Una funcionaria ha estado de baja por enfermedad y me ha remitido el parte de baja médico para que lo remita la Gerencia Territorial.
Mi pregunta es ¿ es función del Secretario o lo remite la propia interesada?
comunicación baja por enfermedad
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- Carlos Valiña
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Salvo que la normativa autonomica diga otra cosa, o la nacional (cosa que dudo), si te llega una comunicacion, hay que remitirla al organo competente.
Las comunicaciones son cosa del Secretario y la ley 30/92 dice que cuando algo se presenta ante quien no es, dirigido a otro organismo, hay que remitirlo.
Saludos.
Las comunicaciones son cosa del Secretario y la ley 30/92 dice que cuando algo se presenta ante quien no es, dirigido a otro organismo, hay que remitirlo.
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Carlos Valiña. Juzgado de Menores de Santander. 942-248111
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