Cuado se decreta el alzamieno del embargo, conforme al art.666.2 LEC, ¿que significa exactamente? ¿ se cancela la anotación preventiva y desaparece la carga?, alguién me lo podía explicar por favor.
OTRA CUESTIÓN, en la liquidación de cargas hay que añadir, costas?
un saludo
ALZAMIENTO DE EMBARGO
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