NO ME SALEN LAS CUENTAS CON LA REFORMA

Discusiones sobre la Administración de Justicia, los Secretarios Judiciales, etc.

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Invitado

#26 Mensaje por Invitado »

Por Dios invitado 21, que a los funcionarios no se les aplica el Estatuto de los Trabajadores, que eso es para trabajadores por cuenta ajena. Que los funcionarios van por otra Ley.
Por lo demás muy bonito discurso, me adhiero en su totalidad.

percebeiro majorero
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#27 Mensaje por percebeiro majorero »

Por fin algo razonablemente fundado al respecto y que se sali de los clásico tópicos para ver el asunto con cierta altura de miras, lo digo por el comentario de invitado 21.

Invitado21

#28 Mensaje por Invitado21 »

Córcholis, ¿en qué parte de mi mensaje digo yo que a los funcionarios se les aplica el ET? Lo leo y lo releo pero no lo se ver.
Digo:
"es un principio básico del derecho laboral (...) que la realización de unas determinadas funciones, durante un tiempo determinado, da derecho a consolidar la categoría. Por ello, la previsión de que alguien que hace de SJ durante un tiempo pase a ser SJ de forma consolidada no sería más que una manifestación de aquel principio general(...)"

No quería decir que fuera de aplicación, sino que es una manifestación de un principio general del (diferente) orden laboral. Si hubiera sostenido que era de aplicación hubiera sostenido que un SJS tras 6 meses en un año en un destino, hubiera consolidado la plaza, porque eso y no otra cosas sería la aplicación del ET a los funcionarios.
Lo que decía, tal vez no me he expresado bien, es que lo de consolidar plazas es algo que sucede en el ámbito laboral general, así que no debería escandalizarnos a nadie que alguien consolidase una plaza sólo por haber estado en ella, funcionario o no... aunque eres libre de pensar que creo que a los funcionarios se les aplica el ET, hay quien cree cosas peores como lo de las armas de destrucción masiva, o los del Palmar de Troya, o lo de Uri Geller, o lo de Anthony Blake y la lotería de Navidad... :shock:

Si no nos conociéramos pensaría que me miráis los mensajes con lupa... :)

Al margen de eso, una curiosidad: las pocas decisiones que conozco que resuelven recursos de SJ sustitutos sobre disfrute y, sobre todo, abono de vacaciones (tras el cese o, en más casos, tras periodos prolongados de IT que impiden su disfrute dentro del año natural) invocan expresamente la jurisprudencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y, concretamente, la interpretación que de ella resulta del art. 38 ET en relación con las previsiones del Convenio OIT 132 de 24 de junio de 1970. A los funcionarios no les aplica el ET (aunque puedas pensar que lo creo a pesar de no haberlo dicho) pero lo cierto es que el ET es la norma fundamental de decantación de principios y derechos laborales de rango constitucional, y por eso no es infrecuente su cita en la jurisdicción contenciosa. Para comprobarlo, base de datos, orden contencioso, y entrecomillar en la búsqueda "Estatuto de los Trabajadores". El derecho es raro, raro, raro, y desde luego alejado de verdades absolutas.

Por ejemplo, en relación con el personal estatutario (que como sabes son funcionarios, aunque peculiares, y desde 2006 de hecho el TS cambió de criterio y sus pleitos son del orden contencioso) la sentencia de la Sala de lo Contencioso del TSJCastilla León de 24/07/09 (entre otras, te cojo la más reciente, como ejemplo) proclama la aplicación (ciertamente matizada) a esos funcionarios de la figura de la jubilación parcial del régimen laboral general (art. 12.6 ET), por aquello del carácter de norma general y esas cosas.

