pagos, tasaciones de costas, controlar las diligencias de ordenación que se redactan, alimentar bases de datos o hacer estadísticas? Sí ... pero ... esos trabajos, en líneas generales, los puede hacer cualquier otro funcionario del Juzgado. Los trabajos que no puede hacer cualquier funcionario del Juzgado por la complejidad que encierran son los que resuelven problemas procesales y de fondo. Estos trabajos son, en su casi totalidad (o sin casi), competencia exclusiva del Juez. En el despacho de esta clase de trabajos (normalmente sentencias y autos que resuelven controversias) se produce un importante cuello de botella. El Juez no es capaz de asumirlo en solitario. Es aquí donde, todavía, un buen número de SJ trabaja (otros han optado, con razón, por no asumir labores del Juzgador), desarrollando una actividad que es competencia del Juez y que ningún otro funcionario del Juzgado, a excepción del propio Juez, está capacitado para desarrollar. Dicho de otro modo, el SJ realmente útil es el que asume funciones del Juez. Este trabajo requiere el hábito del estudio diario, el seguimiento cotidiano de la normativa legal, doctrina y jurisprudencia. Los SJ que asumen estas funciones son considerados muy productivos por el Juez (desde luego parte interesada) y por los funcionarios (su productividad se demuestra, además, con el mejor funcionamiento de los Juzgados), si bien es verdad que este trabajo se hace tan en la trastienda que los propios funcionarios a menudo no ven más que una pequeña parte. Desde luego, los Abogados y Procuradores no tienen ni idea de cuantas resoluciones de las que se les notifican han sido elaboradas por el SJ, resoluciones que, con frecuencia, los Abogados comentan con el SJ ignorando que es éste el que las ha redactado (lo que obviamente no puede contar). Lo mismo se podría decir con un buen número de resoluciones que aparecen publicadas en los manuales de jurisprudencia. Volviendo a la productividad: el SJ más útil para el Juzgado de España, es decir, aquel que más colabora con el Juez en la redacción de sentencias y autos, coadyuvando de manera importantísima para la pronta resolución de los pleitos o causas, el que más produce, es al que menos productividad se le va a reconocer. Su productividad se la reconocerán al Juez. Este SJ, para poder cobrar por productividad, tiene que dejar de ser productivo y dedicarse a hacer tasaciones de costas, lo que hasta entonces venía haciendo cualquier funcionario del Juzgado. ¿Se ha hecho algún cálculo del impacto que se puede producir en los Juzgados si todos los SJ dejamos de colaborar con los Jueces para agilizar su trabajo? ¿Cómo es posible que bajo el señuelo de la productividad se fomente la dedicación a actividades ramplonas, es decir, se fomente y se premie la falta de productividad? Esta Administración de Justicia no tiene remedio. ¿Alguien podría entender que en un hospital con largas listas de espera para operaciones quirúrgicas dediquen a buena parte de los cirujanos a hacer estadísticas y labores de enfermero?
Al hilo de lo que extraterrestre dice, recuerda que cuando unos compañeros dictaron algun Decreto en base a la nueva L.O.P.J hubo unas resoluciones de la Audiencia de Madrid que son dignas de tener siempre presente. Ahí se nos decia qué a ver qué nos habíamos pensado. Que el secretario NO TIENE NINGUNA FUNCION RESOLUTIVA, QUE SU LABOR ES DE MERO IMPULSO, que si un dia se llega a desarrollar la L.O, ya veriamos en que forma y medida se nos atribuía la ejecución y que aún asi las resoluciones importantes y de calado son y sguirán siendo del juez ya que la Función de juzgar y HACER EJECUTAR lo juzgado corresponde a LOS JUECES. Y entonces digo yo, si no lo podemos hacer oficialmente pues mucho menos oficiosamente y segundo ¿como puede decir la A.P.M lo que ha dicho sobre el control de la ejecución para "cortar la cabeza a nuestra compañera" y exculpar al suyo?.Las leyes están como están y nosotros no tenemos la culpa,y si quieren atribuirnos la ejecución o lo que sea pues que lo legislen. Lo que no se puede es hacer de negro. Esto si que con la lkey en la mano es un delito.
- Carlos Valiña
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Dos cosas.
a) Veo que estamos de acuerdo en que hoy por hoy retribuir la productividad del Secretario, con un minimo de sentido comun, es cosa imposible. De ahi que tras debatirlo un rato, en el consejo de la Asociación hayamos optado, para el caso de que se vuelva a pagar la "productividad", por aconsejar que se retribuya la productividad por órgano y no a la persona del Secretario destinado en él. Al fin y al cabo, quien está en un juzgado con más papeles, lo normal es que termine teniendo más trabajo y asuma más riesgos, en especial, si no se preocupa de cubrirse trabajando de lo lindo.
b) Quiero felicitarte por tu analisis. Francamente, te necesitamos en el Consejo Directivo de la Asociacion Profesional de Secretarios Judiciales.
Saludos
a) Veo que estamos de acuerdo en que hoy por hoy retribuir la productividad del Secretario, con un minimo de sentido comun, es cosa imposible. De ahi que tras debatirlo un rato, en el consejo de la Asociación hayamos optado, para el caso de que se vuelva a pagar la "productividad", por aconsejar que se retribuya la productividad por órgano y no a la persona del Secretario destinado en él. Al fin y al cabo, quien está en un juzgado con más papeles, lo normal es que termine teniendo más trabajo y asuma más riesgos, en especial, si no se preocupa de cubrirse trabajando de lo lindo.
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Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
Si necesitas ayuda llámame.
metodoprofesional@gmail.com
JJ. Rousseau: UNA INJUSTICIA HECHA A UNO ES UNA AMENAZA HECHA A TODOS.
Rosa Luxemburgo: QUIEN NO SE MUEVE NO SIENTE SUS CADENAS
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