[/i]

ESPERANZA
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Registrado: Mar 24 Mar 2009 11:00 pm

#29 Mensaje por ESPERANZA »

la verdad es que después de ver tanto discurso de lo único que tengo ganas es de ver el borrador que va a confecionar el ministerio en relacion a la convocatoria tan controvertida y solo pido que se pida en el mismo como requisito para participar en el mismo un cierto número de años como secretario judicial sustituto y subrayo lo de secretario para que no ocurra como el baremo para la sustituticiones donde tambien se tiene en cuenta si has ejercido de juez o fiscal sustituto porque el trabajo es bien distinto, y ello es así porque hay gente con muchos años de experiencia, además pediría que se tuvieran en cuenta examenes aprobados cualquiera que fuera el momento en el que se produjeron, habida cuenta que hay gente que aprobó exámenes de secretario cuando no existía el tipo test, al cual le doy poca fiabilidad, siendo más importante el haber aprobado exámenes en los que se escribían los tres temas de entrada y luego se leían ante el tribunal. con ello no quiero menospreciar el examen tipo test pero es de razón reconocer que no es lo mismo que examinarse en un día de la totalidad del temario debiendo de escribir a la perfección los temas que salían. el test no deja de ser la loteria primitiva, esa es mi opinion y no arroja absolutamente nada sobre si se domina o no la materia en cuestión. Sé que esto puede parecer ingrato para algunos compañeros que hayan estado jugando a ser secretario, juez o fiscal, pero aqui se trata de ser justos y premiar el trabajo a cuyo fin va destinada esta convocatoria extradionaria.

invitadete

Claro claro

#30 Mensaje por invitadete »

Claro Esperanza, si eso mándales tu currículum y que adapten la convocatoria al mismo. Sería lo más justo.

gorgonio

#31 Mensaje por gorgonio »

Al final cada uno ve justo lo que se acerca más a su perfil. En cuanto a que el test es una lotería me parece una barbaridad. ¿Cuántos de los que se presenta al test sin estudiar lo aprueban? ya te lo digo yo, ninguno. Todos los que conozco que se han presentado sin estudiar han suspendido en la última convocatoria. El test es un sistema absolutamente objetivo de acreditación de conocimientos. También podría decirse que escribir un tema con carácter general puede dar al Tribunal un margen de discrecionalidad donde valorar redacción, planmteamiento, etc y al final el contenido jurídico de conocimiento se distorsiona pero tampoco sería absolutamente objetivo ese parecer porque en ocasiones puede ser perfectamente compatible como complemento a otra prueba como la del test. En cuanto a los que han trabajado de Juez y Fiscal pues al fin y al cabo han tenido un contacto diario con la administración de justicia y perfectamente puede ser válida su inclusión con matices, es decir dando más importancia al hecho de haber trabajado como Secretario Judicial. No te quejes de que dichos períodos trabajados se contabilicen en la bolsa de secretarios porque también se contabiliza el período trabajado como Secretario y Juez en la bolsa de Fiscales y además de forma injusta porque cuenta la misma puntuación y no como en Secretarios donde se da más valor al trabajo desarrollado como Secretario. El sistema está hecho de una forma permeable para que si te cesan en un puesto de trabajo puedas acceder a otro o es que acaso se te exige una declaración de fidelidad al Cuerpo para mantenerte en el paro cuando eres cesado aún cuando tengas que dar de comer a tus hijos con el sueldo que puedes obtener de uno u otro puesto. Por tanto no se trata de jugar a ser las tres cosas sino de "buscarte las papas" como vulgarmente se suele decir.

gorgonio

#32 Mensaje por gorgonio »

Esto iba para Esperanza y dicho sin acritud pero es que al final cada uno siempre quiere barrer para su casa.

Invitado

#33 Mensaje por Invitado »

Hummmm. ESPERANZA, te veía tan coherente en tu defensa del artículo de convocatoria extraordinaria todos estos meses y al final te has destapado como una pata negra. ¿ por que razón me discriminas por el hecho de haber aprobado las convocatorias (2) con test? Será que tú no las has aprobado? ¿Como decía una intevención anterior manda tu curriculum y que se adpaten a tus necesidades. Saludos a una pata negra encubierta.

percebeiro majorero
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#34 Mensaje por percebeiro majorero »

La verdad es que si Esperanza, solo te falta mandar el curriculum y que además hagan un examen a tu medida, al final siempre se pierde la perspectiva y se quieren arrimar las ascuas a su sardina. Todo perfecto gorgonio.

ESPERANZA
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#35 Mensaje por ESPERANZA »

Si he ofendido a alguien con mi intervención pido mil perdones, lo único que yo defiendo es que el sistema sea claro y no un coladero, que es lo que tanto se ha criticado, si tuviera que hacerlo ciñéndome a mi perfil lo mismo pediría que las convocara para Cataluña pero eso no es el caso. Insisto mil perdones a todos los que de alguna manera u otra se hayan sentido ofendidos, también en mi defensa me acojo a ese refrán que dice, "aprendiz de todo, maestro de nada". Mil perdones, de verdad.

ESPERANZA
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Registrado: Mar 24 Mar 2009 11:00 pm

#36 Mensaje por ESPERANZA »

Se me ha olvidado invitado felicitarte por dos convocatorias aprobadas de tipo test, ¿ y el oral, que tal fue?

Invitado

#37 Mensaje por Invitado »

Pues sigo de sustituto en Andalucia :cry:

ROBERT DE BRASILLAC
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#38 Mensaje por ROBERT DE BRASILLAC »

No seria mala idea, ahora que España tiene misiones internacionales, que se estableciera un mecanismo para ingresar en el Cuerpo de Secretarios, a aquellos Gestores, que quisieran participar en estas misiones, en unos plazos determionados ( por ejemplo un año en zonas conflcitivas, y tres en zonas sin riesgo de guerra)
Asi por ejemplo en Afganistan, esta todo por hacer. Nada mejor que ir alli a contruir una administracion de justicia moderna, y despuesde un año de servicios, pues obtener preferencia para pasar por el art. 31. a Secretario.
Tambien hay zonas que necesitan urgentemente una administracion moderna, en Africa y Sudamerica.
En todo caso, claro esta, con la clausula, de que el que cayera en acto de servicio en estas misiones internacionales, tuviera garantizado a titulo postumo, y a efectos economicos para su familia, los honores y sueldos de Secretario.
Digo esto porque he leido que a finales del siglo XIX, ir a Cuba o Filipins, suponia el doble sueldo y el ascenso seguro, y en caso de fallecimiento pesniones extraordinarias.

ROBERT DE BRASILLAC
Mensajes: 760
Registrado: Mar 09 Ene 2007 9:46 am

ASECENSO POR MERITOS

#39 Mensaje por ROBERT DE BRASILLAC »

No seria mala idea, ahora que España tiene misiones internacionales, que se estableciera un mecanismo para ingresar en el Cuerpo de Secretarios, a aquellos Gestores, que quisieran participar en estas misiones, en unos plazos determionados ( por ejemplo un año en zonas conflcitivas, y tres en zonas sin riesgo de guerra)
Asi por ejemplo en Afganistan, esta todo por hacer. Nada mejor que ir alli a contruir una administracion de justicia moderna, y despuesde un año de servicios, pues obtener preferencia para pasar por el art. 31. a Secretario.
Tambien hay zonas que necesitan urgentemente una administracion moderna, en Africa y Sudamerica.
En todo caso, claro esta, con la clausula, de que el que cayera en acto de servicio en estas misiones internacionales, tuviera garantizado a titulo postumo, y a efectos economicos para su familia, los honores y sueldos de Secretario.
Digo esto porque he leido que a finales del siglo XIX, ir a Cuba o Filipins, suponia el doble sueldo y el ascenso seguro, y en caso de fallecimiento pesniones extraordinarias.

gestor

Intervención provocada

#40 Mensaje por gestor »

No hombre, no; si hiciésemos ese esfuerzo, sólo sería recompensable con la promoción a juez. Para ser secretario no me voy ni al pueblo de al lado, cachondo.

ROBERT DE BRASILLAC
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Registrado: Mar 09 Ene 2007 9:46 am

PROMOCIONES ESPECIALES

#41 Mensaje por ROBERT DE BRASILLAC »

No si estoy seguro que si esto tambien lo aplicaran al cuerto turno, habria muchos que se apuntariaN. Un añito en zona conflictiva y magistrado, o juez, dependiendo del cuerpo de procededencia.
Por si acaso, y dadas la situacion, igual me apuntaba.Mas emocion, y menos disgustos.
Ademas seria un aliciente importante. Lo uncio que creo que habria que respetar el orden. Igual tendrias que estar un par de años en misiones exteriores de secreatario, y despues ya se te recompensaria con el ascenso a juez.Todo tiene una logica.

PEDROLO

#42 Mensaje por PEDROLO »

q yo sepa ascender de secretario a juez es una contradicción en sí misma. Se podrá ascender a S. Coordinador, por ejemplo, pero pasar a ser Juez es pasar a otra profesión, a otro Cuerpo y con el mismo rango (si se pasa de secre de 3ª a juez o de secre de 2ª a magistrado) o inferior (si se pasa de Secre de 2ª a juez). Otra cosa es que alguien se sienta por debajo de los jueces. Así nos va si pensamos que pasar a juez es ascender....

unicornio

#43 Mensaje por unicornio »

la convocatoria extraordinaria no va a ser ningún regalo para los sustitutos, yo personalmente no conozco a ningún sustituto en condiciones de aprobar un examen de ese tipo. OJO! No pq no sean capaces, sino pq en la práctica un 30% de reducción implica estudiar mucho más de lo que en principio pueda parecer. Y muchos de ellos tienen una edad, una familia, unos hijos, etc. Y se hace cuesta arriba encerrarse a aprender a ser un buen loro.

Por lo tanto: 1º no sería un regalo y 2º el oral no lo pasarían muchos.

De todas formas para mi que con la reforma se amortizarán plazas, por mucho q digan. Si hay 9 instancias en un partido dejarán 3 arriba, bajarán 3 al servicio común y las otras tres amortizadas. Y si algún día hacen falta de forma extraordinaria dos secre para vistas, pues subirán del servicio común.

Invitado

#44 Mensaje por Invitado »

Evidentemente que pasar a Juez no es ascender, del mismo modo que no lo es pasar de Abogado a Juez.

Otra cosa es que aun siendo de la misma categoría profesional, como le ocurre al Juez y al Secretario uno tenga un enrome reconocimiento social, como también le pasa a los futbolistas, y cobren más y otros sean totalmente desconocidos.

Lo del prestigio social es inevitable, ahora bien lo del sueldo es inadmisible.

Saludos.

Invitado

#45 Mensaje por Invitado »

Yo creo que la comparación comparativa más acertada entre Juez y secretario es la que se hace entre Médico Cirujano y Médico Anestesista.

Ambos son médicos, ambos tienen idéntica categoría, si no actuaran ambos la operación sería imposible, sin embargo todo el mérito se lo damos al cirujano y este cobra más, eso si solo nos enteramos de la existencia dela anestesista cuando ocurre algún problema con la anestesia, si todo salió bien es ignorado.

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Magistrado Granollers
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#46 Mensaje por Magistrado Granollers »

Yo creo que la comparación comparativa más acertada entre Juez y secretario es la que se hace entre Médico Cirujano y Médico Anestesista.
Quizá mejor al revés, ya que no he visto nunca a nadie dormirse como consecuencia de la fé pública, pero sí he leído Sentencias soporíferas :lol:

Pero ahora mas en serio, el ejemplo me parece de los mas acertados que se han puesto por aquí. Muy buen ojo el tuyo para captar la esencia de las cosas! :!:
Mas sabe el diablo por viejo que por diablo. (Antiguo Refrán Castellano)

"No hay para el hombre libre cuidado más continuo y acuciante que el de hallar a un ser al que prestar acatamiento" F. Dostojewski (Los Hermanos Karamazov)

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Joker
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#47 Mensaje por Joker »

Siguiendo con las comparaciones, y aunque sean odiosas, diré iocandi causa que si el juzgado fuera un cuerpo humano el juez sería el cerebro; el secretario judicial, el corazón; oficiales, auxiliares y agentes serían manos, pies, ojos y oídos.

Para que el cuerpo funcione es preciso que todos los órganos pongan de su parte, porque en el momento que uno falle todos se resienten. El secretario además, tiene que hacer de tripas, corazón.

Y los penados serían el ojo al que Quevedo dedicó una de sus obras.

invitadorex

comparativa

#48 Mensaje por invitadorex »

por favor, los ojos del juez son los testigos

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